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La palabra "interpretación" derivada del latín interpretari significa estar presente o servir de mediador entre dos.
Puede ser objeto de interpretación una ley, un contrato, una sentencia, un testamento, una lengua, etc.
Entiende por interpretar la ley: "determinacion de su significado, alcance, sentido o valor en general a situaciones juridicas concretas que dicha ley debe aplicarse".
"Intrepretación de la ley consiste en fijar verdadero sentido y alcance, incluye el conjunto de actividades indispensable para aplicar el derecho".
"Interpretar es la investigación dirigida a adquirir el sentido y alcance de la norma jurídica".
1. Abstracto: interpretqacion propiamente tal y radica en fijar el sentido de la ley.
2. Concreto: es la aplicación, que consiste en adaptar la ley al hecho concreto.
"Hermenéutica legal"
Es el arte de interpretar los textos legales y constituye aquel conjunto, formas y métodos para realizar la interpretación
1. Sistema de interpretación reglado:
El legislador señala cuáles son las pautas al juez para resolver, establece criteriors de interpretación.
1. Sistema de interpretación no reglado:
las pautas no se encuentran establecidas por el legislador. Sistema dejado al arbitrio del juez y podrian producirse mas facilmente arbietrariedades.
"La norma especial prevalece sobre la otra"
Este principio se necuentra en el Art. 4 del Código Civil, y también en en artículo 13 del mismo.
Segín el artículo 23, esto no se toma en cuenta para ampliar o restringir su interpretación. La extensión que deba darse a toda ley, se determinará por su genuino sentido y según las reglas de interpretación precedentes.
Se puede utilizar tanto para interpretar la norma jurídica como para integrarla.
"Consiste en extender la aplicación de ley a un caso no previsto por ella,
cuando existen poderosas razones para aplicarla".
2. "A quien se le está prohibido lo menos, con mayor razón se le prohíbe
lo más."
Argumento a mafore ad maills.
1. " Quien puede lo más, puede lo menos.
Argumento
a majare ad minus.
"Donde la ley no distingue, no le cabe al intérprete distinguir."
"Ninguna interpretación debe llevar a soluciones absurdas."
"Consiste en invocar la opinión de tradatistas."
Incluida una cosa se entienden excluidas las demás.
Es el vacío o insuficiencia dentro de la legislación, es decir, en una de las fuentes formales del Derecho.
Ante este problema, el juez recurre a la integración del Derecho.
Son inexistentes. No hay posibilidad de vacíos en el Ordenamiento Jurídico, ya que éste, el Derecho, debe tener siempre la
solución y satisfacer todas las necesidades jurídicas.
Supone una similitud en las situaciones, en circunstancias y fin jurídico. Por ello, los hechos que tienen igual valor jurídico implican las mismas consecuencias jurídicas.
Empleamos la analogía como elemento de interpretación cuando el alcance jurídico de una norma.
1) Analogía jurídica como elemento de integración.
2) Principios generales del Derecho.
3) Equidad natural.
La analogía se emplea de esta forma cuando se traspone una situacion juridica a una hipótesis semejante que no se encuentra cubierta por la ley.
De ahí, la analogía puede servir como base de razón a la equidad en que se funde la sentencia.
Consiste en aplicar la ley prevista para una hipótesis, a otra situación no prevista, pero semejante a la anterior.
En Chile, no está escrito el uso de la analogía, sin embargo, la jurisprudencia lo acepta.
1) Dos casos semejantes.
2) Un caso se encuentra previsto por la legislación y el otro no, y
3) Que exista la misma razón de justicia en ambos. Motivo plausible para
aplicar esta legislación al caso no previsto, pero semejante al caso anterior.