FAMILIAS JURIDICAS CONTEMPORANEAS
BIBLIOGRAFIA
Gutiérrez-Alviz y Armario, F. (1995). Diccionario de Derecho Romano. (4a. ed.) Madrid: Reus.
Kunkel, W. (1994). Historia del Derecho Romano (9a. ed.) Barcelona: Ariel. Morineau Iduarte, M.; Iglesias González, R. (1993). Derecho Romano Colección de Textos Jurídicos Universitarios (3a. ed.) México: Harla.
Heather, Peter. (2005). La caída del Imperio romano.
MARIA DE LOS ANGELES ALDACO SANCHEZ
MATRÍCULA: T000013462
ASESOR: Dra. FIDENCIA NAVARRO REYNOSO
: SISTEMAS JURÍDICOS CONTEMPORÁNEOS
ACTIVIDAD: A.A. INTEGRADORA 1
PRESENTACION ELECTRONICA
26/ MAYO /2020
FAMILIAS JURIDICAS CONTEMPORANEAS
Familia jurídica es el conjunto de sistemas que comparten determinadas características. El vocablo sistema jurídico se refiere al derecho nacional de un Estado, en lo tanto que el término familia nos remite al conjunto de sistemas jurídicos que rebasan las fronteras de una nación.
Lo que posibilita agrupar los sistemas jurídicos en familias es el hecho de que cada uno de aquellos incluye tanto constantes como variantes; entre las constantes podemos remitirnos a los antecedentes históricos y el desarrollo de sus instituciones similares.
Pese a los intentos del derecho comparado de organizar grupos, categorías o familias los diversos sistemas jurídicos del mundo, resulta imposible crear un sistema ideal de clasificación comparable, es decir, que cualquier clasificación de orden jurídico será imperfecta y solo deberá considerarse como un medio provisional para facilitar la descripción y la comparación de los sistemas legales.
TIMELINE
DERECHO CIVIL
COMMON LAW
DERECHO CONSUETUDINARIO
DERECHO MUSULMAN
ORDENAMIENTO JURIDICO MIXTO
- FAMILIA ROMANISTA – NEO-ROMANICA
- FAMILIA DEL COMMON LAW
- FAMILIA DE LOS DERECHOS SOCIALISTAS
- FAMILIA DE LOS SISTEMAS RELIGIOSOS O TRADICIONALES
- FAMILIA ISLAMICA, SISTEMAS MIXTOS.
CLASIFICACION DE LAS FAMILIAS
SISTEMAS QUE CLASIFICAN EN CADA FAMILIA
SISTEMAS EUROPEO – CONTINENTALES
SISTEMAS LATINOAMERICANOS
FAMILIA ROMANISTA
SISTEMAS QUE CLASIFICAN A LA FAMILIA ROMANISTA
SISTEMAS
SISTEMAS QUE CLASIFICAN A LA FAMILIA COMMON LAW
FAMILIA DEL COMMON LAW
SISTEMAS
SISTEMAS QUE CLASIFICAN A LA FAMILIA DE DERECHOS SOCIALISTAS
FAMILIA DE LOS DERECHOS SOCIALISTAS
FAMILIA ROMANISTA – NEO-ROMANICA
Está integrada por aquellos sistemas contemporáneos estructurados con fundamento en el Derecho Romano.
También se le conoce como familia Romano –Canónico, Romano - Germánico o de Civil Law.
Su característica principal es la preocupación por la justicia, los valores morales que siempre están implícitos en sus normas jurídicas.
En la más antiguas de todas las familias, y se remota en los ordenamientos de las XII Tablas. Es la más difundida en Europa y todo el mundo.
Dentro de esta familia existen sistemas:
- SISTEMAS EUROPEO – CONTINENTALES
- SISTEMAS LATINOAMERICANOS
- SISTEMAS ESCANDINAVOS
- SISTEMAS LATINOAFRICANOS
Países de los Sistemas Europeo – continentales.
- Albania
- España
- Andorra
- Austria
Países de los Sistemas Europeo – continentales.
- Alemania
- Bélgica
- Bielorrusia
SISTEMAS EUROPEO – CONTINENTALES
Países de los Sistemas Latinoamericanos
PAISES
Argentina
Bolivia
Brasil
Chile
Colombia
Costa Rica
Ecuador
El Salvador
Guatemala
Haití
Honduras
Mexico
Nicaragua
Panamá
Paraguay
Peru
República Dominicana
Uruguay
venezuela
SISTEMAS LATINOAMERICANOS
Por su pasado colonial ibérico recibieron la herencia románica desde finales del siglo XV, la cual ha sido afectada por las costumbres indígenas y la influencia del derecho de Estados Unidos.
SISTEMAS ESCANDINAVOS
PAISES
Receptores de la tradición románica durante la Edad Media, conservaron en gran medida, sin embargo, elementos del derecho germánico primitivo (vikingo).
SISTEMAS ESCANDINAVOS
SISTEMAS LATINOAFRICANOS
PAISES
MAGADASCAR
SANTO TOMÉ Y PRINCIPE
SISTEMAS LATINOAFRICANOS
Los sistemas Latinoafricanos marcados por una fuerte influencia cultural europeo – continental derivan de su pasado colonial, aunada a la pervivencia de gran variedad de costumbres tribales nativas.
FAMILIA DEL COMMON LAW
Esta agrupación de sistemas se adhiere a una tradición jurídica surgida durante el siglo XI en Inglaterra y que en la actualidad es observada por la mayor parte de las naciones de habla inglesa.
La tradición del Common Low se distingue principalmente por la creación de sus normas jurídicas a través de decisiones contenidas en sentencias judiciales (y que al aplicarse adoptan el nombre de precedentes) en vez de privilegiar la creación legislativa o la reglamentaria. Ello significa, entonces, que la columna vertebral del derecho es producto de la labor de los jueces, y que surge de la solución dada a controversias concretas entre particulares.
Esta familia cuenta con una gran dispersión por todos los continentes y en muy variadas culturas, por lo que mencionara las tres subfamilias más distinguibles:
- SISTEMAS ANGLOSAJONES
- SISTEMA ANGLOAMERICANO
- SISTEMA ANGLOAFRICANOS
SISTEMAS ANGLOSAJONES
PAISES
Antigua y Barbuda
Australia
Bahamas
Reino Unido
Trinidad y Tobago
SISTEMAS ANGLOSAJONES
Cuya membresía incluye el Reino Unido y a las naciones de América y Oceanía que participan del Commonwealth, la mayoría de las cuales aplican en sus tribunales del derecho ingles y reconocen al monarca del Reino Unido como su cabeza como Estado.
SISTEMA ANGLOAMERICANO
PAISES
SISTEMA ANGLOAMERICANO
A pesar de conformarse únicamente por el derecho de Estados Unidos, es notoriamente distinguible de los sistemas anglosajones debido a su evolución independiente aun desde tiempos coloniales.
SISTEMA ANGLOAFRICANOS
PAISES
Nigeria
Seychelles
Sierra Leona
SISTEMA ANGLOAFRICANOS
Integrados por algunas de las naciones de África que son miembros del Commonwealth, y que por las vicisitudes de su pasado colonial conservan una gran diversidad de costumbres tribales nativas.
FAMILIA SOCIALISTA
Es de reciente creación, pues en general se aprecia el nacimiento de su tradición desde el triunfo bolchevique en la Revolución Rusa de 1917, esta familia conservó formalmente los elementos característicos de la tradición romanista, en la que de hecho se encuentran sus antecedentes; sin embargo, es indiscutible su existencia como familia independiente en virtud del propósito transformador y revolucionario otorgado a sus contenidos materiales, como resultado de la originalidad ideológica que lo caracteriza y que se identifica con la doctrina política del marxismo-leninismo.
PAISES
Países que integran esta familia
FAMILIA SOCIALISTA
Estos sistemas religiosos no constituyen propiamente una familia por la razón de que no comparten una tradición jurídica común. La única característica en común radica en la naturaleza religiosa o filosófica en su derecho.
Es evidente que la religión como el derecho se encuentran en todos los pueblos y épocas y que en su surgimiento son prácticamente indistinguibles entre si, de tal forma que la historia no menciona sociedad alguna que carezca de reglas de conducta social estrechamente ligadas a una verdad revelada y a un consenso tradicional, aunque cambiante en lo moral. Mientras mas complejas sea la estructura social, mas institucionalizadas serán las formas que adopte el imperio del derecho y las experiencias de lo religioso y en consecuencia, mas delimitadas las fronteras que individualizan su identidad y su esfera de acción.
En la actualidad, perviven sistemas jurídicos para los cuales derecho y religión son prácticamente sinónimos. Casi todos cuentan con un ámbito de aplicación restringido a determinadas materias, en particular el derecho familiar, y supeditado a un sistema nacional jerárquicamente superior.
Dentro de este sistema jurídico, se encuentra la familia islámica.
FAMILIA DE LOS SISTEMAS RELIGIOSOS O TRADICIONALES
FAMILIA ISLAMICA, SISTEMAS MIXTOS
SISTEMAS MIXTOS
La peculiaridad común que los agrupa radica tan solo en motivos generalmente políticos, que consisten en la coexistencia razonablemente armónica de dos o más tradiciones jurídicas en el seno de un mismo sistema, no obstante, las obvias contradicciones internas que ello puede suponer.
Los sistemas mixtos normalmente incluyen tradiciones locales, el acento específico de su nacionalidad matiza y distingue a cada uno de los sistemas, por lo que es recomendable estudiarlos de forma individual.
SISTEMAS MIXTOS
PAISES
Chad
Corea del sur
Filipinas
Líbano
Malasia
Nepal
Tailandia
SISTEMAS
MIXTOS