Introducing
Your new presentation assistant.
Refine, enhance, and tailor your content, source relevant images, and edit visuals quicker than ever before.
Trending searches
FONTS
Eran los que directa o indirectamente atacaban al orden público, o a la organización política, o a la seguridad del Estado.
Características:
Consistían en hechos ilícitos que causaban un daño a la propiedad o a la persona de los particulares, pero sin perturbar directamente el orden público.
La ley de las XII tablas preveía y castigaba cierto número de estos hechos.
Los Decenviros (Grupo del Senado que regulaban estos procesos de delitos) estipulaban las siguientes características:
El delito es un hecho lícito, inifraccion castigada por la ley. Los romanos considerarin el delito como una fuente obligación civil, pero las consecuencias nunca han sido las mismas que en el derecho actual.
Los delitos se clasificaban de dos maneras:
-Delitos privados.
-Delitos públicos.
Los delitos privados coniderados según Gayo y Justiniano, los cuales eran los mas recurrentes eran:
Fuera de los delitos, existieron otros hechos ilícitos y perjudiciales, podían tambíen engendrar obligaciones llamadas quasi ex delicto.
Para Justiniano eran las siguientes:
El hurto, era el manejo fraudulento de una cosa contra la coluntad del propietario, con intencin de obtener beneficio de la cosa misma, de su uso o de su posesión, pero debían seguirse las siguientes condiciones:
Cuando una persona causa sin derecho un perjuicio a otra, atacando su propiedad, requiere la equidad que haya reparación en beneficio de la víctima. Sus elementos eran:
Cuando un juez ha pronunciado una sentencia tachada de ilegalidad, sea por simple falta o por dolo, el pleito vuelve contra él.
Si han sido arrojados objetos sólidos, o materias líquidas, de una habitación a un lugar en que el público pasa acostumbradamente, y han causado daño, el dueño y el autor es declarado responsable y obligado a pagar una multa a la parte lesionada.
Si se han colgado o colocado objetos en el alero o en el tejado de una casa, por encima de un paso público. y amenazan causar daño con su caída, el propietario tambíen es responsable y está obligado al pago de una multa, (lo que hoy en día es la Responsabilidad Civil Objetiva).
Cuando se haya causado un daño, o cometido un robo, a bordo de una nave o en una posada, en perjuicio de un pasajero o de un viajerro la víctima del delito puede elegir entre la persecución del culpable, o una acción contra el dueño que es responsable, a menos de convencipon contraria.
La palabra injuria, en el sentido amplio, significa todo acto contrario a derecho; pero en la acepción mas restringida, designa el ataque a la persona. La principal característica es la siguiente:
Dicho delito se define de la misma manera que el Hurto o el Robo, solamente con la agravante de que se cometiera con violencia.
Lo clasificaron de ésta manera debido a la reiterada conducta de la comisión de éste delito en la época de las guerras sociales. Dicho delito se estipuló en la Ley de Aquilia, el cual M. Lúculo creó en 678 dicha acción con dicha agravante.
Las características y elementos son iguales al delito de Hurto o Robo solamente con la agravante de la violencia.