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Las vacantes definitivas, las provisionales con duración mayor de treinta días y los puestos de nueva creación, serán cubiertos por el trabajador que tenga la categoría o rango inmediato inferior, así como mayor capacitación, con mayor antigüedad, demuestre mayor aptitud, acredite mayor productividad y sea apto para el puesto”.
Si el Contrato tiene la cláusula de admisión, la preferencia de los trabajadores para ocupar las vacantes o puestos de nueva creación se determinará por el contrato colectivo y por los estatutos sindicales.
El derecho escalafonario hace referencia a la preferencia escalafonaria del trabajador de la categoría inmediata inferior para ocupar las vacantes o puestos de nueva creación.
Rango o nivel del puesto de trabajo y es utilizado en el sector público, en instancias de gobierno:
1. Presentar solicitud a la empresa
2. Justificación de la solicitud y otorgamiento de la vacante o puesto de nueva creación.
Para ocupar vacantes o puestos de nueva creación.
Artículo 154 LFT.
Art. 163
2.Cuando el trabajador se dedique a trabajos de investigación o de perfeccionamiento de los procedimientos utilizados en la empresa, por cuenta de ésta la propiedad de la invención y el derecho a la explotación de la patente corresponderán al patrón.
En este caso, el inventor tendrá derecho a una compensación complementaria.
Esta fijará por convenio de las partes o por la Junta de Conciliación y Arbitraje cuando la importancia de la invención y los beneficios que puedan reportar al patrón no guarden proporción con el salario percibido por el inventor
Protección jurídica a la creatividad y reconocer sus derechos.
1. El inventor tendrá derecho a que su nombre figure como autor de la invención;
3. La propiedad de la invención corresponderá a la persona o personas que la realizaron, pero el patrón tendrá un derecho preferente, en igualdad de circunstancias, al uso exclusivo o a la adquisición de la invención y de las correspondientes patentes.