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- Regula la potestad punitiva del Estado.
- Establece penas y medidas de seguridad para sancionar comportamientos prohibidos.
- Ejerce control social.
Proteger bienes jurídicos, presupuestos o condiciones necesarios para el individuo y su libre desarrollo en sociedad.
- Mínima Intervención.-
Derecho Penal sólo debe intervenir en ataques muy graves a bienes jurídicos más importantes. Su intervención supone afectación de derechos fundamentales (libertad, patrimonio);
- Subsidiariedad.-
Derecho Penal interviene sólo ante insuficiencia o ineficacia de otros medios de control social
- Ultima ratio.-
Derecho Penal es el último recurso del Estado para proteger bienes jurídicos.
- Concepto del sociólogo ULRICH BECK
- Nueva forma de sociedad moderna (post industrial), compleja, transnacional, con economía dinámica, múltiples interconexiones causales y alta intervención de colectivos.
- Surge ante avances en niveles técnico-productivo, social y cultural.
Peligros actuales son diversos a aquéllos de tiempos anteriores. Son artificiales y de grandes dimensiones, originados por actividades del hombre y podrían causar daño a número indeterminado de personas, e incluso a la humanidad.
En la sociedad del riesgo se dan múltiples interconexiones causales y actividades generadoras de riesgo que se entrecruzan entre sí, haciendo difícil su control, plena identificación y/o aclaración, complicando la atribución de responsabilidades.
Se genera inseguridad por dificultades del ciudadano medio para comprender el acelerado avance tecnológico y adaptarse a él; y, por desmesurada cobertura de los nuevos riesgos por parte de medios de comunicación, demandando intervención estatal aun cuando dichos riesgos no sean del todo reales.
Cambios y avances en la sociedad del riesgo también generan nuevos riesgos para ciudadanos, que requieren intervención estatal para minimizarlos y evitar daños a la sociedad y al orden social.
El Estado interviene a través del Derecho Penal, ampliando el espectro de nuevos bienes jurídicos a proteger y definiendo nuevas conductas punibles.
El Estado interviene en la sociedad del riesgo a través del Derecho Penal, que regula el ius puniendi.
El Derecho Penal sanciona conductas que generan daño o peligro a la sociedad del riesgo, generadas ante nuevas actividades del hombre.
Ante nuevos riesgos, el Derecho Penal se moderniza para punibilizar nuevos tipos de criminalidad. Sin dejar de lado sus principios clásicos y garantías constitucionales.
El Derecho Penal protege nuevos bienes jurídicos importantes para la sociedad del riesgo, sobre todo colectivos.