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El municipio

José de Jesús Plata Romero

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Artículo 115 CPEUM

Fundamento Constitucional

Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre...

Artículo 115 fracc. I CPEUM

Autonomía del municipio

Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente o Presidenta Municipal y el número de regidurías y sindicaturas que la ley determine, de conformidad con el principio de paridad.

La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado.

Ayuntamientos

Las Legislaturas locales, por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, podrán suspender ayuntamientos, declarar que éstos han desaparecido y suspender o revocar el mandato a alguno de sus miembros, por alguna de las causas graves que la ley local prevenga(...)

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Personalidad y patrimonio

Los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley.

Éstos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal.

Bases Constitucionales del municipio

Objeto de las leyes municipales:

Objeto de las leyes municipales

  • Las bases generales de la administración pública municipal y del procedimiento administrativo, incluyendo los medios de impugnación.
  • Los casos en que se requiera el acuerdo de las dos terceras partes de los miembros de los ayuntamientos para dictar resoluciones que afecten el patrimonio inmobiliario municipal.
  • Las normas de aplicación general para celebrar los convenios con el gobierno Estatal y Federal.
  • El procedimiento y condiciones para que el gobierno estatal asuma una función o servicio municipal.
  • Las disposiciones aplicables en aquellos municipios que no cuenten con los bandos o reglamentos correspondientes.

Servicios Municipales:

Servicios municipales

Los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes:

  • Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales.
  • Alumbrado Público.
  • Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos.
  • Mercados y centrales de abasto.
  • Panteones
  • Rastro
  • Calles, parques y jardínes
  • Seguridad Pública
  • Y los demás que determine el Congreso Local del Estado.

Hacienda Pública:

Hacienda Pública

Los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor:

  • Percibirán las contribuciones, incluyendo tasas adicionales, que establezcan los Estados sobre la propiedad inmobiliaria, de su fraccionamiento, división, consolidación, traslación y mejora así como las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles.
  • Las participaciones federales, que serán cubiertas por la Federación a los Municipios con arreglo a las bases, montos y plazos que anualmente se determinen por las Legislaturas de los Estados.
  • Los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo.

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Atribuciones de los municipios:

  • Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal;
  • Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales
  • Participar en la formulación de planes de desarrollo regional;
  • Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo;
  • Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana;
  • Otorgar licencias y permisos para construcciones;
  • Participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas;
  • Intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte público y
  • Celebrar convenios para la administración y custodia de las zonas federales.

Bases Constitucionales del municipio

Centros Urbanos

Cuando dos o más centros urbanos situados en territorios municipales de dos o más entidades federativas formen o tiendan a formar una continuidad demográfica, la Federación, las entidades federativas y los Municipios respectivos, en el ámbito de sus competencias, planearán y regularán de manera conjunta y coordinada el desarrollo de dichos centros con apego a la ley federal de la materia

La policía preventiva estará al mando del presidente municipal en los términos de la Ley de Seguridad Pública del Estado. Aquélla acatará las órdenes que el Gobernador del Estado le transmita en aquellos casos que éste juzgue como de fuerza mayor o alteración grave del orden público.

Policía preventiva

Las leyes de los estados introducirán el principio de la representación proporcional en la elección de los ayuntamientos de todos los municipios.

Principio de representación proporcional

Relaciones de trabajo en el municipio

Las relaciones de trabajo entre los municipios y sus trabajadores, se regirán por las leyes que expidan las legislaturas de los estados con base en lo dispuesto en el Artículo 123 de esta Constitución, y sus disposiciones reglamentarias.

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