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Transcript

Al mismo tiempo que las atribuciones se dividen en etapas, las etapas se dividen en tres grandes categorias:

ESTAS ATRIBUCIONES SE CATALOGAN EN DIFERENTES ETAPAS:

1.-Las atribuciones de policia o de coaccion.

Todas aquellas medidas coactivas que imponen a los particulares el cumplimiento de obligaciones y limitaciones de su acción.

PRIMER ETAPA

PERSONAS JURIDICAS.

EN EL AMBITO JURIDICO SE ENTIENDE POR PERSONA TODO ENTE FISICO MORAL CAPAZ DE ASUMIR DERECHOS Y OBLIGACIONES .

PERSONAS FISICAS.

SE UTILIZA UNICAMENTE PARA EL SUJETO JURIDICO INDIVIDUAL..

PERSONAS MORALES

SE OTORGA A LAS ASOCIACIONES DOTADAS DE PERSONALIDAD , TAMBIEN ES LA ENTIDAD FORMADA PARA LA REALIZACIÓN DE FINES COLECTIVOS A LA QUE EL DERECHO OBJETIVO RECONOCE CAPACIDAD PARA TENER DERECHOS Y OBLIGACIONES.

EL ESTADO.

Los fines se limitan al mantenimiento y protección de su existencia como entidad soberano la conservación del orden jurídico como, esto es condición para el desarrollo de las actividades de los particulares.

Este esquema consiste en mantener el conjunto sistemático de las normas que constituyen la totalidad del derecho vigente.

2.-Las atribuciones de fomento.

Es aquella actividad administrativa que satisface indirectamente ciertas necesidades.

El Estado es un sistema integrado por un conjunto de seres humanos asentado permanentemente en una circunscripción territorial, organizado mediante la coincidencia constantemente renovada de voluntades de sus integrantes de mayor influjo sujeto a un orden jurídico y a un poder soberano, cuyos objetivos básicamente variables son establecidos por la parte dominante del conjunto , aún cuando alguna eventual influencia de los demás.

ATRIBUCIONES DEL ESTADO.

Esta constituida por el conjunto de actos, operaciones, tareas que a la legislación debe de ejecutar para la realización de sus fines. Serán los medios para alcanzar los fines estatales siendo tan variables como los fines mismos.

SEGUNDA ETAPA.

3.-Las atribuciones de servicio público y seguridad social.

Intervención de las actividades económicas por el cumplimiento de sus fines políticos, para satisfacer eficazmente estas necesidades generales procede fomentando la acción de los particulares y atribuyendole la prestación de servicios públicos.

Son aquellas de las cuales el Estado satisface necesidades generales.

Personalidad Jurídica del Estado.

Rafael Biesa

"El estado es la organización jurídica de la nación, en cuanto es esta una entidad concreta, material, compuesta de personas y territorio"

Eduardo García Máynez

Se entiende como personalidad jurídica la investidura configurada del derecho positivo.

"organizacion Jurídica de una sociedad bajo un poder de dominación que se ejerce en determinado territorio"

a) población

Integrada por los hombres que se encuentran organizados entorno al propio estado.

derechos que el individuo puede hacer valer rente al estado:

  • -Derechos de libertad
  • -Derechos que se traducen en la facultad de pedir la intervención del Estado a favor de intereses individuales
  • - Derechos políticos

TERCER ETAPA

b) territorio

PERSONA MORAL.

EN MEXICO SE ENCUENTRAN RECONOCIDOS EN EL CODIGO CIVIL FEDERAL.

LA DOCTRINA PRESENTA UNA DIVISIÓN DE LAS PERSONAS MORALES QUE LAS CATALOGA EN PERSONAS PÚBLICAS Y PERSONAS MORALES PRIVADAS , SIENDO ESTAS LAS QUE PROVIENEN DE UN A RAMA DEL DERECHO SOCIAL COMO SERIAN LOS EJIDOS Y SOCIEDAD DE PRODUCCIÓN RURAL Y LOS SINDICATOS OBREROS.

a) población

b) territorio

c) poder

El territorio suele definirse como la porción en el espacio en que el Estado ejercita su poder

  • impenetrabilidad: Ningún poder extraño puede ejercer su autoridad en este ámbito sin el consentimiento del estado.
  • indivisibilidad: Solo puede admitirse dentro del marco de una concepción patrimonialidad.

La función administrativa se encuentra formada por diversos elementos los cuales se enlistan de la siguiente manera:

• La función administrativa se realiza bajo un orden jurídico.

• La función administrativa realiza una limitación de los efectos que produce el acto administrativo.

Se concede a la función administrativa el papel de creadora de normas generales, abstractas, también se define como función ejecutora de las leyes.

Funcion Administrativa

Función Jurisdiccional.

La función administrativa es la base de los principios de Derecho Administrativo.

Es la actividad que realiza el Estado a través del Poder Ejecutivo, es la actividad encaminada a la ejecución de la Ley.

c) poder

Funcion Legislativa

La función judicial está constituida por la actividad desarrollada por el poder que normalmente, dentro del régimen constitucional se encuentra encargado de los actos judiciales, es decir el Poder Judicial.

Es una función del orden jurídico, que se caracteriza, no precisamente por el efecto jurídico que origina ya que ese efecto jurídico puede ser el mismo que el de las funciones legislativas y administrativas, sino por el motivo y por el fin de la propia función judicial.

Función significa cumplimiento de algo, de un deber.

Las funciones son los medios de que el Estado se hace valer para ejercitar sus atribuciones, encaminadas éstas para el logro de sus fines. El poder estatal que es uno solo, se estructura en órganos: legislativo, ejecutivo y judicial, a cada uno de ellos se le designa una función; legislativa, jurisdiccional y administrativa.

Es la actividad que realiza el Estado por conducto de los órganos que forman el

poder legislativo. De esta manera en México la realiza el Congreso, compuesto

de la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados.

Pero no es solamente esta actividad la que forma parte de las funciones del Estado sino también los actos que cada una de las Cámaras realizan de forma exclusiva.

El acto legislativo se deriva del principio de la “autoridad formal de la Ley”, que significa que todas las resoluciones del Poder Legislativo no podrán ser derogadas, modificadas o aclaradas más que por otra resolución del mismo.

Es la capacidad de imponer la voluntad propia, así mismo y a los demás. En el caso del Estado, esta voluntad se manifiesta mediante las normas juridicas, dicha voluntad cuenta con la posibilidad de ser acatada incluso con la intervención de la llamada fuerza publica, monopolizada esta por el estado

Funciones del Estado.

CLASIFICACION DE LAS FUNCIONES ACUERDO EL CRITERIO DEL ACTO.

.Criterio Organico

.Criterio Formal

.Criterio Material

Actualidad.

Los poderes se dividen según el artículo 29 de la constitución:

.Ejecutivo

.Legislativo

.Judicial

*como persona colectiva, nace única y exclusivamente cuando el orden legal ha determinado el correspondiente reconocimiento solo puede provenir de un orden legal creado por el estado.

Montesquieu:

Clasificación de Formas de Gobierno:

.Democracia

.Aristocracia

.Despotismo

.Monarquía

División de poderes

Montesquieu lo realizo según los sectores sociales

.Ejecutivo: Monarquía

.Cámara de parlamento: el Pueblo, los nobles

.Boca que pronuncia la ley: los jueces

División de Poderes

1 poder coercitivo

2 poder persuasivo

3 poder retributivo

La idea de este concepto de división de poderes ha ido cambiando a través de los tiempos, Montesquieu le dio una gran importancia a este tema através de sus estudios, y aportó además una clasificación de las formas de gobierno.

Esta consiste en conciliar la libertad del individuo con las exigencias de la seguridad social. En esta etapa el estado tiende a lograr las relaciones obrero-patronales y en el sistema económico actual, un trato liberal a los hombres que trabajan y una consiguiente distribución de los bienes.

*Diversos actores se dedicaron a establecer diferentes teorías que explican la necesidad de considerar el estado como persona jurídica, pero al mismo tiempo existían otros que niegan la personalidad del estado.

La negativa de León Duguit.

Negó que el estado fuese una persona, con el argumento de que solo el ser humano podía serlo, toda vez que para tal efecto se requiere de conciencia y voluntad, tributos inexistentes en el estado.

Teoría de la doble personalidad del Estado .

Se hace mención a una supuesta existencia de una personalidad del estado referente al Derecho Público y otra de Derecho Privado, sostiene que actúa como persona del Derecho Públcio cuando, en ejercicio de su imperio, ubica por encima de los particulares; y utiliza la de derecho privado cuando se despoja de su poder para actuar como persona moral ordinaria capaz de adquiri derechos y contraer obligaciones.

La responsabilidad del estado al causar daños a los particulares se ha fundamentado en la culpa civil,adquiriendo un carácter público siendo el estado el único responsable de los actos de sus servidores públicos

Teoría de la personalidad única del estado

Considera como persona jurídica al Estado cuyo propósito es el bienestar general de su miembros, constante e inexorablemente renovados, merced a lo cual las leyes expedidas, los tratdos y los contratos suscritos por el Estao sobreviven a la generación en que se producen.

Acosta romero

El estado es una persona juridica de derecho público con una sola personalidad y voluntad, que se regula en su escritura y funcionamiento por la constitución y leyes administrativas secundarias y, cuando entra en ralación de derecho civil, nunca pierde su caracter de estado, ni su volutad cambia.

Se atribuye a estos por infringir con actos u omisiones.

Son principios que rigen el quehacer público.

*La legalidad

*Honradez

*Lealtad

*Imparcialidad

*Eficiencia

Establece las Obligaciones que tiene el estado con las personas perjudicadas y las sanciones administrativas por el incumplimiento.

RESPONSABILIDAD DEL ESTADO

La palabra RESPOSABILIDAD tiene un sin fin de conceptos para definirlo como :

*La capacidad de un sujeto del derecho de conocer y aceptar las consecuencias de sus actos realizados consciente y libremente.

Hace mención de esta responsabilidad que el Estado asume, si bien no lo hace como persona moral, si lo hace a través de sus servicios públicos por lo que será responsable de los actos cometidos....

*La bligacion que tiene una persona de subsanar el perjuicio producido, o el daño causado a un tercero .

El ESTADO.

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