Función Jurisdiccional
Carolina Herrera Delgadillo
¿Qué es?
Actividad del Estado encaminada a tutelar el ordenamiento jurídico, esto es, dirigida a obtener en los casos concretos la declaración del derecho y la observación de la norma jurídica pre-constituida, mediante la resolución, con base en la misma, de controversias que surjan por conflictos de intereses, tanto entre particulares como entre particulares y el poder público.
Actividad mediante proceso
La declaración del derecho y la observancia de las leyes aplicables a la resolución de las controversias, se obtienen por medio del proceso: conjunto de los actos coordinados con objeto de actuar la voluntad concreta de la ley, en relación con un bien que el actor pretende está garantizado por ella, por medio de los órganos jurisdiccionales.
Presupuestos:
- Jurisdicción:
- Competencia:
Actividad mediante proceso
Fases:
- Conocimiento: conocimiento de los hechos que constituyen la controversia
- Ejecución: llevar a efecto lo resuelto en esa decisión judicial, en la sentencia que ha dictado después de tener los elementos necesarios para formularla.
Tienen por objeto proporcionar al juez los elementos de la certeza que necesita para dictar sentencia.
El juez realiza la función jurisdiccional; define y aplica las normas jurídicas en vista de los casos que son llevados a su conocimiento.
Diferencia entre función administrativa y jurisdiccional
Diferencia
- La actividad administrativa atiende a actos administrativos y la jurisdiccional a actos judiciales.
- Aunque ambos aplican la ley, no es lo mismo la aplicación de una ley a un acto judicial.
- En el acto administrativo se obliga o impone al ciudadano, mientras que el acto judicial tutela algún derecho violentado y exige el cumplimiento a quién tenga la carga de la obligación puede ser el Estado o el ciudadano.
Art. 94 CPEUM
CPEUM
"Se deposita el ejercicio del Poder Judicial de la Federación en una Suprema Corte de Justicia, en un Tribunal Electoral, en Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y en Juzgados de Distrito."
Funcionamiento de los órganos jurisdiccionales
Funcionamiento
La administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, estarán a cargo del Consejo de la Judicatura Federal.
Suprema Corte de Justicia de la Unión
Órganos jurisdiccionales
- Máxima autoridad judicial en el país.
- En quién recae la funcion jurisdiccional a nivel federal.
- Se conforma por 11 ministros. Se compone de 2 Salas de 10 ministros cada uno y el 11vo. es el presidente.
- Su función es ejercida mediante pleno.
- Resuelve acciones de inconstitucionalidad, controversias constituticionales, juicio de amparo (facultad de atracción), emisión de jurisrpudencia.
- Duran 15 años en el cargo los Ministros y no se puede reelegir.
Requisitos para ser Ministro
- Ser ciudadano mexicano por nacimiento.
- Tener mínimo 35 años cumplidos.
- Poseer mínimo de antigüedad 10 años como licenciado en Derecho con su respectiva cédula profesional.
- Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión. Si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza y otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, se inhabilitará para el cargo.
- Haber residido en el país durante 2 años antes al día de la designación.
- No haber sido Secretario de Estado, Fiscal General de la República, senador, diputado federal, ni titular del poder ejecutivo de alguna entidad federativa, durante el año previo al día de su nombramiento.
- Son designados por el Senado y propuestos por el Presidente.
Tribunales Colegiados de Circuito
- Se conforman por 3 Magistrados.
- Cada magistrado tiene su ponencia (equipo de trabajo conformado por, un Secretario de Acuerdos, Secretarios de Estudio y Cuenta, Oficiales Judiciales, Actuarios) es decir que un Colegiado se compone de 3 ponencias y una de éstas tiene cada cierto tiempo la presidencia.
- Los magistrados son designados por en Consejo de la Judicatura Federal.
- Su duración son de 6 años en su cargo y pueden volver a ratificarse.
- Se pueden remover por la SCJN.
- Emiten jurisprudencia.
- Conocen de los Amparos Directos.
Tribunales Unitarios de Circuito
- Se conforman por 1 Magistrado cada Tribunal.
- El magistrado tiene su ponencia (equipo de trabajo conformado por, un Secretario de Acuerdos, Secretarios de Estudio y Cuenta, Oficiales Judiciales, Actuarios).
- Los magistrados son designados por en Consejo de la Judicatura Federal.
- Su duración son de 6 años en su cargo y pueden volver a ratificarse.
- Se pueden remover por la SCJN.
- Es la segunda instancia federal, es decir conoce de las apelaciones suscitadas por procedimientos federales.
- Conocen de los Amparos Indirectos cuando surga algún inconveniente como conflicto de competencias entre los Juzgados de Distrito.
Juzgados de Distrito
- Se conforman por 1 Juez cada Juzgado.
- El magistrado tiene su ponencia (equipo de trabajo conformado por, un Secretario de Acuerdos, Secretarios de Estudio y Cuenta, Oficiales Judiciales, Actuarios).
- Los jueces son designados por en Consejo de la Judicatura Federal.
- Su duración son de 6 años en su cargo y pueden volver a ratificarse.
- Se pueden remover por la SCJN.
- Conocen de procedimientos federales.
- Conocen de los Amparos Indirectos.
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
- Máxima autoridad jurisdiccional en la materia y órgano especializado del Poder Judicial de la Federación, en materia ELECTORAL.
- Se conforma por una Sala superior y 5 regionales.
- La Sala Superior (con sede en CDMX) se conforma por 7 magistrados.
- Las Salas Regionales (con sede en Guadalajara, Monterrey, Xalapa, CDMX y Toluca) se conforman por 3 magistrados cada una.
- Cada magistrado tiene su ponencia (equipo de trabajo conformado por, un Secretario General de Acuerdos, Secretarios de Estudio y Cuenta, Auxiliares, Actuarios).
- Emisión de jurisprudencia en materia electoral.
- Los magistrados deberán satisfacer los requisitos que establezca la ley, que no podrán ser menores a los que se exigen para ser Ministro y durarán en su encargo 9 años improrrogables.
Facultades
- Las impugnaciones en las elecciones federales de diputados y senadores.
- Las impugnaciones que se presenten sobre la elección de Presidente.
- Las impugnaciones de actos y resoluciones de la autoridad electoral federal.
- Las impugnaciones de actos o resoluciones definitivos y firmes de las autoridades competentes de las entidades federativas para organizar y calificar los comicios o resolver las controversias.
- Las impugnaciones de actos y resoluciones que violen los derechos político electorales de los ciudadanos de votar, ser votado.
- Los conflictos o diferencias laborales entre el Tribunal y sus servidores.
- Los conflictos o diferencias laborales entre el INE y sus servidores.
- La determinación e imposición de sanciones por parte del INE a partidos o agrupaciones políticas o personas físicas o morales, nacionales o extranjeras.
- Los asuntos que el INE someta a su conocimiento.