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Ley 20.845 y Decreto 170
Maria Fernanda Garrrido Araya
Daniela Mella Rubina
Sistema de Salud y Educación
Nicole Silva Pinto
Debe contar con principios de transparencia, educación inclusiva, accesibilidad universal, equidad y no discriminación arbitraria.
El sostenedor gestionará las subvenciones y aportes de todo tipo para el desarrollo de su proyecto educativo.
Para un establecimiento educacional que por primera vez solicite el beneficio de la subvención, el Ministerio de Educación aprobará dicha solicitud.
Se denominarán "alumnos preferentes" a quienes no tengan calidad de alumno prioritario y cuyas familias pertenezcan al 80 % más vulnerable del total nacional.
La obtención y pérdida de ésta será informada anualmente por el MINEDUC.
Se eximirá a alumnos prioritarios de todo tipo de cobros que condicione su postulación, ingreso o permanencia en dicho establecimiento.
Fija las normas para identificar a alumnos con NEES que serán beneficiados con la subvención de educación especial.
Alumnos que necesitan de recursos y ayudas adicionales, ya sean humanos, materiales o pedagógicos; para conducir su proceso de desarrollo y aprendizaje.
Persona idónea que este inscrito en el Registro Nacional de Profesionales de la Educación Especial para la Evaluar y Diagnostico.
Podrá diagnosticar una discapacidad permanente o transitoria.
Si realiza un diagnostico fratulento será eliminado para poder evaluar y diagnosticar.
Profesionales
Apoyo que requieren los alumnos en algún momento de su vida escolar.
-Trastorno del lenguaje (TL).
-Dificultad específica del aprendizaje.
-Trastorno de déficit atencional con o sin hiperactividad (TDA) o trastorno hipercinético.
-Rendimiento en pruebas de coeficiente intelectual (CI) en el rango límite, con limitaciones significativas en la conducta adaptativa.
Barreras para aprender y participar que determinados estudiantes experimentan durante toda su escolaridad.
-Trastorno del espectro autista (TEA).
-Discapacidad auditiva.
-Discapacidad visual.
-Discapacidad intelectual severa.
-Multidéficit.
-Disfasia severa.