Introducing
Your new presentation assistant.
Refine, enhance, and tailor your content, source relevant images, and edit visuals quicker than ever before.
Trending searches
Mariana Félix Bazán
Derecho Administrativo I
Del griego organon: Parte del cuerpo que desempeña funciones específicas relacionadas con las demás del todo.
Instrumento
Esfera abstracta de competencia.
Conjunto de atribuciones o competencias que serán ejercidas por una persona física llamado funcionario o agente del Estado.
Carecen de:
Los órganos públicos se distinguen por las atribuciones que realizan en:
Punto central: Imputación
Imputación
El titular de un órgano realiza actos formales con ese preciso objeto.
Se imputa a la persona pública: contenido objetivo del acto y la voluntad de quien lo realizó.
Se le imputan a la administración los efectos del acto, es decir, la obligación de indemnizar las consecuencias dañosas
El ordenamiento jurídico crea la competencia del órgano, la cual debe ser expresa.
Competencia: Serie de potestades que ejercen constitucional y legalmente las instituciones y órganos públicos
La competencia autoriza a exteriorizar actos, pero carece de personalidad jurídica
El origen de la competencia:
1. La delegación
2. La atribución que de ella hace la ley
ÓRGANO: Unidad abstracta de carácter permanente, a pesar que titulares cambien.
TITULAR: Persona física, que realiza actividades en nombre e interés del Estado
Ejemplo: Secretaría de Gobernación
Unidad jurídica que comprende:
Titular
Actividad
Competencia
Medios