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El comercio exterior y la LIVA y LISR

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¿Qué es el IVA?

Ley del Impuesto al Valor Agregado

El Impuesto al Valor Agregado es un impuesto traslativo que grava el consumo de algún producto o servicio . Es el más común ya que por lo general grava los productos domésticos así como los más utilizados a nivel comercial.

Está regulado en la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Fecha de publicación en el DOF: 29 de diciembre de 1978

Número de artículos: 43

Elementos del IVA:

Elementos del IVA

  • Sujetos: (Art. 1 LIVA) Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes:

I.- Enajenen bienes.

II.- Presten servicios independientes.

III.- Otorguen el uso o goce temporal de bienes.

IV.- Importen bienes o servicios.

  • Objeto: son los productos o servicios que se establecen en la ley.
  • Base: realidad económica es decir la cantidad que se va a gravar.
  • Tasa, Cuota o Tarifa: el IVA tiene dos tasas: 16% y 0%.
  • Época de pago: el momento en que se debe pagar el impuesto al valor agregado. Este impuesto se debe pagar de manera mensual a más tardar los días 17, no obstante, también se puede pagar bimestralmente, semestralmente o semestralmente, según corresponda lo dispuesto por la LISR.

Contenido de la Ley

Contenido de la ley

La LIVA contempla diversos capítulos y libros que establecen las regulaciones sobre dicho impuesto. Así pues, la LIVA menciona disposiciones que se relacionan con el Comercio Exterior tales como las siguientes:

  • Importaciones (incluyendo las exentas de IVA)
  • Exportaciones

Regulación de importaciones

Importaciones (Art. 24 LIVA)

  • La introducción al país de bienes:

a) El retorno a México de bienes tangibles exportados definitivamente.

b) La reincorporación al mercado nacional de mercancías que se extraigan del régimen del depósito fiscal o del régimen de recinto fiscalizado estratégico.

  • La adquisición por personas residentes en el país de bienes intangibles (por ejemplo acciones o derechos) vendidos por personas residentes en el extranjero.
  • El uso o goce temporal (por ejemplo el arrendamiento), en territorio nacional, de bienes intangibles proporcionados por personas no residentes en el país.
  • El uso o goce temporal, en territorio nacional, de bienes tangibles (casas, departamentos, etc) cuya entrega se hubiera efectuado en el extranjero.
  • El aprovechamiento en territorio nacional de los servicios a que se refiere el artículo 14, cuando se presten por no residentes en el país. (No se aplica para el transporte internacional)

Importaciones exentas (Art. 25 LIVA)

  • Las que, en los términos de la legislación aduanera, no lleguen a consumarse, sean temporales, tengan el carácter de retorno de bienes exportados temporalmente o sean objeto de tránsito o transbordo.
  • Las de equipajes y menajes de casa a que se refiere la legislación aduanera.
  • Las de bienes cuya venta en el país y las de servicios por cuya prestación en territorio nacional no den lugar al pago del IVA.
  • Las de bienes donados por residentes en el extranjero a la Federación, entidades federativas, municipios o a cualquier otra persona que mediante reglas de carácter general autorice la SHCP..
  • Obras de arte que por su calidad y valor cultural sean reconocidas como tales, siempre que se destinen a exhibición pública en forma permanente.
  • Obras de arte creadas en el extranjero por mexicanos o residentes en territorio nacional, que por su calidad y valor cultural sean reconocidas como tales y la importación sea realizada por su autor.
  • Oro, con un contenido mínimo de dicho material del 80%.
  • La de vehículos, que se realice de conformidad con el artículo 62, fracción I de la Ley Aduanera, siempre que se cumpla con los requisitos que establece la SHCP.
  • Las importaciones definitivas de los bienes por los que se haya pagado el IVA al destinarse a los regímenes aduaneros de importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación; de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos; de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado, y de recinto fiscalizado estratégico, o de mercancías, siempre que la importación definitiva la realicen quienes hayan destinado los bienes a los regímenes mencionado.

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Regulación de exportaciones

Exportaciones (Art. 29 LIVA)

Las empresas residentes en el país calcularán el impuesto aplicando la tasa del 0% al valor de la enajenación de bienes o prestación de servicios, cuando unos u otros se exporten.

Casos aplicables:

1. La que tenga carácter definitiva por la Ley Aduanera.

2. La enajenación de bienes intangibles realizada por persona residente en el país a quien resida en el extranjero.

3. El uso o goce temporal, en el extranjero de bienes intangibles proporcionados por personas residentes en el país.

4. El aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados por residentes en el país, por concepto de: Asistencia técnica, operaciones de maquila, publicidad, comisiones, seguros, reaseguros, filmación, grabación, call center, servicios de tecnología de la información.

5. La transportación internacional de bienes prestada por residentes en el país y los servicios portuarios de carga, descarga, alijo, almacenaje, custodia, estiba y acarreo dentro de los puertos e instalaciones portuarias.

6. La transportación aérea de personas y de bienes, prestada por residentes en el país.

¿Cuál es la relación que existen entre la Ley del ISR y el comercio exterior?

Relación con el Comercio Exterior

En materia de comercio exterior, el IVA de importación es un impuesto indirecto que recae sobre el consumo de productos y se impone en dos principales situaciones: venta de mercancías e importación de bienes.

Las operaciones de comercio internacional efectuadas por residentes mexicanos están sujetas al pago del IVA, excepto por las maquiladoras, la industria terminal automotriz y los recintos fiscalizados estratégicos

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¿Qué es el ISR?

Es aquella contribución consistente en un impuesto, que grava los ingresos de las personas tanto físicas o morales.

Es un impuesto directo lo que significa que es una contribución que pesa sobre los ingresos, caudal o aumento de riqueza de los sujetos pasivos del impuesto.

Está regulado en la LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

Ley del Impuesto Sobre la Renta

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA:

Fecha de publicación en el DOF: 11 de diciembre de 2013

Número de artículos: 205

Elementos del ISR:

Elementos del ISR

  • Sujetos: (Art. 1 LISR) personas físicas o morales que sean

I. Las residentes en México (sean mexicanos o extranjeros), respecto de todos sus ingresos, cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan.

II. Mexicanos residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país, respecto de los ingresos atribuibles a dicho establecimiento permanente.

III. Mexicanos en el extranjero, respecto de los ingresos procedentes de fuentes de riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un establecimiento permanente en el país, o cuando teniéndolo, dichos ingresos no sean atribuibles a éste.

  • Objeto: son las utilidades o ganancias de las personas físicas o morales..
  • Base: todos esos ingresos traducidos en una cantidad monetaria.
  • Tasa, Cuota o Tarifa: para las personas morales existe una tasa fija (30% art. 9 LISR) y para las personas físicas existen tarifas conforme a los ingresos obtenidos (se aplican tarifas progresivas anuales del 1.92 % al 35 %, Art. 111 LISR).
  • Época de pago: el momento en que se debe pagar el impuesto sobre la renta. Este impuesto se debe pagar de manera anual, no obstante, también se deben realizar pagos provisionales.

Contenido de la Ley

Contenido de la ley

La LISR contempla diversos capítulos y libros que establecen las regulaciones sobre dicho impuesto. Así pues, la LISR menciona disposiciones que se relacionan con el Comercio Exterior tales como las siguientes:

  • Operación de Maquila
  • Compras y ventas en el extranjero
  • Compras de importación (deducción)
  • Control de inventarios
  • Facturación de exportación
  • Deducción de cuenta de gastos

Operaciones de Maquila

Operaciones de Maquila (Arts. 181 y 182 LISR)

Se considera operación de maquila la que cumpla con las siguientes condiciones:

  • Que las mercancías suministradas por el residente en el extranjero con motivo de un contrato se sometan a un proceso de transformación o reparación, sean importadas temporalmente y se retornen al extranjero,de maquila.
  • Que la totalidad de sus ingresos por su actividad productiva, provengan exclusivamente de su operación de maquila.
  • Que cuando las empresas incorporen en sus procesos productivos mercancías nacionales o extranjeras, que no sean importadas temporalmente, éstas deberán exportarse o retornarse conjuntamente con las mercancías que hubieren importado temporalmente.
  • Que los procesos de transformación o reparaciónse realicen con maquinaria y equipo propiedad del residente en el extranjero con el que las empresas con Programa tengan celebrado el contrato de maquila,

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Regímenes fiscales

Regímenes fiscales

¿Cuál es la relación que existen entre la Ley del ISR y el comercio exterior?

Relación con el Comercio Exterior

El ISR aparece al momento en el que las empresas dedicadas al comercio exterior, la LISR es particularmente importante cuando se trata de hacer compras y ventas en el extranjero; de llevar un control de inventarios (artículos 41 y 76 LISR) utilizando soluciones tecnológicas como un software de comercio exterior; realizar facturación y deducir cuentas de gastos –activos fijos, gastos y cargos diferidos– (artículo 32 LISR).

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Referencias Consultadas

  • Arnulfo Sánchez Miranda, "Aplicación Práctica del Impuesto Al Valor Agregado", ISEF, México, 2011,
  • Universidad Autónoma de México, Elementos Esenciales del Impuesto sobre la RentaFecha de consulta: 04 de Octubre de 2020, Recuperado de: http://132.248.48.64/repositoriomoodlepluginfile.php/1730mod_resource/content/6contenidoindex.html
  • H. Congreso de la Unión. Vigente. Ley del Impuesto al Valor Agregado.
  • H. Congreso de la Unión Vigente. Ley del Impuesto Sobre la Renta.
  • One Core. LAS 10 PRINCIPALES LEYES Y CÓDIGOS MEXICANOS RELACIONADOS CON EL COMERCIO EXTERIOR. Fecha de Consulta: 19 de Marzo de 2021, Recuperado de: https://blog.onecore.mx/principales-leyes-operaciones-comercio-exterior
  • Club de Comercio Exterior, Aspectos Fiscales en el Comercio Exterior Mexicano, Fecha de Consulta: 19 de Marzo de 2021, Recuperado de: https://www.comerciointernacional.com.mx/cce/mayo.pdf
  • Contador Contado, REGÍMENES FISCALES MÉXICO | ¿Qué régimen escoger? | Impuestos básicos, 2019, Recuperado de: https://www.youtube.com/watch?v=GwPu3yuOomw&t=14s
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