Luz Mercedes Calderón Yara
ID: 666496
Johana Astrid Rojas Usme
ID:684415
Mercado de valores.
Inversionistas y productos extranjeros.
Inversión extranjera en el mercado de valores
La inversión extranjera puede tener dos formas:
- Inversión extranjera directa.
- Inversión extranjera indirecta o de portafolio.
De conformidad con lo establecido en el estatuto en el decreto 4800 de 2010 de inversión extranjera en Colombia.
Invesión extranjera directa.
- La adquisición de participaciones, acciones, cuotas sociales, aportes representativos del capital de una empresa o bonos que se convierten en acciones.
- Adquisiciones de derecho o participaciones de negocios fiduciarios.
- Adquisición de inmuebles como resultado de proceso de titularización inmobiliaria ya sea un inmueble o un proyecto de construcción.
- Aportes que realice el inversionista mediante actos o contratos.
- Inversiones suplementarias al capital asignado a de las sucursales.
- Participaciones en fondos de capital privado.
Adquisición ordinaria de acciones o participaciones propias.
Las acciones o participaciones emitidas por una sociedad anónima o de responsabilidad limitada adquiridas por la misma sociedad.
Inversión indirecta o de portafolio:
Son inversión indirecta o de portafolio cuando es inversión en valores inscritos en el Registro Nacional de Valores y Emisores (RNVE) En participaciones en fondos de inversión colectiva, así como la inversión en valores listados en los sistemas de cotización de valores del extranjero.
Sectores de la economía a los cuales NO está destinada la inversión extranjera:
- Actividades de defensa y seguridad nacional.
- Las actividades de procesamiento, disposición y desecho de basuras tóxicas, peligrosas o radiactivas no producidas en el país.
Además el Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES) puede identificar sectores de la actividad económica respeto a los cuales la participación de inversión de capital del exterior requiere autorización impartida por el Gobierno Nacional.
El Inversionista extranjero:
Persona natural o jurídica, o patrimonio autónomo, titular de la inversión extranjera directa que en derecho del registro de su inversión goza de:
Beneficios correspondientes:
- Reinvertir las utilidades o retener en el superávit las utilidades no distribuidas con derecho a giro.
- Capitalizar las sumas con derecho a giro, producto de las obligaciones derivadas de la inversión.
- Remitir al exterior las utilidades netas que generen sus inversiones.
- Remitir al exterior las sumas recibidas como producto de la enajenación de la inversión dentro del país, o de la liquidación de la empresa o portafolio, o de la reducción de su capital.
El administrador local:
Las inversiones de portafolio, los administradores locales que solamente pueden ser:
- comisionistas de bolsa
- sociedades fiduciarias
- sociedades administradoras de inversión
Estas hacen las veces de representantes de los inversionistas del exterior de portafolio, y son quienes deben cumplir con las siguientes
obligaciones:
- Cambiarias obligación de cumplir con los registros cambiarios.
- De información que deba suministrar a las autoridades cambiaria o de inspección y vigilancia.
- Las demás que señale la autoridad de inspección y vigilancia en ejercicio de sus facultades.
INVERSION DE PORTAFOLIO - ADR’s Y GDR’s
De manera similar, los GDR se traducen en certificados emitidos en más de un país por entidades financieras autorizadas, de forma tal que ser titular de un GDR equivale igualmente a ser titular del
número de acciones o bonos convertibles en acciones representado en tal certificado de depósito.
Proceso de Emisión:
El proceso de emisión y colocación de ADR y GDR intervienen los siguientes items:
- El emisor local de los valores, certificados o recibidos de depósito.
- El Depositario.
- El Custodio.
- El Inversionista.
- Niveles de Implementación.
Aspectos Cambiarios
Es importante tener en cuenta que, de conformidad con lo
establecido en la Circular Reglamentaria Externa DCIN 83
expedida por el Banco de la República, al momento del
reintegro al mercado cambiario de las divisas por parte de
la sociedad colombiana que emite los valores, respecto
de los cuales una entidad financiera del exterior realiza la
emisión de programas sobre certificados de depósitos
negociables representativos de valores (ADR’s o GDR’s),
se entenderá efectuado el registro de la inversión de
capital del exterior.
PRODUCTOS Y SERVICIOS EXTRANJEROS
La legislación de valores autoriza de forma expresa a
las entidades del exterior a desarrollar actividades para
promover y publicitar servicios financieros, de reaseguros
y del mercado de valores en Colombia y a residentes
colombianos.
PROMOCIÓN Y OFERTA DE SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES Y DEL MERCADO BANCARIO.
De acuerdo con la Ley 964, principalmente las siguientes actividades son propias del mercado de valores:
I) La emisión y oferta de valores.
II) La intermediación de valores.
III) La administración de fondos de inversión colectiva.
IV) El depósito y la administración de valores.
V) La compensación y liquidación de valores.
VI) La calificación de riesgos.
VII) La autorregulación en el mercado de valores.
VIII) La recopilación, procesamiento y suministro de información al mercado de valores.
Algunos productos y servicios propios del mercado cambiario:
- Depósito de cuenta corriente.
- Depósito de cuentas de ahorro.
- Leasing.
- Aceptar letras de cambio.
- Aperturas de crédito.
- Otorgar Avales y Garantías.
Productos y servicios extranjeros:
El desarollo de actividades que promueven y publiquen servicios financieros y del mercado de valores en Colombia a residentes colombianos.
Estos produtos y servicios pertenecientes al sector financiero de valores o reasegurdor debe acogerse a las siguientes reglas:
- Establecer una ofiscina de representación.
- Celebrar contrato de coresponsalía con una comisionista de bolsa.
- Entidades aseguradoras deben inscribirse en el REACOEX a cargo de la superintendencia financiera.
Comisionistas de bolsa con contratos de corresponsalía con instituciones del mercado de valores del exterior.
- Comisionista de Bolsa: Instituciones del Mercado de Valores del Exterior.
- Acciones y valores S.A.: EFG Capital international LLC.
- Afin S.A.: ING Pensiones y Cesantias.
- HELMComisionista de Bolsa .A.: Helm Bank Cayman .
- Serfinco S.A.: MFS International LTD.
- Global Securities S.A.: Grupo Privado de Inversiones S.A.
- Larrain Vial Colombia S.A.
- Entre Otras.
Oficinas de representación en Colombia.
- Instituciones del mercado de valores del exterior: The Bank of Nova Scotia (Panamá), HSBC Intrnational Select Fund.
- Instituciones Financieras del Exterior: Banco de Bogotá (Panamá) S.A., Banco Itaú BBA S.A. (Ibbai), Banco de Bogotá- New York Agency, Bancolombia (Panamá) S.A., MultiBank INC.
- Instituciones del mercado de reasguros: Mapfre Asistencia Compañía Internacional de Seguros y Reaseguros S.A., Hannover Ruck Se Bogotá.
Promoción y ofertas de servicio del mercado de valores.
De acuerdo con la ley 964 las siguientes actividades son propias del mercado de valores:
- Emisión y oferta de valores.
- Intermediación de valores.
- Administración de fondos de inversión colectiva.
- Depósito y administración de valores.
- Compensación y liquidación de valores.
- La calificaión de riesgos.
- Autoregulación en el mercado de valores.
- Recopilación, procesamieno y suministro de información al mercado de valores.
Inversión extranjera en Colombia.