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Es el permiso que se otorga para que se realice la extracción de productos maderables y comprende desde la obtención hasta el momento de su transformación (AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA), 2019).
a) Únicos 0 persistentes
b) Domésticos
a) Únicos
b) Persistentes
c) Domésticos
ARTÍCULO 2.2.1.1.3.1. del Decreto 1076 de 2015
(ANLA, 2019)
a) Doméstico
b) Único
c) Persistente
d) Aislados
(CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL ALTO MAGDALENA (CAM), 2019)
(CAM, 2019)
(CAM, 2019)
PLATAFORMA “VITAL”
Guía de procedimiento en https://www.cam.gov.co/component/phocadownload/category/338-instructivos-vital.html# PDF: Solicitud de trámite para Aprovechamiento Forestal Doméstico y/o de Arboles Aislados inferior a 10 metros cúbicos.
(CAM, 2019)
(ANLA, 2019)
1. FUN (forestal único o persistente)
2. Certificado de existencia y representación legal para personas jurídicas, expedido dentro del mes inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud.
3. Fotocopia de la cedula de ciudadanía para personas naturales.
4. Poder debidamente otorgado en caso de actuar mediante apoderado.
5. Certificado de libertad y tradición expedido dentro del mes inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud; o documento que acredite la posesión o tenencia del solicitante, v.gr., contrato de arrendamiento, comodato.
6. Autorización del propietario o poseedor cuando el solicitante sea mero tenedor.
7. Descripción del Proyecto, que incluye las actividades a ejecutar, descripción de las obras y descripción general del área donde se ejecutara el proyecto en términos ambientales.
8. Estudio técnico que demuestre una mejor aptitud del uso del suelo diferente al forestal (en caso de aprovechamiento forestal único).
(ANLA, 2019)
9. Acreditar Capacidad para garantizar el manejo silvicultural, la investigación y la eficiencia en el aprovechamiento y en la transformación. (en caso de aprovechamiento forestal persistente).
10. Documento que incluya la siguiente información para cada uno de los puntos objeto de la solicitud:
a) Ubicación del predio y/o predios, jurisdicción, linderos y superficie.
b) Régimen de propiedad del área.
c) Mapa del área a escala según la extensión del predio
d) Localización georreferenciada de las áreas donde se realizará el aprovechamiento forestal (Tablas de coordenadas y áreas)
e) Volumen, cantidad o peso aproximado de lo que se pretende aprovechar por especie y uso que se pretende dar a los productos
f) Plan de aprovechamiento forestal, incluyendo la destinación de los productos forestales y las medidas de compensación. (en caso de aprovechamiento forestal único).
(ANLA, 2019)
1. FUN (aislados)
2- 6. Repite documentos
7. Descripción del Proyecto, que incluye las actividades a ejecutar, descripción de las obras y descripción general del área donde se ejecutara el proyecto en términos ambientales. (en caso de solicitar tala o reubicación por obra pública o privada)
8. Documento que incluya la siguiente información para cada uno de los puntos objeto de la solicitud:
a) - e) Repite documentos
f) Documento incluyendo la destinación de los productos forestales y las medidas de compensación.
9. Copia de la autoliquidación realizada a través de VITAL y del comprobante de pago, tal cual lo establece la Resolución 324 de 2015, modificada por la resolución 1978 de 2018 de la ANLA.
(ANLA, 2019)
Resolución 0324 del 17 de marzo de 2015 “Por la cual se fijan las tarifas para el Cobro de los servicios de evaluación y seguimiento de licencias, permisos, concesiones, autorizaciones y demás instrumentos de control y manejo ambiental y se dictan otras disposiciones" y aquellas que la modifiquen y/o deroguen (ANLA, 2019).
Artículo 55 del Decreto – Ley 2811 de 1974
"Por el cual se fija la vigencia de los permisos forestales de acuerdo con la clase de aprovechamiento solicitado, la naturaleza del recurso, la oferta disponible, la necesidad de establecer medidas para asegurar su renovabilidad, la cantidad y la clase de inversiones, sin exceder el plazo máximo y las condiciones establecidas" (ANLA, 2019).
Mediante acto administrativo la Autoridad Ambiental competente procede a requerir el cumplimiento de las obligaciones no realizadas.
ARTÍCULO 2.2.1.1.7.10 del Decreto 1076 de 2015
"Mediante el cual se inicia el correspondiente proceso sancionatorio" (ANLA, 2019).
Guía en https://www.cam.gov.co/2019/category/358-enero.html
PDF: Resolución 00051 de 2019
(CORPOAMAZONIA, 2013)
(CORMACARENA, 2018)
(Corporación para el Desarrollo Sostenible del Norte y el Oriente Amazónico (CDA), 2015)