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20 de Noviembre de 1940.
29 de Mayo de 1942.
Washington D.C., Estados Unidos.
1. Definiciones de: Parques y reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de regiones vírgenes y aves migratorias.
2. Competencia de creación de los parques y reservas nacionales, monumentos naturales y reservas de regiones vírgenes.
3. Prohibición la caza, la matanza y la captura de especímenes de la fauna y recolección de ejemplares de la flora en los parques nacionales.
4. Mantener las reservas de regiones vírgenes inviolables.
5. Adopción de leyes para la protección de la flora, fauna y paisajes.
6. Cooperación internacional para la protección de flora y fauna.
7. Creación de leyes para protección de aves migratorias.
8. Cátalogo de especies de suma protección.
9. Creación de leyes para la importación y exportación de ejemplares.
10. Unión Panamericana brindará la información necesaria.
11. Vigencia, opción para adherirse, ratificación de los países.
12. Denuncia por parte de los países contratantes.
29 de Diciembre de 1972.
16 de Julio de 1975
1. Compromiso de control de la contaminación del mar por representar un peligro al ser humano y a las especies que lo habitan.
2. Adaptar medidas en base al desarrollo de cada país.
3. Definición de conceptos: vertimiento, buques y aeronaves, mar, desechos u otras materias, permiso especial, y permiso general.
4-6. Disposiciones para permitir el vertimiento de sustancias al mar.
7. Aplicación de medidas necesarias para aeronaves y buques a fin de no perjudicar al medio ambiente.
8-9. Cooperación entre los Estados que gocen de una extensión compartida de mar.
10. Cada país deberá de establecer las medidas de responsabilidad por contaminación al mar.
11. Procedimientos para solución de controversias.
12. Protección al medio marino por contaminación de sustancias.
13. No contravención con la Convención del Mar.
14-15. Disposiciones generales de depositario, y formalidades del Convenio.
16-18. Abierto a firma y adhesión.
19. Vigencia al 30vo. dia de su firma.
20-22 Disposiciones de depositarios.
09 de Mayo de 1992
07 de Mayo de 1993
Nueva York, Estados Unidos.
Estados Miembros que formen parte de la Organización de las Naciones Unidas.
Total: 194
1. Definiciones de: efectos adversos del cambio climático, cambio climático, sistema climático, emisiones, gases de efecto invernadero, organización regional de integración económica, depósito, sumidero y fuente.
2. Objetivo: la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera.
3. Principios: combatir al cambio climático, necesidades específicas de cada país, desarrollo sostenible y cooperación internacional.
4. Compromisos y e instrumentos para cumplir el objetivo.
5. Investigación y observación sistemática.
6. Educación y formación ambiental.
7-10 Creación de órganos administrativos para la aplicación de la Convención.
11. Mecanismo de financiación.
12. Transmisión de información.
13 y 14. Solución de controversias.
15 y 16. Enmiendas y aplicación de éstas.
17-20. Protocolos sobre firma y ratificacion.
21-23 y 26. Disposiciones finales.
24. No pueden hacer reservas los países.
25. Cualquier país puede denunciar.
05 de Octubre de 2001
19 de Noviembre de 2008
Londres, Inglaterra.
Países miembros de la Oganización Marítima Internacional.
Es decir: 174 países.
1. Obligaciones generales: Los países se comprometen a acatar el convenio así como crear acuerdos libremente que no contravengan dicha convención.
2. Definiciones generales.
3. Aplicación para cada tipo de buque.
4. Medidas de control de los sistemas antiincrustantes.
5. Implementar protocolos para la recolección de los sistemas antiincrustantes.
6. Medidas y normas para proponer enmiendas a la convención.
7. Creación de órganos técnicos para tratar la aplicación y ejecucion de la Convención.
8.Los Estados deben de fomentar la investigación sobre los sistemas antiincrustantes.
9. Intercambio de informacion sobre la protección a la contaminación del medio marino por los sistemas antiincrustantes.
10-13. Operación de buques de manera correcta así como los procesos de inspección y en su caso las medidas que se tomarán como sanciones.
14. Solución de Controversias.
15. No contravenir las disposiciones del derecho del mar.
16. Enmiendas protocolos para establecerlas.
17-Firma, ratificación, ahesión y aprobación.
18. Entrada en vigor .
19-20. Denuncias y depositarios.