
Audio Transcript Auto-generated
- 00:02 - 00:07
qué tal vamos a hablar un poco Sobre las cuestiones
- 00:07 - 00:12
de competencia Primero digamos lo que es una cuestión en
- 00:12 - 00:20
general, recordemos a Jesper Dejadle, Rudy o no tuvi Ser
- 00:20 - 00:24
o no ser Cada vez que nos enfrentamos con algo
- 00:25 - 00:31
que sí o que no tenemos una cuestión El juez
- 00:32 - 00:33
es competente o no es competente?
- 00:34 - 00:37
Hay una cuestión, una cuestión de competencia.
- 00:41 - 00:46
De manera que cada vez que Un juez sería llamado
- 00:46 - 00:56
a resolver sobre su competencia, o sea, que lo haga
- 00:56 - 01:02
de oficio o por declinatoria o por inhibitorias.
- 01:04 - 01:08
Vamos a ver a renglón seguido que es depilatoria, que
- 01:08 - 01:08
sin y Vitoria.
- 01:11 - 01:13
Cada vez que entonces que el juez se había llamado
- 01:13 - 01:18
a resolver sobre su competencia, estamos en presencia de una
- 01:18 - 01:21
cuestión de competencia competente.
- 01:21 - 01:21
No es competente.
- 01:23 - 01:23
No hay otra alternativa.
- 01:31 - 01:34
A ver qué es esto de la declinatoria y la
- 01:34 - 01:43
inhibitorias para explicar ambas ambos conceptos Vamos a partir de
- 01:43 - 01:43
una misma situación.
- 01:44 - 01:47
Ya hay una demanda presentada Ya.
- 01:47 - 01:52
El juez ha corrido traslado de esa demanda y ese
- 01:52 - 01:57
traslado de la demanda ya ha sido notificado al demandado,
- 02:02 - 02:08
pero que pasa El demandado una vez que recibe la
- 02:09 - 02:15
notificación del traslado de la demanda Cree, considera estima que
- 02:15 - 02:18
el juez ante el cual se planteó la demanda no
- 02:19 - 02:24
es competencia El demanda de una vez que se le
- 02:25 - 02:30
ha notificado el traslado de la demanda, Lee la demanda
- 02:32 - 02:35
y considera que el juez que está interviniendo, que le
- 02:35 - 02:38
ha corrido traslado de la demanda, no es competente.
- 02:39 - 02:45
Tú, que hace El, demanda que se había mandado, puede
- 02:45 - 02:46
hacer dos cosas.
- 02:48 - 02:53
Puede presentarse ante el juez que está interviniendo, el que
- 02:53 - 03:02
le ha corrido traslado de la demanda para decirle ustedes
- 03:02 - 03:09
incompetente, Usted no puede seguir interviniendo en el caso o
- 03:09 - 03:16
bien puede presentarse ante el juez que no está interviniendo
- 03:16 - 03:20
en el, pero que el demandado cree que es el
- 03:20 - 03:22
que tiene que intervenir en el caso.
- 03:24 - 03:29
Son dos soluciones El, demandado, recibe la notificación de trasladar
- 03:29 - 03:32
la demanda, la ley y cree que el juez que
- 03:32 - 03:34
está interviniendo no es competente.
- 03:35 - 03:40
Entonces hace si quiere articular la incompetencia.
- 03:41 - 03:44
Desde luego, o se presenta ante el juez que está
- 03:44 - 03:48
interviniendo en el caso ya o se presenta ante el
- 03:48 - 03:51
juez que no está interviniendo en el caso, pero que
- 03:51 - 03:55
el demandado crees cree que es el que debe intervenir
- 03:55 - 04:08
verdaderamente si el demandado se presenta An- te El juez
- 04:09 - 04:16
que está conociendo ya de la demanda y quiere cuestionar
- 04:17 - 04:20
la competencia que está ejerciendo ese juez, lo que hace
- 04:20 - 04:26
es oponer, plantear una excepción de incompetencia que se llama
- 04:26 - 04:32
Se denomina también declinatoria el trámite de esta excepción de
- 04:32 - 04:35
competencia lo vamos a ver más tarde en otra unidad.
- 04:36 - 04:41
Ahora me interesa que ustedes deslinden los conceptos a Kaká
- 04:41 - 04:41
de eliminatoria.
- 04:47 - 04:52
Pero si el demandado, en vez de presentarse ante el
- 04:53 - 04:56
juez que ya está conociendo de la zona, se presenta
- 04:57 - 05:00
ante un juez que aún no está conociendo de la
- 05:00 - 05:03
zona, pero que el demandado cree que es el que
- 05:03 - 05:09
debe conocer del asunto, se presenta y le dice este
- 05:10 - 05:13
juez que no está conociendo a un señor Juez, usted
- 05:13 - 05:16
es el competente No, aquel que me corrió el traslado
- 05:16 - 05:17
de la demanda.
- 05:17 - 05:19
Usted competencia.
- 05:21 - 05:24
Si actúa así, nuestro demandado lo que está haciendo es
- 05:24 - 05:33
planteando una Ni Vitoria En síntesis declinatoria es el planteo
- 05:34 - 05:37
de incompetencia ante el juez que está conociendo y ni
- 05:37 - 05:41
Vitoria es el planteo de incompetencia del juez que está
- 05:41 - 05:44
conociendo. Pero este planteo se hace al juez que aún
- 05:44 - 05:53
no está conociendo del caso hasta que hemos hablado de
- 05:55 - 05:58
cuestiones de competencia, es decir, cuando el juez debe llamado
- 05:59 - 06:03
a resolver sobre la competencia de oficio por declinatoria o
- 06:03 - 06:06
por inhibidor Ahora.
- 06:06 - 06:14
Supongamos que de oficio El juez se declara incompetente Supongamos
- 06:14 - 06:16
que se le plantea más tarde una excepción de incompetencia
- 06:18 - 06:19
y también se declara incompetente.
- 06:19 - 06:25
Es decir, se declara de oficio y limine Artículo cuatro
- 06:26 - 06:28
del Código Procesal o dejar pasar esta ocasión.
- 06:28 - 06:31
El juez no se pide elimines sobre su competencia, pero
- 06:31 - 06:33
si lo hace cuando se le plantea más tarde una
- 06:33 - 06:37
excepción de incompetencia y se declara incompetente como sea, cuando
- 06:38 - 06:44
el juez se declara incompetente, puede ser que tenga que
- 06:44 - 06:49
remitir la causa al juez, que considera que es el
- 06:49 - 06:56
competente El juez que recibe la causa, previa declaración de
- 06:56 - 06:57
incompetencia de otro juez.
- 06:58 - 07:05
Repito, puede considerar que tampoco es competente entonces, como quiera
- 07:06 - 07:09
El juez primero de oficio o por excepción de incompetencia,
- 07:10 - 07:15
se declara incompetente y le remite La causa a otro,
- 07:15 - 07:17
pues al que considera competente.
- 07:17 - 07:26
Pero este otro También se considera inconveniente Cuando.
- 07:26 - 07:29
La cuestión de competencia se articula entre jueces.
- 07:30 - 07:33
Tenemos una contienda de competencia que en el caso que
- 07:33 - 07:38
les acabo de de escribir es una contienda negativa de
- 07:38 - 07:48
competencia porque los dos jueces se consideran incompetentes Cuando.
- 07:48 - 07:50
Los dos jueces se consideran incompetentes.
- 07:53 - 07:55
Tenemos una contienda negativa de competencia.
- 07:56 - 08:06
Ahora puede ser que los dos jueces se consideren competentes.
- 08:09 - 08:14
Cómo sería Se presenta la demanda ante un juez El
- 08:14 - 08:19
juez corre traslado de la demanda Lowell implica que no
- 08:19 - 08:27
se ha declarado incompetente de oficio Este traslado de la
- 08:27 - 08:32
demanda se notifica al demandado y el demandado, que no
- 08:32 - 08:34
está de acuerdo con la competencia de este juez que
- 08:34 - 08:38
está interviniendo, acude al juez que si considera competente y
- 08:38 - 08:44
plantea inhibitorias El juez ante el cual el demandado planteen
- 08:44 - 08:48
y Vitoria b el material que le presenta este demandado
- 08:49 - 08:51
y dice No, yo soy el que tiene que intervenir
- 08:52 - 08:54
en este caso No.
- 08:54 - 08:59
El señor Juez, que tomó intervención y que corrió traslado
- 08:59 - 09:03
de la demanda soy yo el competente entonces que hace?
- 09:05 - 09:10
Le requiere la remisión de la causa al juez ante
- 09:11 - 09:12
el cual el demandante planteó la demanda.
- 09:15 - 09:18
Pero el juez ante el cual el demandante planteó la
- 09:18 - 09:24
demanda muy Le este reclamo que hace el otro, pues
- 09:24 - 09:27
ante el cual se planteó la inhibitorias y dice De
- 09:27 - 09:31
ninguna manera, señor juez, ante el cual se planteó la
- 09:31 - 09:36
inhibitorias de ninguna manera El competente soy yo, Yo Tengo
- 09:37 - 09:38
competencia, no usted.
- 09:38 - 09:45
Fíjense que los dos jueces se consideran competente, se considera
- 09:45 - 09:50
competente aquel ante el cual se planteó la demanda y
- 09:50 - 09:54
también se considera competente El juez ante el cual acudió
- 09:54 - 10:01
el demandado planteándole inhibitorias Cuando.
- 10:01 - 10:03
Los dos jueces se consideran competentes.
- 10:04 - 10:07
Tenemos una contienda positiva de competencia.
- 10:16 - 10:21
El trámite de estas contiendas de competencia y los efectos
- 10:21 - 10:24
de esta contienda de estas contiendas de competencia positiva o
- 10:24 - 10:29
negativa están regulados en el Código Procesal entre el artículo
- 10:30 - 10:35
siete y el trece, a cuya lectura me los remito.
- 10:38 - 10:42
Me remito también a las constancias a lo que está
- 10:42 - 10:44
desarrollado en el blog de la catedral.
- 10:45 - 10:49
Os invito a leer para ampliar solamente agregó aquí para
- 10:49 - 10:53
terminar esta breve grabación, que la contienda de competencia sea
- 10:54 - 11:01
negativa o positiva Es resuelta por el órgano jurisdiccional superior,
- 11:02 - 11:05
como por ejemplo Si.
- 11:06 - 11:12
La contienda de competencia es entre dos jueces de Santa
- 11:12 - 11:17
Rosa Los, Jueces civiles y comerciales de Santa Rosa El
- 11:17 - 11:22
órgano superior común es la Cámara de Apelaciones de Santa
- 11:23 - 11:27
Rosa. Pero si la contienda de competencia es entre un
- 11:28 - 11:31
juez civil de pico y un juez civil de Santa
- 11:31 - 11:37
Rosa. No hay una cámara de apelaciones común a estos
- 11:37 - 11:40
dos juzgados porque el juez de Pico tiene su cámara
- 11:40 - 11:42
de Apelaciones en Pico y el juez de Santa Rosa
- 11:42 - 11:44
tiene su cámara de apelaciones en Santa Rosa.
- 11:45 - 11:48
Quién es el superior común compartido por los dos?
- 11:49 - 11:51
El Superior Tribunal de Justicia de la provincia.
- 11:53 - 11:54
Bueno, espero haber sido claro.
- 11:56 - 11:58
Las consultas este, por supuesto.
- 11:59 - 12:04
Por los Carriles usuales con electrónico, etcétera.
- 12:05 - 12:06
Y no dejen de hacer.
- 12:06 - 12:09
Me olvidaba de No dejen de hacer las tareas que
- 12:10 - 12:11
figuran en el modelo.
- 12:11 - 12:12
Bueno, mucha suerte.
- 12:12 - 12:12
Estudié mucho.
- 12:13 - 12:13
Muchas gracias.