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DECLARACIÓN
FORM. 621
Régimen Mype Tributario
RTM
En aras de una reactivación económica y mayor incentivo a la formalidad, se crea un nuevo régimen tributario para las micro y pequeñas empresas.
Decreto Legislativo N° 1269
Publicado en Diciembre/2016
Vigente desde Enero/2017
Micro y Pequeñas empresas
Micro y Pequeñas empresas, cuyo principal objetivo es promover su crecimiento al brindar condiciones más llevaderas para cumplir sus obligaciones.
1. Personas naturales y jurídicas (Establecidas en el art. 14 de la Ley I.R)
2. Asociaciones de hecho profesional
3. Sucesiones Indivisas
(Establecidas en el art. 17 de la Ley I.R)
4. Sociedades conyugales
(Establecidas en el art. 16 de la Ley I.R)
1. Quienes tengan vinculación directa o indirecta en función al capital con otras personas naturales o jurídicas y cuyos ingresos netos anuales en conjunto superen 1 700 UIT (7,310,000.00 soles).
2. Hayan obtenido en el ejercicio gravable anterior superiores a 1700 UIT.
3. Sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento permanente en el país de empresas constituidas en el exterior.
Se encuentran excluidos del RMT
* Ley N° 27037 - Ley de Promoción de la Inversión de la Amazonía
* Ley N° 27360 - Ley que aprueba Normas del Sector Agrario
* Ley N° 29482 - Ley de Promoción de Desarrollo de las Zonas Altoandinas
* Ley N° 27688 - Ley de Zona Franca de Tacna y Zona Comercial de Tacna
NOTA
En caso no corresponda su inclusión al RMT, la SUNAT deberá afectarlos al ´´Régimen General´´
1. Su inclusión no corresponda al nuevo RUS
2. Se determine que no tenga vinculación directa o indirecta en función al capital con otras personas naturales y jurídicas y que no tengan ingresos netos anuales en conjunto que superen 1700 UIT
3. No sean sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento permanente en el país de empresas constituidas en el exterior
4. Sus ingresos no superen el limite de 1700 UIT
a. De iniciar actividades, podrá acogerse con la declaración jurada mensual del mes de inicio de actividades.
b. Si proviene del NRUS, podrá acogerse en cualquier mes del ejercicio gravable.
c. Si proviene del RER, podrá acogerse en cualquier mes del ejercicio gravable.
d. Si proviene del Régimen General, podrá afectarse con la declaración del mes de enero del ejercicio gravable siguiente.
Inclusión
Nuevos inscritos
Ya inscritos
Provienen de los regimenes ya existentes:
NRUS
RER
Regimen General
Inclusión
Con la Declaracion Jurada de cualquier mes.
Con la Declaracion Jurada del mes de enero.
Dentro del vencimiento
Juan emite recibos por honorarios desde 1998, fecha en que se inscribió al RUC , desea acogerse al Régimen MYPE Tributario porque va a iniciar un negocio. Para ello el 17.09.2020 solicita su afectación a rentas de tercera categoría y su ultimo dígito de su RUC termina en 2. ¿Cuál es el procedimiento para que su acogimiento al RMT sea válido?
María se encuentra acogida en el RER y desea realizar su cambio de régimen al RMT en el mes de septiembre del 2020
Consuelo se encuentra acogida al Régimen General desde enero del 2020 quiere saber cuando puede realizar su cambio de régimen al RMT.
1. Acepta cualquier actividad económica.
2. Portación de libros contables en función a ingresos percibidos.
3. Se tributa de acuerdo a las ganancias obtenidas.
4. Se permite todo tipo de comprobante.
“Puede ser utilizado en las normas tributarias para determinar las bases imponibles, deducciones, límites de afectación y demás aspectos de los tributos que considere conveniente el legislador. También podrá ser utilizada para aplicar sanciones, determinar obligaciones contables, inscribirse en el registro de contribuyentes y otras obligaciones formales”
S/ 7 310 000
S/ 1 290 000
a.
b.
c.
a. Formulario Virtual N° 621 - IGV - Renta Mensual
b. Formulario Virtual Simplificado N° 621 IGV - Renta Mensual
c. Declara Fácil
d. PDT. 621.
d.
Programa de Declaración Telemática (PDT)
Está dirigido a los contribuyentes afectos al IGV e Impuesto a la Renta de Tercera Categoría.
Todos los meses las empresas utilizan el PDT 621 para realizar su declaración mensual de impuestos, que incluye registros de ventas y compras, percepciones, retenciones, liquidaciones de compras, entre otros.
Para el Régimen MYPE Tributario tendrá las siguientes tasas:
Se tributa:
Pagos a cuenta, se determina conforme a lo siguiente:
Debe presentar declaración jurada anual de acuerdo con tasas progresivas y acumulativas que se aplican a la renta neta:
Una contribuyente acogida al RMT por todo el ejercicio 2020, ha determinado una renta neta imponible de S/ 70,000. Quiere saber como calcular el impuesto a la renta por dicho ejercicio.
NOTA:
UIT 2020= 4300 soles
La empresa IBC Villar & Asociados en el 2019 obtuvo Utilidad Neta Antes de Impuesto de S/ 85,000.00, se encuentra en el Régimen Mype Tributario y cuenta con 15 trabajadores. La empresa realizó pagos a cuenta por S/ 250.00. Se pide calcular el impuesto a la renta correspondiente y el pago a regularizar.
Este impuesto grava todas las fases del ciclo de producción y distribución, está orientado a ser asumido por el consumidor final, encontrándose normalmente en el precio de compra de los productos que adquiere.
Se aplica una tasa de 16% en las operaciones gravadas con el IGV. A esa tasa se añade el 2% del Impuesto de Promoción Municipal (IPM)
IGV = Valor de Venta X 18%
Valor de Venta + IGV = Precio de Venta
1. Rápida y sencilla.
2. facilita el cumplimiento de tus obligaciones tributarias.
Ingrese a su Clave SOL
Ingrese al Portal de SUNAT www.sunat.gob.pe para ingresar en “Mis Declaraciones y Pagos” con su CLAVE SOL.
"Ubique el Formulario “IGV – Renta Mensual”
Llene los “Datos Generales” de la declaración.
Llene la declaración IGV - Renta
Las declaraciones y pagos se realizan de acuerdo con el cronograma de vencimientos mensuales, según el último dígito del RUC.
El Programa de Declaración Telemática-PDT, es un sistema informático desarrollado por SUNAT con la finalidad de facilitar la elaboración de las declaraciones juradas bajo condiciones de seguridad del registro de la información.
D. Determinativas
D. Informativas
PASO 1 :
Descargar el aplicativo PDT
PASO 2:
LLENAR EL CUADRO
Los libros obligatorios dependerá del límite de ingresos y según el régimen tributario en el que se encuentre (MYPE).
ART.65 de la Ley del Impuesto a la Renta
PLE:
El Programa de Libros Electrónicos (PLE) es un aplicativo desarrollado por la SUNAT que se instala en la computadora del contribuyente y permite generar el Libro Electrónico.
formato simplificado.
Con ingresos netos anuales superiores a 300IUT hasta 500UIT ingresos brutos
Obligados
75 UIT
1
Las empresas del Régimen Mype Tributario no están obligadas a llevar libros electrónicos.
2
Si una empresa del Régimen Mype Tributario realizara una operación de exportación, inicia la obligación de llevar:
El comprobante de pago es un documento que acredita la entrega de un bien luego de prestar un servicio de acuerdo a la Sunat.
Factura
Tickets
Boleta de Venta
NO permite ejercer CRÉDITO FISCAL
Permite ejercer CRÉDITO FISCAL
Acredita costos y gastos para para efecto tributario
NO sustenta costos y gastos
Guias de Remisión
Traslado de bienes
Notas de Débito
Comprobante de pago incrementado su monto
Notas de Crédito
Comprobante de pago disminuyendo su monto
Si te inscribiste en el RUC a partir del 01/01/2018 y te encuentras en el Régimen General, Régimen Especial o MYPE Tributario (RMT), estarás obligado a emitir comprobantes de pago electrónico a partir del tercer mes siguiente a tu inscripción.
Si emites Comprobantes de Pago Electrónicos (CPE) voluntariamente, pasarás a ser obligado a partir del sexto mes siguiente a tu afiliación voluntaria.
GASTOS DEDUCIBLES
Son aquellos que realizamos como empresa y que pueden restarse de los impuestos que se tienen que pagar. En líneas generales, los gastos que entran como deducibles son los que tienen estrecha relación para el desempeño del negocio en cuestión.
Artículo 37° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta
REQUISITOS
GASTOS SUJETOS
ESQUEMA GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTA DE TERCERA CATEGORÍA
Gastos Deducibles
Resultado del ejercicio antes del IR
Devengo del Gasto
Fehaciencia del gasto
Formalidad de gasto
Causalidad del gasto
Se debe sustentar las operaciones con documentación contable, legal que permita demostrar en una fiscalización tributaria que el gasto obedece a una operación fehaciente.
Fehaciencia del gasto
Causalidad del gasto
Los gastos que realicen las empresas deben ser necesarios para que la empresa pueda desarrollar su actividad económica.
Devengo del Gasto
El ingreso se reconoce en el momento que nace el derecho al cobro, aunque no se haya hecho efectivo.
Formalidad de gasto
Se deben cumplir las condiciones detalladas (Art 37 de TUO de la IR)para que los gastos puedan deducirse.
Gastos DEDUCIBLES - Art 37 TUO de IR
Gastos NO DEDUCIBLES - Art 44 TUO de IR
Inciso a1) del artículo 37 del TUO del IR
SUSTENTADOS:
Los gastos sustentados en esta planilla no podrán exceder del 4% de la Remuneración Mínima Vital, que es un tope diario por cada trabajador. (Es decir S/.37.20 diarios por persona)
Régimen Tributario
Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS)
Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER)
El régimen tributario es el conjunto de categorías bajo las cuales una persona natural o jurídica que tiene un negocio, o va a iniciar uno, se registra de manera obligatoria en la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Régimen MYPE Tributario (RMT)
Régimen General (RG)