Introducing 

Prezi AI.

Your new presentation assistant.

Refine, enhance, and tailor your content, source relevant images, and edit visuals quicker than ever before.

Loading…
Transcript

LA EMPRESA A LA SEGUNDA GENERACIÓN:

EL PROTOCOLO FAMILIAR.

Análisis Desarrollado por:

Lic. José Francisco Macías Calleja.

El presente análisis es propiedad intelectual de su mismo autor.

La empresa familiar es un ente complejo que debe ser analizado con cuidado. En efecto, no se trata sólo del conjunto de actividades, bienes patrimoniales y relaciones con fines lucrativos (es decir, con verdadera actividad mercantil y no sólo la tenencia de derechos y bienes); sino que además involucra a dueños y administradores que comparten vínculos familiares y que tienen una vocación de continuidad familiar.

De inicio, debe entenderse que la empresa y la familia son dos sistemas sustancialmente diferentes. Visto de manera simplista, la principal distinción es la siguiente: la empresa está hecha para producir utilidades y generar beneficios a cambio de aportaciones (económicas o de otro tipo); mientras que la familia es fundamentalmente gratuita en relación a sus miembros, quienes participan por el sólo hecho de ser familia. El equilibrio entre los dos sistemas es fundamental, pues una empresa sin visión comercial terminará quebrando; y una familia que no comprenda la gratuidad, puede romper sus relaciones humanas y de afecto.

¿Cómo se puede hacer frente a los conflictos entre los miembros de la familia, o de los participantes en el capital de la empresa; sin dañar ni una ni otra?

En este contexto, la empresa familiar se enfrenta a muchos problemas que no son comunes a la generalidad de las empresas, como los siguientes:

¿De qué forma puede evitarse la confusión del patrimonio empresarial con el patrimonio familiar?, ¿Cómo puede asegurarse que la empresa tenga el financiamiento suficiente sin poner en peligro la dirección administrativa e independencia?;

¿Cómo asegurarnos que la unidad económica empresarial permanezca a pesar de la ausencia de los miembros de la familia que la fundaron?;

En caso de las transmisiones sucesorias, ¿cómo evitar que la propiedad se atomice excesivamente?, ¿cómo se tomarían las decisiones con la nueva estructura de propiedad?;

¿Quién debe permanecer en el control de la administración?, ¿Debe permitirse el acceso a familiares que no están calificados?;

¿Cómo se asegura el equilibrio para permitir a los miembros de la familia participar de las utilidades, sin que la participación poco preparada termine con el negocio?;

Teniendo esto en mente, es claro que la simple legislación (en el caso mexicano, normalmente la ley general de sociedades mercantiles; aunque dependiendo del tipo de sociedades puede haber otras regulaciones involucradas) no será suficiente para solucionar estos problemas de manera adecuada, pues no sólo no se tratan estos temas, sino que además todas las familias y empresas son diferentes, y requieren estructuras hechas a la medida.

Un camino para responder a esta difícil situación es el llamado protocolo familiar, que consiste en un “pacto parasocial” que regula las relaciones entre la familia, la propiedad, la empresa y su dirección; es decir, un contrato entre los socios o accionistas de la empresa que establece las reglas para la armónica convivencia entre los factores familiares y administrativos.

En un principio podría parecer un tema meramente administrativo (es decir, de organización de recursos materiales y humanos), existen dos elementos que forman parte fundamental del protocolo familiar: (i) la asignación y limitación de la propiedad —como las limitaciones a transmitir los bienes, y la forma de ejercer los derechos—; y (ii) el llamado “apartado moral”, que se refiere a incluir la filosofía del negocio familiar.

Es muy importante efectivamente considerar estos tres elementos en una coexistencia armónica, pues de lo contrario el protocolo familiar se convertiría en un simple contrato entre accionistas. Como se señaló al inicio, lo fundamental es la vocación de continuidad familiar, que debe verse reflejada en el fondo del acuerdo. En otras palabras 1:

(…) la referencia a aspectos más morales, como la conducta, pero vinculados siempre a la obligatoriedad que desarrollarán las normas jurídicas contenidas en el protocolo. Es decir, la aproximación legalista al concepto de protocolo no va a suponer la absoluta proscripción de sus elementos morales, sino únicamente el sometimiento de éstos a la posibilidad de alcanzarlos a través del juego de las reglas que el documento pueda establecer, siendo preciso partir de los primeros (valores y objetivos de la empresa familiar) para llegar a los segundos (normas vinculantes que permitan alcanzarlos).

1. VALMAÑA CABANES Antonio, El régimen jurídico del protocolo familiar, Editorial Comares (Granada, 2014) p. 77.

Dicho lo anterior, aunque los acuerdos que se establezcan en el protocolo serán aquellos que sean pertinentes para el negocio en específico, los elementos típicos son los siguientes:

1) Preámbulo: historia, tradiciones y valores de la empresa familiar.

2) Ámbito de aplicación del protocolo.

3) Gobierno de la empresa familiar: políticas de decisión y gobierno, consejo de familia, consejo de administración, estatutos sociales.

4) Régimen de trabajo en la empresa: formación de jóvenes, criterios de acceso, promoción, jubilaciones.

5) Propiedad: políticas de renta, dividendos mínimos, sindicación de acciones, solidaridad familiar.

En González Luna Abogados podemos apoyarle en el diseño de un protocolo familiar que esté hecho a la medida de su empresa o grupo empresarial familiar, de manera que tenga la mayor certeza de conservar el espíritu que la familia haya impreso al negocio comunitario.

info@gonzalezluna.com

www.gonzalezluna.com

González Luna Abogados

Learn more about creating dynamic, engaging presentations with Prezi