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mucho gusto Mi nombre es María José Morales Marroquín
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Y el día hoy estaré con ustedes en la especiación
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para conocer un poco acerca del Registro
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General de decisiones del Estado y su sistema
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a la iniciado. Tenemos de conocer un poco acerca de los antecedentes del mismo,
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saber cómo surge y en base a la normativa,
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saber cómo surge y conocer la normativa que se
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aplica para las funciones y competencias del mismo.
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Lo primero que tenemos que conocer es cómo
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nace el Registro General de decisiones del Estado.
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Mediante el Decreto número nueve dos mil quince,
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el Congreso de la República Guatemala introdujo en las reformas a la Ley de contar
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del Estado
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derivado de la necesidad de fortalecer, dinamizar,
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agilizar y normal los procedimientos que deben cumplirse
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para las diferentes modalidades de compras y contrataciones
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con las siguientes
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La Ley de Contrataciones del Estado, específicamente en el artículo setenta y uno,
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establece el objeto del mismo
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Registrar a personas individuales o jurídicas, nacionales o extranjeras,
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para ser habilitadas como proveedoras del Estado.
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Verificar la capacidad financiera, técnica, experiencia y especialidades.
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Necesario
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ser responsable el control, actualización, vigencia, seguridad, ser,
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pesa y publicidad de la información y derechos de las personas inscrito
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Otro Aspecto importante que hemos de conocer es cuál es la normativa
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que se aplica para el funcionamiento y las competencias que el registro.
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Diez.
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Dentro de la pirámide que podemos observar en la diapositiva,
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observamos que en el primer es labor o la cúspide de la misma.
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Se encuentra
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la Constitución Política de la República de Guatemala, en donde podemos encontrar
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que es necesario garantizar
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la seguridad La Ser
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que es necesario garantizar la certeza jurídica de todas las personas
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muy
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En.
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El primer eslabón encontramos a la
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Constitución Política de la República de Guatemala
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En. El segundo es Lago. Encontramos las leyes ordinarias
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y en la misma se encuentra en la Ley de Contrataciones del Estado
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En el tercer eslabón encontramos los reglamentos y las ordenanzas
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En los mismos.
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Podemos observar al Acuerdo gubernativo número
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Ciento veintidós dos mil dieciséis,
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el cual es el Reglamento de la Ley de Contratación del Estado.
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El acuerdo gubernativo número ciento setenta dos mil dieciocho
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El cuál es el Reglamento del Registro General de adquisiciones del Estado
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El Acuerdo Ministerial número quinientos sesenta y tres dos mil dieciocho,
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en donde podemos encontrar
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los requisitos y la metodología para la inscripción
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y para calificación de los proveedores del Estado
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Asimismo el Acuerdo Ministerial sesenta dos mil diecinueve,
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el cual contiene el catálogo Especialidades que maneja
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el registra general de adquisiciones del Este.
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Para comprender un poco mejor el funcionamiento
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del Registro General de adquisiciones del Estado,
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debemos de conocer que antes que éste empezará su pleno funcionamiento
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Los proveedores del Estado de Guatemala
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se registraban en diferentes instituciones estatales
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Como SG Plan
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El Ministerio de Comunicaciones Infraestructura y Vivienda igual de compras
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En SG Plan Se registraban todos los consultores individuales y firmas consultoras
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En el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda.
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Se registraban todos los proveedores de obras.
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No es servicios relacionados con las obras Pool
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y EN Guatecompras.
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Se registraban todos los proveedores de bienes, suministros y servicios
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En base
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a las modificaciones que se realizaron en el Decreto nueve
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dos mil quince a la Ley de Contrataciones del Estado
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surge la necesidad de la creación del Regal en
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donde todos los registros se unifica haría en el Regal
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Asimismo. Debemos de comprender que este proceso de absorción y transición
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requirió un tiempo prudente.
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En el artículo treinta y nueve del Decreto nueve dos mil quince.
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Se estableció un plazo máximo de treinta y seis
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meses a partir de la entrada en vigencia.
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La presencia de ley
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El Registro General de adquisiciones del Estado
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debía estar en pleno funcionamiento y los registros
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que regulaba la Ley de Contrataciones del
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Estado serían absorbidos por este registro.
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En el artículo setenta y siete
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hablaba en las vigencia es de los Regis
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e indicaba que en tanto el Registro General de
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adquisiciones del Estado no se encontrara en pleno funcionamiento,
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los proveedores podrían continuar registrándose en los registros de proveedores
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pre- calificado de consultores recalificado de obras y de contrato
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en las mismas entidades, según correspondía
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hasta que el sistema de Guatecompras
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emitiera un anuncio a través de sus modos los respectivos
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en donde indicará que el reirá estaba en pleno funcionamiento.
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Bueno, así
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cómo se inició un proceso de absorción y de transición
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En tanto el Registro General de adquisiciones del Estado iniciará con su
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pleno funcionamiento?
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Serían respetas las constancias que las entidades en mi piel?
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Esto significa
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SG plan
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tenía una vigencia de las constancias que hay.
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Habían emitido hasta el treinta y uno de diciembre del dos mil dieciocho
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Las constancias que Guatecompras había emitido a todos
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los proveedores que en él se registra.
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Tenía una vigencia hasta el treinta de junio del dos mil diecinueve
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y todos los Regis
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que se había realizado en el Ministerio de Comunicaciones,
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Infraestructura y Vivienda
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tenía
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una vigencia hasta el treinta y uno de diciembre del dos mil diecinueve.
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Es importante mencionar
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que las
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funciones del Registro General de adquisiciones del Estado iniciaron
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el quince de noviembre del año dos mil dieciocho.