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Contribuir al mantenimiento de las condiciones necesarias para la preservación de la convivencia y seguridad ciudadana, en una jurisdicción determinada mediante el conocimiento,
prevención, disuasión y atención de fenómenos delictivos, contravencionales u otros confl ictos
ciudadanos
El patrullaje es una forma o manera de prestar el servicio de vigilancia, utilizada para neutralizar
la comisión de delitos y contravenciones e incrementar la percepción de seguridad.
El servicio de vigilancia es de carácter permanente y organizado de acuerdo
con las necesidades y características de la población y el sector. Es realizado por el
personal en turnos de vigilancia cuya duración no debe exceder ocho horas continuas.
En el caso del patrullaje en aeronaves este dependerá del tipo de aeronave en que se
realice.
Durante la realización del patrullaje, el personal uniformado
deberá mantenerse en estado de alerta, acompañado de una actitud amable, positiva
y de servicio hacia la comunidad.
Se realiza a través de la conformación de patrullas; entendiéndose por ello: grupo de
dos o más uniformados en desarrollo de las funciones propias del servicio, con objetivos
y planes defi nidos.
Se realiza en un horario y sector defi nido.
. Puede ser preventivo, disuasivo o reactivo.
. Se ejecuta haciendo uso de los recursos que el Estado asigna a la Institución para tal fi n.
. El patrullaje se considera una actividad del servicio de policía y por esta razón debe
quedar registrada en los libros de minuta de vigilancia y órdenes de servicio, indicando
la actividad, personal y medios logísticos con los cuales se desarrollará.
1)Preventivo.
2)Disuasivo
3)Reactivo
DE ACUERDO CON LA FORMA DE DESPLAZAMIENTO
1)Patrullaje a pie
2)Patrullaje a caballo
3)Patrullaje en vehículo
El personal uniformado en servicio, en el desempeño de sus funciones y para preservar el orden
público empleará sólo medios autorizados por ley o reglamento y escogerá siempre entre los
efi caces, aquellos que causen menor daño a la integridad de las personas y de sus bienes. Tales
medios no podrán utilizarse más allá del tiempo indispensable para el mantenimiento del orden
o su restablecimiento
El personal uniformado en servicio puede emplear el arma de fuego entregada en dotación,
cuando esté previsto que la fuerza y otros mecanismos no son disuasivos. El armamento debe
ser utilizado para ocasionar el mínimo daño posible a la integridad de las personas y bienes.
Cuando el empleo de las armas de fuego sea inevitable
1)Establecer normas de carácter general para regular la prestación del servicio de policía en
concordancia con la Constitución Política de Colombia y el marco legal vigente.
2)Fijar criterios y documentar la prestación eficiente del servicio de policía, con base en el
marco doctrinario a nivel estratégico, táctico y operacional.
3) Establecer una guía de consulta orientada al fortalecimiento de la capacidad preventiva,
disuasiva y de control para la optimización del servicio a través de la coherencia entre los
niveles institucionales y la corresponsabilidad social.
Servir a la comunidad, promover la prosperidad general
y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida
económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia
nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia
de un orden justo
Se define como: “...Un cuerpo armado de naturaleza civil, a cargo de
la Nación, cuyo fin primordial es el mantenimiento de las condiciones necesarias para
el ejercicio de los derechos y libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de
Colombia convivan en paz”. (Art. 218 Constitución Política)
Dignidad humana
Garantías constitucionales y legales
Legalidad
Responsabilidad
La Policía Nacional para el cumplimiento de su actividad solamente empleará los medios autorizados por la ley y los reglamentos a fin de resolver los motivos de policía que se presenten.
Estos son reglamentos, permisos, órdenes, actividad de policía, conducción, inspección y
registro del domicilio, registro de personas y medios de transporte y asistencia militar
Son aquellas que imponen las autoridades de Policía, encaminadas a educar, prevenir, disuadir
y corregir las conductas que atentan contra la convivencia pacífica y la vigencia de un orden
justo y social.
Es el ejercicio de las competencias por parte de las autoridades administrativas en el orden
nacional, departamental, distrital y municipal para asegurar el cumplimiento de los fines del
poder de Policía, quienes la ejercerán dentro del marco constitucional, legal y reglamentario.
Es el respeto reciproco entre las personas, fundamentado en la prevalencia de los intereses
colectivos, para lograr el libre ejercicio de las libertades y derechos y el cumplimiento de los
deberes consagrados en la constitución política, la ley y los tratados internacionales ratificados por el estado colombiano, con el fin de garantizar a la nación colombiana la seguridad, tranquilidad, moralidad y ecología pública. A la Policía no le corresponde remover las
causas de la perturbación.
Este servicio propende a la armonía social, la convivencia ciudadana, el respeto recíproco
entre las personas y de estas hacia el Estado, da a la actividad policial como un carácter
eminentemente comunitario, preventivo, educativo, ecológico, solidario y de apoyo judicial.
Así mismo, se constituye en la base sobre la que se asientan el resto de los servicios del
Estado, en la medida en que estos necesitan un entorno de respeto a la ley y el orden para
funcionar adecuadamente.
1)Mantener las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades
públicas.
2)Mantener la convivencia pacífica.
3)Preservación y restablecimiento del orden público cuando es turbado.
4)Prestar el auxilio que requiere la ejecución de las leyes y las providencias judiciales y administrativas.
5)Ejercer, de manera permanente, las funciones de investigación criminal, respecto de los
delitos y contravenciones.
6)Facilitar la resolución de conflictos mediante el diálogo, la mediación y la conciliación.
.Público
.Obligatorio
.Monopolizado
.Primario.
.Directo
.Permanente
.Inmediato
.Indeclinable
Es el servicio básico y esencial que presta la Policía Nacional en forma permanente e ininterrumpida en las zonas urbanas y rurales, con el propósito de mantener las condiciones de
convivencia y seguridad ciudadana
Es el servicio que presta la Policía Nacional en forma ininterrumpida en las áreas determinadas como perímetro urbano de las ciudades, cabeceras municipales y centros poblados,
a través del desarrollo de acciones preventivas, disuasivas y de control e investigación de
delitos y contravenciones, con el propósito de dar respuesta a los problemas de seguridad
urbanos, asumiendo la prevención y el control integral de todas las formas de incivilidad,
violencia, delincuencia e inseguridad, para garantizar la protección de los ciudadanos, el
ejercicio de sus derechos y libertades, así como la solidaridad e integridad social.
Es el servicio que presta la Policía Nacional en forma ininterrumpida en las áreas rurales, con
el fin de garantizar las condiciones favorables para la convivencia y seguridad ciudadana en
todo el campo colombiano, contemplando zonas productivas, agrícolas, ganaderas, fronterizas, resguardos indígenas, parques nacionales y reservas naturales.
.Seguridad ciudadana
.Investigación criminal
. Inteligencia policial
.Administrativa y logística
.Docencia
.Justicia
Carabineros
2. Guías caninos
3. Ambiental y Ecológica
4. Tránsito y Transporte
5. Antiexplosivos
6. Turismo
7. Infancia y Adolescencia
8. Policía Fiscal y Aduanera
9. Antinarcóticos
10. Antisecuestro y Antiextorsión
11. Aeroportuaria
12. Protección a Personas e Instalacione