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DERECHO PENAL
Es una rama del Derecho público interno que trata del delito, el delincuente y las penas. A tal fin, prevé las diferentes conductas punibles clasificables como delitos o contravenciones y, los castigos que se impondrán a las personas que protagonizaron los actos u omisiones antisociales descritos en las leyes penales.
CODIGO PENAL
LEY 599 DEL 2000
TITULO I. Art. 101-134. De los delitos contra la vida y la integridad personal. (genocidio, homicidio, lesiones personales,trafico de órganos,aborto)
TITULO II. Art 135-164. Delitos contra personas y bienes protegidos por el DIH. ( homicidio en p.p, tortura en p.p, actos sexuales violentos en p.p, terrorismo, actos de discriminación racial, toma de rehenes)
TITULO III- Art 165-204. De los delitos contra la libertad individual y otras garantias. (desaparición forzada secuestro, tortura, constreñimiento, trafico de niños, irrespeto a cadáveres)
TITULO IV. Art 205- 219. Delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales.( acceso carnal violento, explotación sexual)
TITULO V. Art 220-228. Delitos contra la integridad moral. (injuria, calumnia)
TITULO VI. Art 229-238. Delitos contra la familia. (violencia intrafamiliar, mendicidad y trafico de menores, adopción irregular, asistencia alimentaria,incesto)
TITULO VII. Art 239-269. Contra el patrimonio económico. (hurto,extorsión, estafa, abuso de confianza,usurpacion)
TITULO VIII. Art. 270-272 Delitos contra los derechos de autor. (violación a los derechos morales de autor, violación a los mecanismos de protección)
TITULO IX y siguientes. Art 273- 473. Delitos contra la fe publica. Delitos contra el orden económico y social. Delitos contra el sistema financiero. contra la urbanización ilegal, apoderamiento de hidrocarburos y derivados, contra la salud publica., contra la existencia y seguridad del estado, contra el régimen constitucional y legal.
Luis Alfredo Garavito
Es un pederasta, asesino en serie de niños y agresor sexual conocido como «La Bestia», «El Monje», «Alfredo Salazar», o «El Monstruo de Génova», entre otros apodos; es probablemente el mayor asesino serial y agresor de niños de la humanidad.
Según los informes de la Fiscalía General de la Nación, Garavito asesinó a 172 menores de edad, crímenes cometidos contra menores en 11 departamentos del país, entre 1992 y 1998.
De estos, «138 tienen fallo condenatorio, 32 están en instrucción, 1 en apelación y 1 está para sentencia».
El organismo judicial cree que fueron más víctimas debido a sus propias confesiones ya que a mediados del mes de agosto de 2003 admitió haber asesinado a otras 28 personas: 23 niños y 5 adultos. La suma total sería de 200 víctimas.
Su actividad criminal duró del 4 de octubre de 1992 al 22 de abril de 1999. Cometió delitos en varios departamentos de Colombia: Valle del Cauca, Boyacá, Meta, Quindío, Risaralda, Cundinamarca, Nariño, Huila, Caquetá, Antioquia y Caldas, y en 1998 cometió crímenes en Euador. tenia por profesión ser vendedor ambulante y vivía de eso.
En 2001, fue sentenciado a 1.853 años y 9 días, la condena más alta de la que se tenga registro en Colombia, aunque posteriormente fue conmutada a 40 años por su colaboración y buen comportamiento.
La máxima pena establecida por el código penal colombiano es de 60 años. Garavito de manera astuta, al verse acorralado confesó sus delitos y se aseguró de que quedara consignada en la indagatoria su petición de sentencia anticipada, la cual se tradujo en la primera pena mencionada.
Así los familiares de la víctimas quisieran verlo pagar la sumatoria de los otros 191 asesinatos, que alcanzaría para unos 1.152 años, eso no es posible.
En Colombia la ley no permite acumular penas y a un sindicado sólo se le puede aplicar la máxima sanción establecida en el código penal. Para el mismo crimen. Sin importar la gravedad de los crímenes el delincuente puede conservar los beneficios.
*Cambiaba constantemente su apariencia, nombre y alias.
*Seleccionaba a sus víctimas (que fueran pobres, desvalidas)
*Buscaba niños que merodeaban cerca de zonas arborizadas.
* Luego de 4 o 5 víctimas, migraba a otra región geográfica.
* Conducía su víctima a zonas boscosas, la amarraba de pies y manos, la violaba y luego la degollaba y disfrutaba su muerte mientras consumía aguardiente.
El jueves 22 de abril de 1999, en una zona rural de Villavicencio, Meta, fue capturado cuando salía, al final de la tarde, de un potrero en la periferia de esta municipalidad.Horas antes, Garavito había raptado a un menor al que pretendía abusar sexualmente y luego asesinar.
Un indigente que se encontraba en la zona escuchó los gritos de auxilio del menor, y al ver la escena, atacó a Garavito con piedras obligándolo a huir. El indigente liberó al niño, el cual pudo llegar a una vivienda donde lo auxiliaron y llamaron a la policía nacional.
Después de que el niño contó lo ocurrido, se inició la búsqueda por una brigada con múltiples efectivos policiales en la zona, usando vehículos oficiales, taxis y particulares recorriendo la zona.
Varias horas después, el hombre salió del monte caminando y fue identificado por el niño e interceptado por los policías.
En ese momento fue capturado y conducido al comando de policía donde manifestó llamarse Bonifacio Morera Lizcano. Con ese nombre se inició la investigación penal sobre la presunta tentativa de acceso carnal sobre el menor
Gracias a las pruebas recogidas por la Fiscalía se logro la confesión, se estableció que Garavito Cubillos es responsable no sólo de la muerte de un menor de Tunja en el año 1996 (el niño se tenía once años de edad), sino también del homicidio de tres niños de Génova y de otros 172 crímenes cometidos contra menores en 11 departamentos de Colombia.
1.Testimonio del niño Ivan Sandoval (ultimo niño accedido) y única víctima sobreviviente.
2.Cuerda, cuchillo y tarro de vaselina que portaba en su bolso el día de su captura.(instrumentos básicos para sus crímenes)
3. Pantaloncillos, zapatos y anteojos que dejo en un crimen anterior donde tuvo que huir por un incendio cuando violaba y asesinaba un menor de 11 anos (valle).
Pagina de una libreta donde marcaba una raya por cada víctima
La serie de los billetes que le fueron encontrados habían sido emitidas en las regiones donde efectuó crímenes
Los pasajes de viaje al Ecuador que coincidan con la fecha en que asesinaron niños en el ecuador
El Juez quinto penal del circuito de Tunja lo sentenció a 52 años de cárcel por el delito de homicidio agravado contra el niño Ronald Delgado y acceso carnal violento en el grado de tentativa por el caso, motivo de su captura.
La máxima pena establecida por el código penal colombiano es de 60 años. Garavito de manera astuta, al verse acorralado confesó sus delitos y se aseguró de que quedara consignada en la indagatoria su petición de sentencia anticipada, la cual se tradujo en la primera pena mencionada.
Así los familiares de las demás víctimas quisieran verlo pagar los 60 años completos, o mejor, la sumatoria de los otros 191 asesinatos, que alcanzaría para unos 1.152 años, eso no es posible.
En Colombia la ley no permite acumular penas y a un sindicado sólo se le puede aplicar la máxima sanción establecida en el código penal. Para el mismo crimen. Sin importar la gravedad de los crímenes el delincuente puede conservar los beneficios.
En otras palabras, en Colombia es lo mismo matar 1 ó 192 niños indefensos. Si esto sucede, la ley actual obligaría al juez a concederle la libertad condicional dentro de 25 a 30 años, beneficiándolo con una rebaja de la mitad de la pena o más. Para ser exactos, “la Bestia” podría salir de la cárcel a los 68 ó 70 años de edad.
PRUEBAS TESTIMONIALES
* Testimonio del ultimo niño accedido en audiencia.
Confesion mediante declaración de parte del propio Garavito.
PRUEBAS MATERIALES
* Cuchillo, cuerda,caja de vaselina encontrados en su bolso el día de la captura
PRUEBAS PRECONSTRUIDAS
*Pantaloncillos, zapatos, anteojos que dejo en un crimen anterior en el valle donde tuvo que huir por un incendio.
PRUEBAS PRINCIPALES O DE PRIMER GRADO
*Experticio técnico de medicina legal ( Reconocimiento de identidad de los menores)
*Experticio del laboratorio de genética forense de la fiscalía correspondiente a tapas y botellas de bebidas alcohólicas.
* Allanamiento a los cargos por parte del imputado
*Huellas del imputado en las escenas de los crímenes
Todos los medios de prueba aportados en el caso Garavito tienen plena vinculación con la probanza de los hechos (especialmente el testimonio del menor donde reconoce al violador y la declaración de parte del mismo Garavito donde acepta los hechos)
Artc.232 .Necesidad de la prueba. Toda providencia debe fundarse en pruebas, legales, regulares y oportunamente allegadas a la actuación.
En este caso las pruebas cumplen este requisito por lo cual se valoran positivamente.
Las pruebas son debidamente presentadas por quien tiene la responsabilidad de la carga de la prueba(fiscalía)