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Transcript

CONCEPTOS

GENERALES

DELITOS

ELEMENTOS

DEL DELITO

TABLA

CASO

ESTADÍSTICAS

LEY GENERAL PARA PREVENIR, INVESTIGAR Y SANCIONAR LA TORTURA Y OTROS

TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES

EXPOSICIÓN DE

MOTIVOS

ELEMENTOS

TRATOS O PENAS CRUELES

TORTURA

DELITOS VINCULADOS

Delito de Tortura

Delito de Tortura.

C R I M E N

DOCTRINA

MATERIA

MATERIA FEDERAL / FUERO COMÚN

Objeto:

Acción

Acción

Acción/Omisión

CONDUCTA

PUNIBILIDAD:

Ley Publicada el 26 de junio

de 2017.

ESPECIFICAR CUAL ES

Delito de tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

  • Servidores Públicos (art. 24)
  • Particular (art. 25)

Daño

Peligro

LESIÓN

Daño

Particular

Servidor Público

M A T E R I A L

RESULTADO

Establecer la distribución de competencia y la forma de coordinación entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno.

Establecer tipos penales, sanciones y reglas generales para su investigación y procesamiento.

Establecer medidas específicas de atención, ayuda, asistencia, protección integral y reparación para garantizar los derechos de las víctimas.

10 a 20 años

6 a 12 años

PRISIÓN

DURACIÓN

Instantáneo/

Continuo

Continuado /

Instantáneo

Instantáneo/

Continuo

TORTURA

Función principal:

Proteger la dignidad humana específicamente la integridad personal.

500 a 1,000 días

300 a 600 días

MULTA

Delitos Vinculados.

FORMA DE

PERSECUCIÓN

O F I C I O

ADICIONALMENTE:

Destitución e Inabilitación del Servidor Público para cualquier cargo.

TRATOS O PENAS CRUELES

DELITOS VINCULADOS

TORTURA

D O L O S O

E. INTERNO

Grave

No grave

GRAVEDAD

Servidor Público

S. ACTIVO

Servidor Público/

Cualquier persona

CIRCUNSTANCIAS MODIFICATIVAS QUE AGRAVAN:

ATENUANTE:

S. PASIVO

C U A L Q U I E R P E R S O N A

Las penas previstas para el delito de tortura se aumentarán hasta en una mitad cuando:

La Pena se podrán reducir hasta en una tercera

parte

EJECUCIÓN

VI. La condición de persona migrante o afrodescendiente, la pertenencia a un pueblo o comunidad indígena de la Víctima, o cualquier otro equiparable, sea la motivación para cometer el delito;

VII. La condición de periodista o de persona defensora de derechos humanos de la Víctima sea la motivación para cometer el delito;

VIII. La identidad de género o la orientación sexual de la Víctima sea la motivación para cometer el

delito; o

IX. Los autores o participes cometan el delito de tortura, con el propósito de ocultar información o impedir que las autoridades competentes tengan conocimiento sobre los hechos que conduzcan a la investigación de otro delito.

Consumado

Los autores o partícipes:

  • Proporcionen información relevante.

  • Siempre que estos no sean reincidentes y se garantice la reparación integral del daño a la Víctima.

I. Niña, niño o adolescente.

II. Mujer gestante;

III. Persona con discapacidad;

III. Persona adulta mayor;

IV. Sometida a cualquier forma de violencia sexual.

La Victima

sea:

Artículo 24.- Comete el delito de tortura el SERVIDOR PÚBLICO que, con el fin de obtener información o una confesión, con fines de investigación criminal, como medio intimidatorio, como castigo personal, como medio de coacción, como medida preventiva, o por razones basadas en discriminación, o con cualquier otro fin:

I. Cause dolor o sufrimiento físico o psíquico a una persona;

II. Cometa una conducta que sea tendente o capaz de disminuir o anular la personalidad de la Víctima o su capacidad física o psicológica, aunque no le cause dolor o sufrimiento, o

III. Realice procedimientos médicos o científicos en una persona sin su consentimiento o sin el consentimiento de quien legalmente pudiera otorgarlo.

Artículo 25.- También comete el delito de tortura EL PARTICULAR que:

I. Con la autorización, el apoyo o la aquiescencia de un Servidor Público cometa alguna de las

conductas descritas en el artículo anterior, o

II. Con cualquier grado de autoría o participación, intervenga en la comisión de alguna de las

conductas descritas en el artículo anterior.

OBJETO

MATERIAL

DIGNIDAD HUMANA- INTEGRIDAD PERSONAL

BIEN

JURÍDICO

TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES

DELITOS VINCULADOS.

DELITO DE TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES. (Art. 29)

DELITOS VINCULADOS

  • Servidores Públicos (art. 30)

  • Particular (art. 31)

Al SERVIDOR PÚBLICO que en el ejercicio de su encargo, como medio intimidatorio, como

castigo o por motivos basados en discriminación, veje, maltrate, degrade, insulte o humille a una persona.

PUNIBILIDAD:

3m a 3a prisión y

hasta 200 d de multa.

Artículo 30

3 a 6 años de prisión y de 250 a 500 días multa.

PUNIBILIDAD:

Artículo 31

PUNIBILIDAD:

3 a 6 años de prisión y de 100 a 250 días multa.

TORTURA:

SERVIDOR PÚBLICO:

  • Es todo acto que produzca dolor o sufrimiento deliberado.

Toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Federal, de las entidades federativas, municipal.

TORTURA

PSICOLÓGICA:

KAREN BARROETA

LISETH ROJAS

ANAHI RUIZ

CAROLINA SALAZAR

  • Aislamiento

  • Incomunicación

  • Amenazas sobre causar leiones graves.

  • Despliegue inecesario de armas.
  • La aplicación de métodos tendientes a anular la personalidad de la víctima o a disminuir su capacidad física o mental.

Image by Tom Mooring

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