Introducing
Your new presentation assistant.
Refine, enhance, and tailor your content, source relevant images, and edit visuals quicker than ever before.
Trending searches
Agricultor
a) El agricultor tiene la obligación de hacer el DAT, le corresponde como persona responsable de la explotación y del cultivo.
c) Deberá confeccionar un DAT para cada porte conforme a lo establecido en el Decreto 190/2018 siendo suya la responsabilidad de la veracidad de los datos.
b)El agricultor podrá autorizar en su nombre a quien él designe para la confección del DAT-> Autorizado (asesor técnico o de la cooperativa, familiar…).
d) Puede incluir más de un producto en el mismo porte.
Transportista
a) Persona encargada del transporte de la mercancía. No interviene en el DAT salvo como mero transmisor.
c) Deberá aportarlo en papel en cualquier momento del transporte, a requerimiento de un agente de la autoridad. En caso del DAT telemático lo podrá mostrar a través del móvil. Si el DAT ha sido aceptado con el móvil del agricultor, los agentes lo podrán localizar igualmente por el localizador, el teléfono móvil o la matrícula.
b) Puede ser el mismo productor o un tercero.
Operador
a) Receptor de la mercancía que realiza el almacenamiento y/o manipulación y/o transformación.
c) No debe recepcionar ninguna mercancía que no vaya acompañada de su correspondiente DAT.
b) Debe cerrar el DAT una vez que haya recepcionado la mercancia.
El DAT será expedido por: