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Evolución Político Administrativa del Estado Mexicano
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Fuente bibliográfica:
Pardo, María del Carmen. (1992). “La experiencia reformista mexicana”, en Teoría y Práctica de la Administración Pública. Lecturas básicas. México, INAP, pp. 79-104, obtenido de: https://docplayer.es/15075916-De-la-teoria-y-practica-administracion-publica-en-mexico-maria-del-carmen-pardo-lecturas-basicas-coordinadora.html
En México, la agenda de los gobiernos fue incorporando el tema de reforma del aparato estatal en los años setenta cuando la ampliación de atribuciones dio funciones nuevas y más amplias tanto al aparato existente como a las que fue necesario crear.
Tales cambios estuvieron rodeados de tensiones y obstáculos entre el ámbito político y el administrativo, sin embargo, las reformas al aparato estatal se volvieron necesarias en la medida que las tareas del gobierno se ampliaron, al igual que su infraestructura.
A partir de dos perspectivas es que se dio estas reformas: una visión integral que realizaba una revisión de la organización, procedimientos y los intercambios internos y externos; la otra era una visión parcial se modificaba la estructura o los sistemas operativos.
De manera formal, la reforma administrativa del gobierno de México se puede clasificar de la siguiente manera:
a) reformas estructurales, que se dan en los aparatos administrativos públicos;
b) reformas en los sistemas de apoyo para racionalizar los insumos de la administración;
c) reformas a los procesos y
d) reformas con criterio economicista, buscan reducir el gasto público.
Un problema fue que se consideró que la reforma se cumplía con tan solo publicar el decreto o ley donde se contemplaba y enunciaba su forma y contenido, pero eso no garantizaba un cambio real y duradero.
Muchos cambios y reformas administrativas tuvieron un impulso sólo en el papel, montando estructuras sin mucha base teórica o simplemente copiando modelos de realidades diferentes de otros países.
Otro problema fueron las tensiones generadas, por una parte, entre las estructuras de organización y los procesos, así como los objetivos y planes de desarrollo en los distintos niveles de la organización burocrática.
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Las necesidades locales y nacionales no resultaron compatibles mediante las reformas generales debido a que las circunstancias específicas no se cumplían con las directrices planeadas desde el centro del país.
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El crecimiento del sector paraestatal supuso la necesidad de contar con una Secretaría del Patrimonio Nacional, pero en sus funciones se encontraron traslapes con antiguas áreas y con otras encargadas de la elaboración del presupuesto, siendo necesario adoptar medidas complementarias que hicieran posible cumplir con los objetivos específicos.
El 23 de diciembre de 1958 entró en vigor la Ley de Secretarías y departamentos de Estado, uno de los cambios en la administración pública fue la creación de la Secretaría de la Presidencia a la estructura administrativa pública, asignándole la tarea de preparar el plan de desarrollo económico y social, lo que generó tensiones y conflictos con las dependencias que tenían la experiencia para hacer el trabajo, lo que al final debilitó la presencia de la nueva dependencia y se terminó reasignando las tareas de planeación en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Banco de México y Nacional Financiera.
Para dar respuesta a situaciones de traslape o falta de coordinación, en 1962 se creó la Comisión Intersecretarial a partir de la base jurídica de acuerdos emitidos en los tres años anteriores. Dicha Comisión pretendió impulsar la reforma de la estructura administrativa y servir de puente para detectar obstáculos y facilitar las inversiones del Estado, lo que significó un acierto para agilizar la funcionalidad del aparato gubernamental.
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En 1964, con el naciente sexenio de Gustavo Díaz Ordaz se adecuó una vez más el aparato institucional para responder a los objetivos de crecimiento y desarrollo económico y social. En 1965 se creó la Comisión de Administración Pública (CAP) dentro de la Secretaría de la Presidencia, siendo necesario establecer un acuerdo para que las demás dependencias estuvieran obligadas a enviar sus objetivos, medios y recursos para alcanzarlos, lo anterior ocurre en el marco del cumplimiento de lo que se conoció como Programa de Acción del Sector Público 1966-1970. Esta Comisión resultó un ejercicio evaluativo del funcionamiento del aparato administrativo, entre lo que se identificó estaba que la normatividad de las dependencias no se encontraba actualizada y por ello ocurrían duplicidades y entorpecimientos jurídicos y prácticos.
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El sexenio de Miguel de la Madrid se concentró en revisar la estructura administrativa pero ya sin el impulso reformador del gobierno anterior, lo que implicó la pérdida de poder de las instancias destinadas a ese esfuerzo reformador, en su lugar se presentó un esfuerzo por modernizar la estructura y el funcionamiento del aparato administrativo. Se adoptaron medidas para descentralizar y fortalecer los gobiernos locales. El proyector modernizador buscó corregir errores y desviaciones, pero con perspectiva parcial y reconociendo que existía una falta de compromiso para un auténtico cambio.
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En 1983 se publicó una Ley de Planeación destinada a homologar los procedimientos de las instancias gubernamentales en esta materia. En ese mismo año se presentó el Plan Nacional de Desarrollo con las metas de ese sexenio. La tarea de recuperar legitimidad ante una profunda crisis económica y gubernamental impulsó la creación de la Secretaría de la Contraloría, con un carácter globalizador, es decir, con atribuciones normativas que debían cumplir las demás instancias de gobierno.
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Por último, en ese mismo año, dos acuerdos presidenciales establecieron un carácter globalizador, normativo y de control a las Secretarías de Presidencia, Hacienda y Contraloría; mientras que el segundo obligó al sector paraestatal a adecuarse al Programa Inmediato de reordenación Económica y al Plan Nacional de Desarrollo.
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Para 1966 se expidió la nueva Ley para el Control de Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal, renovando su antecedente jurídico que era de 1947. Con esta ley se ordenaba a las dependencias que debían someterse a control de la SHCP en lo relativo a las normas de ejercicio presupuestario.
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Para cumplir con el Programa de Acción del Sector Público 1966-1970 se planteó la necesidad de una reforma administrativa en el plano general y también en el ámbito interno de cada entidad para elevar su eficiencia y productividad.
En 1970, en el Sexenio de Luis Echeverría, la reforma a la administración volvió a ser parte del plan de gobierno, aún más porque el Estado participaba en casi la totalidad de los sectores económicos, por lo que era necesario adecuar el aparato administrativo. La Comisión de Administración Pública fue sustituida en 1971 por la Dirección de Estudios Administrativos en la misma Secretaría de la Presidencia, responsable de la reforma administrativa, para su auxilio se crearon Comisiones Internas de Administración. Además, la Dirección de Estudios Administrativos preparó el documento Bases para el Programa de Reforma administrativa del Ejecutivo Federal 1971-1976, con 11 subprogramas con reformas previstas a áreas administrativas importantes.
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Un lado menos eficiente en esta administración fue el de crear comisiones, fondos y fideicomisos para hacer frente a la actividad económica destinada a apoyar a grupos desprotegidos de la sociedad. La normatividad para este tipo de apoyos solo fue reformada y provenía de 1966. La Secretaría de la Presidencia elaboró el Programa de Desarrollo Económico y Social 1974 y 1980, destinado a establecer los programas de apoyo popular y sus objetivos, con un enfoque de resolución de las problemáticas sociales que se convertirían en apoyo social al gobierno.
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En 1976, cuando asume la presidencia José López Portillo, se volvió a realizar cambios en la estructura administrativa para una nueva reorganización. La ley prevista para sustentar esta nueva reforma fue la Ley Orgánica de la Administración Pública que preveía convertir la compleja estructura burocrática de la administración pública en un conjunto de responsabilidades claras y precisas. La primera creación y la más polémica fue la Secretaría de Programación y Presupuesto, pensada a partir de considerar el fracaso de la Secretaría de la Presidencia y orientada a establecer funciones de programación, presupuestación, evaluación, control, estadística y contabilidad que antes estaban en las tareas de la SHCP. Lo anterior estuvo acompañado de una nueva Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público publicada el 31 de diciembre de 1976.
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