Ana Vaquera Fernández 2ºD
SOCIEDAD LIMITADA
(SRL)
Es la unión contractual de dos o más personas para emprender, como propietarios un negocio para obtener beneficios ,los socios cooperan con su dinero,con sus esfuerzos,sus conocimientos y capacidades.
¿Qué es?
En esta especie de sociedad el nombre puede consistir en una razón social,entendida esta como una denominación conformada por uno ó más nombres y apellidos,o de uno ó más apellidos de los socios de la compañía.
NOMBRE
La sociedad será constituida por dos socios como mínimo y con un máximo de veinticinco ,si durante su existencia jurídica llegase a extenderse ese número la Ley Mercantil actuará para que se convierta en otro tipo de sociedad.
Número máximo y mínimo de socios
La responsabilidad está limitada al capital aportado, y por lo tanto, en el caso de que se contraigan deudas, no responde con el patrimonio personal de los socios, sino al aportado en dicha empresa Limitada (LTDA). Presenta como una sociedad de tipo capitalista en la que el capital, que estará dividido en participaciones sociales, se integrará por las aportaciones de todos los socios, quienes no responderán personalmente de las deudas sociales.
Responsabilidad de los socios
(Son las reglas pactadas por los socios)
Estatutos
de la sociedad
sociedad.
- El objeto social (a lo que se dedica la empresa).
- El domicilio social (sede de la empresa).
- El capital social,las participaciones en que se divide,su valor nominal...
- El modo de organizar la administración ,en los términos establecidos por la ley.
- Los demás pactos lícitos y condiciones especiales que los
socios crean conveniente
establecer.
Régimen del Capital
- En esta sociedad el capital estará representado por cuotas que podrán transferirse por actos entre vivos,en beneficio de unos u otros socios de la compañía o de terceros.
- El capital se pagará íntegramente al momento de la constitución de la sociedad. Los aportes pueden consistir en dinero, en especies de muebles o inmuebles de la compañía.
- El capital debe aportarse íntegramente al momento de la constitución de la sociedad.
- La representación está en cabeza de todos los socios,salvo que estos la deleguen a un tercero.
Objetivo social
La sociedad limitada podrá tener como finalidad la realización de toda clase de actos de comercio y operaciones mercantiles permitidos por la ley ,excepción hecha de aquellas actividades financieras y seguros.
Es el órgano supremo de la sociedad;cada uno de los socios tendrá tantos votos como cuotas posea en la sociedad.De igual forma la representación de la sociedad y de la administración de los negocios sociales corresponde a todos y cada uno de los socios.
Junta de socios
Los administradores
o gerentes se sujetaran
en su gestión a las facultades
que les otorgue el contrato social
y las resoluciones de la junta de socios.
El administrador no podrá separarse de sus funciones mientras no sea legalmente reemplazado;la junta de socios podrá remover a los administradores o a los gerentes por las causas determinadas en el contrato social.
Representa-ción legal