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Art. 88.- Defensa comercial. - El Estado impulsará la transparencia y eficiencia en los mercados internacionales y fomentará la igualdad de condiciones y oportunidades, para lo cual, de conformidad con lo establecido en esta normativa, así como en los instrumentos internacionales respectivos, adoptará medidas comerciales apropiadas. (COPCI, 2010)
• Contingentes o cuotas.
“Límites establecidos por un gobierno de las cantidades máximas a importar de un determinado producto, bien en valor o en cantidad. Este máximo suele repartirse proporcionalmente entre las empresas.” (Paqui Peiratas, 2016)
El art. 2 del acuerdo del GATT de 1994, define a las salvaguardias como Medidas “de urgencia” con respecto al aumento de las importaciones de determinados productos cuando esas importaciones hayan causado o amenacen causar un daño grave a la rama de producción nacional
Es un mecanismo con el fin de ofrecer protección temporal a un sector determinado de la producción nacional, por ejemplo: los textiles, la agricultura, etc.
Especificas
Generales
Una medida de salvaguardia global impuesta bajo el artículo XIX del GATT 1994 y del Acuerdo sobre Salvaguardias de la OMC, que deben ejecutarse n los países miembros.
Agropecuarias (CAN)
Es una medida aplicada al sector agropecuario que se encuentre afectado su producción. Los Artículos 90 al 92 del Acuerdo que establecen un Régimen para Productos Agropecuarios, complementada con la decisión 389 de la CAN.
Artículo 33.- A petición de parte interesada, al momento de solicitar la investigación y, siempre que concurran circunstancias críticas, en las que cualquier demora entrañaría un perjuicio difícilmente reparable, la Comunidad Andina podrá adoptar una medida de salvaguardia provisional en virtud a una determinación preliminar de la existencia de indicios de que el aumento de las importaciones ha causado o amenaza causar un daño grave.
Artículo 36.- La medida de salvaguardia provisional tendrá carácter arancelario debiendo los importadores constituir una garantía para afianzar su pago. Si finalizada la investigación no se adopta una medida de salvaguardia definitiva, los Países Miembros deberán liberar la garantía de manera inmediata.
Subsidios o subvenciones
Consiste en la contribución financiera de un gobierno o de cualquier organismo público en el territorio de un miembro.
Los subsidios actúan como estímulo de la economía, para el consumo o la producción de un bien o servicio. Con el fin de evitar que posibles aumentos de tarifas lleguen a los consumidores finales de los productos o servicios que ellas proveen, y así proteger la economía regional.
El dumping es una práctica desleal, y prohibida en términos comerciales, como tal, el dumping es un término utilizado en el sector comercial, especialmente en el comercio internacional, que alude a la práctica de colocar en el mercado productos a bajo costo con el objetivo de eliminar la competencia, adquirir divisas extranjeras, y en ocasiones con algún propósito político.
Las disposiciones del GATT han contribuido a formar un código de política comercial, principalmente en la forma de encarar el dumping.
Corresponde al monto en el cual el precio de exportación es inferior al valor normal. Dicho margen se calcula por unidad de medida del producto importado al territorio nacional a precio de "dumping".
Impuesto que se debe pagar por concepto de importación o exportación de bienes. Pueden ser "ad valorem" (al valor), como un porcentaje del valor de los bienes, o "específicos" como una cantidad determinada por unidad de peso o volumen.
• Ad valorem
Expresión latina que significa "sobre el valor". En la terminología aduanera, refiere a un tipo de incidencia tributaria porcentual, prevista en la tarifa aduanera que adopta como base de cálculo o valor aduanero de las mercaderías, el recogido en el Acuerdo de Valoración Aduanera del GATT / OMC.
• Específico
Impuesto por unidad sobre un bien o servicio.
• Mixto
Modalidad del impuesto al comercio exterior que se expresa en una combinación del impuesto Ad-Valorem y del impuesto específico.