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Modificar la Política de Atención Integral de Salud -PAIS y adoptar el Modelo de Acción Integral Territorial- MAITE para su implementación.
La presente resolución aplicará a la población residente en el territorio nacional, a los integrantes del sistema de salud y a las demás entidades que tengan a su cargo acciones en salud relacionadas con la promoción de la salud, prevención de la enfermedad, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación, paliación y muerte digna.
Las entidades territoriales ejercerán el liderazgo de la implementación y el seguimiento de la Política de Atención Integral en Salud dentro de su jurisdicción, con el acompañamiento de este Ministerio.
MAITE será responsabilidad de las entidades territoriales, de las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios - EAPB, de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud de naturaleza pública, privada o mixta, y de las demás entidades que tengan a su cargo acciones en salud, relacionadas con la promoción, mantenimiento de la salud, prevención de la enfermedad, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación y muerte digna, cada una en el marco de sus competencias.
es el conjunto de enfoques, estrategias, procesos, instrumentos, acciones y recursos que centra el sistema de salud en el ciudadano, permite atender a la naturaleza y contenido del derecho fundamental a la salud y orienta los objetivos del sistema de salud para generar mejores condiciones de salud de la población, ordenando la intervención de los integrantes del sistema de salud y de otros actores responsables de garantizar la promoción de la salud, la prevención de la enfermedad, el diagnóstico, el tratamiento, la rehabilitación, la paliación y la muerte digna, en condiciones de accesibilidad, aceptabilidad, oportunidad, continuidad, integralidad y capacidad resolutiva.
la Política de Atención Integral en Salud -PAIS se desarrollará bajo las siguientes estrategias y enfoques:
• Estrategia de Atención Primaria en Salud. Esta estrategia permite la coordinación intersectorial para brindar una atención integral e integrada, desde la salud pública, la promoción de la salud. la prevención de la enfermedad, el diagnóstico, el tratamiento, la rehabilitación de la persona en todos los niveles de complejidad y en las acciones individuales y colectivas, a fin de garantizar un mayor nivel de bienestar en los usuarios, sin perjuicio de las competencias legales de cada uno de los actores del sistema de salud.
Integrados e interdependientes
Intersectorial y transectorial
• Estrategia de Gestión Integral del Riesgo en Salud. La Gestión Integral del Riesgo en Salud es la estrategia transversal de la Política de Atención Integral de Salud que se fundamenta en la articulación e interacción de los agentes del sistema de salud y otros sectores, para identificar, medir, intervenir desde la prevención hasta la paliación y llevar a cabo el seguimiento, monitoreo y evaluación de los riesgos para la salud de las personas, familias y comunidades, orientada al logro de resultados en salud y al bienestar de la población. Se anticipa a las enfermedades y los traumatismos para que estos no se presenten o se detecten y traten precozmente para impedir. acortar o paliar su evolución y consecuencias
el enfoque de Cuidado se entiende Como las capacidades , decisiones y acciones que el individuo, la comunidad y el estado adopta para proteger la salud propia de las familias de la comunidad y del territorio.
En enfoque diferencial reconoce que hay poblaciones con características particulares en razón de su edad, género, etnia o condiciones de discapacidad o Víctimas de la violencia entre otras situacione, las ubican en una situación de desventaja y de mayor vulnerabilidad en el ejercicio del derecho a la salud.
1.Garantizar el pleno Disfrute del derecho fundamental de la salud en los territorios.
2.Fortalecer la autoridad sanitaria.
3.Mejorar las condiciones de salud de la población.
Estas líneas comprende las acciones orientadas a garantizar en los territorios el acceso de las personas a los servicios el sistema contemplados en el sistema de salud.
En ellas se encuentran:
Alcance:
Esta linea comprende las acciones para garantizar el acceso a los servicios de salud que se presentan en el territorio, optimizar el uso de los recursos y mejorar la calidad de los mismos, a traves del mejoramiento de la capacidad resolutiva, la implementacion de mecanismos que permitan verificar la suficiencia de la oferta de servicios y la organizacion de redes de prestadores de servicios de salud para favorecer el cumplimiento de las prioridades y expectativas en salud de las personas, familia y comunidades de sus territorios.
1. Implementar mecanismos, intrumentos o metodologias para la actualizacion, verificacion y analisis de disponibilidad y suficiecia de los servicios de salud que incluya la estimacion del diferncial entre la disponibilidad y lo requerido en talento humano, recursos tecnologicos, financieros y fisicos para la atencion de la poblacion, teniendo en cuenta la situacion de salud y los ambitos territoriales.
2. Implementar las redes integrales de prestadores de servicios de salud habilitadas y su seguimiento permanente en terminos de disponiblilidad, suficiencia y completitud para la atencion en salud de la poblacion.
3. Fortalecer el sistema obligatorio de Garantia de la calidad en el territorio.
4. Garantizar la consistencia entre las prioridades en salud, los requerimientos y acciones en los diferentes intrumentos de planeacion y gestion de la prestacion de servicios que garanticen la integralidad en la atencion en salud.
5. Definir procesos, procedimientos y mecanismos administrativos y asistenciales para la informacion, comunicacion y tranporte de personas entre la red de prestacion de sercvicios conformadas por los aseguradores y las entidades departamentales y distritales de salud, principalmente en los ambitos territoriales rurales dispersos.
6. Garantizar adecuadas coberturas de los servicios promocionales y preventivos en el territorio tanto individuales como colectivas.
7. Mejorar la infraestructura y la dotacion de los prestadores de servicios de salud en el territorio.
8. Fortalecer los servicios extramurales e incorporar tecnologias de atencion en sitios garantizando su resolitividad.
9. Fortalecer los sistemas de informacion en salud promoviendo la interoperabilidad de los mismos y su operacion en linea y en tiempo real.
10. Fortalecer las actividades de telesalud y la modalidad de telemedicina, aprovechando las fuentes de datos y las tecnologias digitales.
11. ¨Promover la demanda inducida a traves de acciones de promocion de la salud y prevencion de la enfermedad.
Resoluciones 1441 de 2016, que establece los estandares, criterios y procedimientos para la habilitacion de las redes integrales de prestadores de servicios de salud, y las mormas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.
Articulo 156 de la ley 1450 de 2011 o la norma que la modifique o sustituya.
Resolucion 2514 de 2012 que reglamenta los procedimientos ára la formulacion prestacion aprobacion ajuste seguimiento ejecucion y control de los planes bienales de invensiones publicas en salud y la resolucion 1985 de 2013 que establece el procedimiento que las entidades territoriales deben seguir para incluir los proyectos de inversion en sus planes bienales de inversion publicas en salud en el marco de la ley 1608 de 2013 o las normas que las modifiquen adicionen o sustituyan.
Articulo 77 de la ley 1955 de 2019 o la norma que la modifique o sustituya.
Que define los procedimientos y condiciones de inscripcion de los prestadores de servicios de salud y de habilitacion de servicios de salud, o las normas que los modifique o sustituyan.
Esta línea comprende los aspectos relacionados con la suficiencia, disponibilidad, calidad, eficiencia y dignificación del talento humano
Línea que comprende la planeación, presupuestación, ejecución y seguimiento de los recursos financieros que garanticen una gestión eficiente del sistema de salud para el goce efectivo del derecho fundamental a la salud.
1.Generar capacidad y eficiencia en los procesos presupuestales en las entidades territoriales.
2. Mejorar los instrumentos de identificación de las fuentes destinadas al sector salud.
3. Gestionar los recursos adicionales a los ya provistos al sistema de salud
1. Seguimiento a la ejecución de los recursos de las cuentas.
2. Planes de aplicación de los excedentes del régimen subsidiado de las entidades territoriales.
3. MIPRES
Esta línea reconoce las particularidades de las poblaciones en las condiciones sociales y territoriales que ubican a las personas en situaciones de marginalidad y de mayor vulnerabilidad para el ejercicio del derecho a la salud.
Herramientas y marco normativo:
• Comprende la articulación de acciones, bienes, recursos y servicios, por medio de un trabajo
coordinado y sistemático entre el sector salud, los sectores públicos, privados y las
organizaciones sociales o comunitarias, alrededor de la atención integral en salud de las
personas, familia y comunidades, a partir de sus prioridades y expectativas
• Desarrollar e implementar mecanismos de coordinación.
• Generar mecanismos para incidir técnica y políticamente en la agenda de otrossectores
• Establecer acuerdos y procedimientos con los demás integrantes del sistema de salud y de
otrossectores si fuera pertinente.
• Definir y desarrollar objetivos comunes.
• Generar mecanismos
• Comprende las acciones para la gestión de la
salud como un asunto publico, se
fundamenta en la participación de la sociedad
civil y se fortalece con el desempeño de la
función de la rectoría por parte de la
autoridad sanitaria.
• Realizar consensos y procesos de toma de decisiones participativos en salud.
• Fortalecer la autoridad sanitaria local en relación con las capacidades necesarias
para liderar desde la función rectora políticas, planes, programas y proyectos en
pro de la salud de la población de su territorio, la adherencia a las normas el uso
de estrategias e iniciativas apropiadas.
• Desarrollar e implementar mecanismos de socialización y apropiación de las
competencias, roles y funciones de las entidades territoriales de salud y demás
integrantes del sistema de salud.
• Realizar monitoreo y seguimiento de las acciones derivadas de las líneas de acción
definidas en el MAITE.
• Fortalecer los sistemas de información para que sean interoperables.
• Disponer mecanismos para la rendición de cuentas y control de la gestión
territorial e institucional en salud.
• Fortalecer los procesos participativos sociales y comunitarios.
• Realizarseguimiento y evaluación.
• Disponer mecanismos.
• Fortalecer la capacidad de respuesta frente a ordenes judiciales
Fases para la formulacion del plan de accion e implementacion del MAITE.
Para la materializacion de las acciones del MAITE en los territorios se debera formular ejecutar monitoriar y ajustar un plan de accion territorial que especifique las prioridades en cada linea de accion los responsables los compromisos productos indicadores y tiempos de ejecucion de las acciones requeridas para el logro de los objetivos
Indicadores para el monitoreo de la implementacion y avances del MAITE.
Este ministerio definira dentro el año inmediatamente siguiente a la expedicion del presente acto administrativo
Incorporacion de los avances del modelo integran de atencion en salud MIAS.
El modelo de accion integral territorial MAITE incorpora los desarrollos de los componentes del modelo integral de atencion en salud MIAS por lo que las obligaciones de orden contractual los compromisos y las demas actuaciones que se hayan gestado a partir de tal modelo antes de la entrada en vigencia de la presente resolucion continuara su ejecucion y se entenderan complementarios del MAITE
Transitorio
El plan de accion e implementacion del MAITE- PAIM que adopten las entidades territoriales en la vigencia 2019 continuaran con su ejecucion hasta junio de 2020 y las acciones y herramientas alli desarrolladas seran insumo para la formulacion del siguiente plan de accion MAITE.
Vigencia y derogarorias.
La presente resoluciuon rige a partir de la fecha de su publicacion modifica la politica de atencion integral en salud adopta el modelo de accion integral territorial MAITE los compila en un solo acto administrativo y deroga las resoluciones 429 de 2016 y 489 de 2019.