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Derecho Marítimo

MAR TERRITORIAL

Conceptos básicos

Zona Contigua

Plataforma Continental

Es la porción de alta mar ubicada inmediatamente después del mar territorial, en la que el Estado suele ejercer funciones de policía, especialmente, de aduanas, inmigración y sanidad.

Esta zona no podrá extenderse mas allá de 24 millas contadas desde la zona costera.

Zona Económica Exclusiva

La plataforma continental de un estado ribereño comprende el lecho y el subsuelo de las áreas submarinas que se extienden mas allá de su mar territorial y a todo lo largo de la prolongación natural de su territorio.

Z.E.E. Es una zona situada fuera del mar territorial y adyacente a éste, donde el estado tiene derecho de soberanía para los fines de exploración y explotación, conservación y ordenación de los recursos naturales.

MAR TERRITORIAL

El mar territorial comprende:

  • Zona Contigua.
  • Zona Económica Exclusiva.
  • Plataforma Continental

MAR TERRITORIAL

Algunos de los temas de gran importancia para la humanidad tratados por el derecho del mar, son, los del mar territorial y la zona contigua; los de la plataforma continental; los de la zona económica exclusiva o mar patrimonial; los de pesca y conservación de los recursos vivos del mar; los relacionados con la preservación del medio marino, y los referentes a la investigación científica de los océanos.

El Mar Territorial es el sector del océano en el que un Estado ejerce plena soberanía, de igual forma que en las aguas internas de su territorio.

Según la Convención del Mar de 1982, el mar territorial es aquél que se extiende hasta una distancia de doce millas náuticas (22,2 km) contadas a partir de las líneas de base desde las que se mide su anchura.

*1 milla=1,852 kilómetros

Convención de las Naciones Unidassobre el Derecho del Mar

Antecedentes

La "libertad de los mares", por ser extensiones que no se pueden limitar con una cerca, así como la propiedad común de los recursos que en ellos se encuentran, fueron conceptos que la humanidad aceptó durante muchos años; pero al intensificarse la explotación de estos recursos se empezaron a presentar problemas entre los pueblos, reclamándose el derecho soberano de los estados costeros sobre sus aguas limítrofes, así como sobre sus recursos, lo cual propició el nacimiento de lo que en la actualidad se denomina derecho del mar y cuyo origen, según algunos estudiosos, "se pierde en la noche de los tiempos".

  • En el siglo XVII: se basaron en principios de derecho romano, donde Hugo Grocio postuló la "doctrina del mar libre" en su obra Mare Liberum (Mar Libre)
  • En el siglo XVIII: Cornelius van Bynkershoek logró sentar el principio según el cual el mar adyacente a las costas de un país quedaba bajo su soberanía
  • En el siglo XX: muchos Estados expresaron la necesidad de extender el mar territorial, con el fin de proteger los recursos pesqueros y mineros y aplicar medidas de control y fiscalización para evitar contaminación del área.

Está regido principalmente por la "Convención de las Naciones Unidas para el Derecho del Mar", la cual se considera uno de los instrumentos más completos del derecho internacional y establece el marco fundamental para todos los aspectos de soberanía, jurisdicción, utilización y derechos y obligaciones de los Estados en relación con los océanos.

Su objetivo es regular los derechos de navegación, límites territoriales de mares, estatus legal de los recursos encontrados en los fondos marinos fuera de la jurisdicción de los Estados, el pasaje de buques en estrechos, la conservación y manejo de los recursos marinos, la investigación marina y un proceso legalmente vinculante para resolución de disputas de los Estados relativos a los océanos y mares del mundo.

PRINCIPIOS:

  • Principio de Libertad de los Mares (art. 87)
  • En cuanto vía de comunicación, Alta Mar es un bien común
  • Principio de la Libertad de Uso (arts. 87 y 90)
  • Debe estar abierto a todos los Estados, tengan o no litoral.
  • Principio de no Interferecnia (art. 89)
  • No puede ser objeto de apropiación exclusiva o soberanía de un Estado.
  • Principio de Sumision al Derecho Internacional(Art. 87)
  • Debe estar sometido a una reglamentación jurídica internacional su uso y disfrute común.

El derecho del mar permite resolver las reclamaciones que los Estados hacen, de acuerdo con sus intereses nacionales. No sólo ha sido utilizado durante las épocas de guerra, sino que ha sido de gran provecho en tiempos de paz, para resolver los intereses de las flotas mercantes y principalmente de la industria pesquera.

Libertades de Alta mar

  • 1) -Libertad de navegación
  • 2) -Libertad de pesca
  • 3) -Libertad de tender cables y tuberías submarinos
  • 4) -Libertad de volar sobre el mar.

Art. 15 de la Convención del Mar.

Delimitación del mar territorial entre Estados con costas adyacentes o situadas frente a frente Cuando las costas de dos Estados sean adyacentes o se hallen situadas frente a frente, ninguno de dichos Estados tendrá derecho, salvo acuerdo en contrario, a extender su mar territorial mas allá de una línea media cuyos puntos sean equidistantes de los puntos más próximos de las líneas de base a partir de las cuales se mida la anchura del mar territorial de cada uno de esos Estados. No obstante, esta disposición no será aplicable cuando, por la existencia de derechos históricos o por otras circunstancias especiales, sea necesario delimitar el mar territorial de ambos Estados en otra forma.

Países sin mar territorial

Existen países que reclaman un mar territorial de 200 millas náuticas. Ejemplo de ello son:

  • Benín
  • República del Congo
  • República del Ecuador (sólo entre las islas Galápagos y el continente)
  • Togo (reclama 30 millas)
  • República de las Filipinas (un rectángulo de más de 12 millas en torno al archipiélago)

Es una de las ramas más importantes del derecho internacional, y permite resolver las reclamaciones que los Estados hacen, de acuerdo con sus intereses nacionales, sobre la utilización de los recursos del océano

Carolina Herrera Delgadillo

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