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Transcript

NIF C-5 Pagos Anticipados

Viviana Paola Izqierdo Salvador

INTRODUCCION

ALCANCE

OBJETIVO

El objetivo de esta Norma de Información Financiera (NIF) es establecer las normas de valuación, presentación y revelación relativas al rubro de pagos anticipados en el estado de posición financiera de las entidades.

INTRODUCCION

La principal razón para emitir la NIF C-5, Pagos anticipados (NIF C-5), es la incorporación en ésta de los nuevos conceptos y terminología establecida en el Marco Conceptual de las NIF y de las modificaciones a otras NIF particulares que le afectan.

Los cambios importantes que incluye la NIF C-5 en relación con pronunciamientos anteriores son:

a. esta NIF excluye de su alcance a los pagos anticipados que se tratan en otras NIF; por ejemplo, por impuestos a la utilidad, por activo neto proyectado derivado de un plan de pensiones y por intereses pagados por anticipado;

b. establece como una característica básica de los pagos anticipados el que éstos no le transfieren aún a la entidad los beneficios y riesgos inherentes a los bienes que está por adquirir o a los servicios que está por recibir.

Esta NIF no establece el tratamiento contable, por existir normas específicas para ello, de:

a. los anticipos de impuestos a la utilidad, ya que este tema se encuentra normado en la NIF D-4, Impuestos a la utilidad;

b. el activo neto proyectado derivado de los planes de beneficios a los empleados cuyo tratamiento se encuentra en la NIF D-3, Beneficios a los empleados; y

c. los intereses pagados por anticipado, ya que su reconocimiento contable se establece en las normas relativas a arrendamientos, pasivos e instrumentos financieros.

DEFINICION DE TERMINOS

Una característica básica de los pagos que componen el rubro de pagos anticipados es la expectativa de la entidad de recibir en el futuro bienes, servicios u otros beneficios; por lo tanto, se entiende que al hacer el pago, no se le transfieren a la entidad los beneficios y riesgos inherentes a las partidas que está por adquirir o recibir.

NORMAS DE VALUACIÓN

01

01

Reconocimiento - norma general

Los pagos anticipados deben reconocerse como un activo por el monto pagado, siempre que sea probable que los beneficios económicos futuros que estén asociados con tales pagos fluyan hacia la entidad.

02

02

Reconocimiento inicial

Los pagos anticipados deben valuarse al monto de efectivo o equivalentes pagados y reconocerse como activo a partir de la fecha en que se hace el pago.

03

03

Pagos anticipados por bienes

Al momento de recibir los bienes, la entidad debe reconocer el importe relativo a los pagos anticipados efectuados para su adquisición: como gasto en resultados del periodo, cuando la entidad no tenga certeza de que el bien adquirido le generará beneficios económicos futuros

04

04

Pagos anticipados por servicios

Al momento de recibir los servicios, la entidad debe reconocer como un gasto en resultados el importe relativo a los pagos anticipados efectuados para reconocer dicho servicio. Por ejemplo: en el caso de los seguros.

05

05

Pérdida por deterioro

Cuando los pagos anticipados pierdan su capacidad para generar beneficios económicos futuros, el importe que se considere no recuperable debe tratarse como una pérdida por deterioro y reconocerse en los resultados del periodo en que esto suceda.

Como norma general, los pagos anticipados deben presentarse como el último rubro del activo circulante cuando el periodo en el cual se espere obtener sus beneficios económicos futuros es igual o menor a un año o al ciclo normal de operaciones de la entidad. Como norma general, los pagos anticipados deben presentarse como el último rubro del activo circulante cuando el periodo en el cual se espere obtener sus beneficios económicos futuros es igual o menor a un año o al ciclo normal de operaciones de la entidad.

NORMAS DE PRESENTACIÓN

Particularmente, los pagos anticipados por bienes deben presentarse dentro del rubro de pagos anticipados, en el corto o en el largo plazo en atención a la clasificación de la partida de destino. Por ejemplo, los anticipos para compras futuras de propiedades, planta y equipo deben presentarse como parte del activo no circulante.

NORMAS DE PRESENTACIÓN

a. su desglose;

NORMAS DE REVELACIÓN

b. las políticas que utiliza para su reconocimiento contable; y

NORMAS DE REVELACIÓN

Atendiendo a su importancia relativa, la entidad debe revelar en notas a los estados financieros la siguiente información sobre pagos anticipados:

c. las pérdidas por deterioro y las reversiones de pérdidas por deterioro

VIGENCIA

Las disposiciones contenidas en esta NIF entran en vigor para ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero de 2011.

TRANSITORIO

TRANSITORIOS

Cualquier cambio contable derivado de la aplicación inicial de esta NIF debe reconocerse con base en el método retrospectivo establecido en la NIF B-1, Cambios contables y correcciones de errores.

Lo anterior implica que en los estados financieros de años anteriores que se presenten para fines comparativos con los del periodo actual deben reclasificarse al rubro de pagos anticipados, aquellos anticipos a proveedores de inventarios, de propiedades, planta y equipo y de activos intangibles, principalmente, y que antes se presentaban dentro de la partida de destino.

CONCLUSIÓN

Como norma general, los pagos anticipados deben presentarse como el último rubro del activo circulante cuando el periodo en el cual se espere obtener sus beneficios económicos futuros es igual o menor a un año o al ciclo normal de operaciones de la entidad.

Particularmente, los pagos anticipados por bienes deben presentarse dentro del rubro de pagos anticipados, en el corto o en el largo plazo en atención a la clasificación de la partida de destino.

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