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Transcript

Comisión Mixta de Seguridad e Higiene.

Nom-019-STPS-2011.

Objetivo

Establecer los requerimientos para la constitución, Integración, organización y funcionamiento de la comisión de seguridad e higiene en el centros de trabajo.

¿Qué es la Comisión de Seguridad e Higiene?

Es un organismo bipartito conformado por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón, que tiene por objeto investigar las causas de los accidentes y enfermedades, proponer medidas para prevenirlos y vigilar que se cumplan.

¿Cuáles son las principales funciones de la Comisión de Seguridad e Higiene en el centro de trabajo?

  • Identificar los agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros en el centro de trabajo.

  • Investigar las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo, de acuerdo a los elementos que les proporcione el patrón y otros que estimen necesarios.

  • Proponer al patrón medidas para prevenir los accidentes y enfermedades de trabajo, basadas en la normatividad en la materia.

  • Dar seguimiento a la instauración de las medidas propuestas por la comisión para prevenir los riesgos de trabajo.

Coordinador:

¿Cómo se integra la Comisión de Seguridad e Higiene en el centro de trabajo?

  • Coordinar el funcionamiento de la comisión.

  • Promover la participación de todos los integrantes de la comisión.

  • Verificar que cada uno cumpla las actividades asignadas.

  • Coordinar las investigaciones de los accidentes y enfermedades de trabajo.

  • Integrar el programa anual de los recorridos y entregarlos al patrón.

Secretario.

Se integra por un coordinador, un secretario y los vocales que acuerden el patrón o sus representantes, y el sindicato o el representante de los trabajadores.

  • Convocar a los integrantes de la comisión a las reuniones que te tengan.

  • Convocar a los integrantes de la comisión para realizar los recorridos de verificación.

  • Apoyar en la realización de las investigaciones de las causas de accidentes y enfermedades de trabajo.

  • Obtener las firmas de los integrantes de la comisión en los actos de los recorridos de verificación.

Vocales.

  • Participar en las reuniones de trabajo de la comisión.

  • Realizar los recorridos de verificación.

  • Obtener información de todas las condiciones inseguras identificadas en su área de trabajo.

  • Apoyar en las actividades de asesoramiento para la detección de las condiciones inseguras.

¿Cómo se formaliza la constitución de la Comisión de Seguridad e Higiene?

A través de un acta de constitución, en sesión con los miembros que se hayan seleccionado y con la representación del sindicato, si lo hubiera.

Empresa

El acta debe incluir:

Datos del centro de trabajo:

• El nombre, denominación o razón social;

• El domicilio completo (calle, número,colonia, municipio o delegación, ciudad, entidad federativa, código postal).

• El Registro Federal de Contribuyentes;

• El Registro Patronal otorgado por el Instituto Mexicano del Seguro Social;

• La rama industrial o actividad económica;

• La fecha de inicio de actividades;

• El número de trabajadores del centro de trabajo, y

• El número de turnos.

Comisión

Datos de la comisión:

  • La fecha de integración de la comisión de seguridad e higiene (día, mes y año).

  • El nombre y firma del patrón o de su representante, y del representante de los trabajadores, en el caso de centros de trabajo con menos de 15 trabajadores.

  • El nombre y firma del coordinador, secretario y vocales, en el caso de centros de trabajo con 15 o más trabajadores.

¿Qué vigencia tienen los cargos de coordinador, secretario y vocales?

Tendrán una vigencia de dos años, y los cargos de coordinador y secretario se alternarán entre los representantes del patrón y de los trabajadores.

Sustitucion.

¿Por qué razones un integrante de la comisión de seguridad e

higiene podrá ser sustituido?

Podrán ser sustituidos a petición de quien los propuso, o bien por los motivos siguientes:

• En caso de que no cumplan con las actividades establecidas por la propia comisión.

• Si no asisten a más de dos de las verificaciones consecutivas programadas en forma injustificada.

• Por ausencia definitiva en el centro de trabajo.

Recorridos de seguridad.

Son revisiones que realiza la comisión en el centro trabajo para identificar agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros; investigar las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo; proponiendo medidas para prevenirlos, así como vigilar su cumplimiento.

CÚANDO

¿Cada cuanto se deben realizar los recorridos?

Se deberá conformar el programa dentro de los primeros treinta días naturales de cada año.

  • Los recorridos de verificación previstos en el programa anual de la comisión.
  • Se deberán realizar al menos con una periodicidad trimestral.

QUÉ

ASPECTOS A IDENTIFICAR.

a) Identificar los agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros en el centro de trabajo.

b) Investigar las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo que en su caso ocurran, de acuerdo con los elementos que les proporcione el patrón y otros que estimen necesarios.

c) Determinar las medidas para prevenir riesgos de trabajo, con base en lo dispuesto por el Reglamento y las normas que resulten aplicables.

d) Dar seguimiento a la instauración de las medidas propuestas por la comisión para prevenir los riesgos de trabajo.

Definiciones.

Para poder comprender la norma es necesario tener conocimiento en las siguiente definiciones.

FUNDING REQUEST

¿Que es un acto inseguro?

Son acciones realizadas por el trabajador que implican una omisión o violación a un método de trabajo o descuido del propio trabajador, que pueden dar como resultado un accidente.

¿Que es una condición insegura?

Son las causas que se derivan del medio en que los trabajadores realizan sus labores ( ambiente de trabajo), y se refieren al grado de inseguridad que pueden tener las áreas, maquinarias, los equipos y los puntos de operación.

¿Que es una enfermedad de trabajo?

 Es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios.

PROJECTION

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