EL ESTADO Y SU PROCEDER EN LA CONTABILIDAD PUBLICA
ESTADO
Entidad con poder soberano para gobernar una nación dentro de una zona geográfica delimitada
CONTABILIDAD DEL SECTOR PUBLICO
CONTABILIDAD PÚBLICA
Contaduría general de la nación: Entidad del sector publico creada para determinar las políticas principios y normas sobre la contabilidad que rigüe un país.
Contabilidad juridica: en Colombia está conformado por la ley 145 de 1960, en los artículos que aun siguen vigentes. Por la ley 43 de 1990, por el decreto 2649 de 1993 y por el código de comercio.
funciones: Establecer normas tecnicas generales y especificas, sustativas y procedimentales que permiten centralizar y consolidar la contabilidad publica.
La Contaduría General de la Nación es una Entidad del Sector Público creada para determinar las políticas, principios y normas sobre la contabilidad que deben regir en el país para todo el sector público; llevar la Contabilidad General de la Nación, señalar y definir los Estados
y consolidar la Contabilidad Pública
Contabilidad Conceptual: A la luz de los desarrollos teoricos de la disciplina contable, y especificamente del marco conceptual del plan general de contabilidd publica
El poder público en Colombia se distribuye en la ramas ejecutiva, legislativa y judicial, concebidas desde el año 1945, y en entidades de organización electoral y organismos de control establecidos por la Constitución de 1991.
RAMAS LEGISTALTIVAS
La Rama Judicial:
se ocupa de administrar la justicia en Colombia. La componen organismos como la Corte Suprema de Justicia, la Corte Constitucional, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, las Jurisdicciones Especiales y la Fiscalía General de la Nación, un organismo adscrito.
La Rama Legislativa
Integra al Congreso en Senado y Cámara de Representantes. La elección es por medio del voto popular y sus miembros deben tener un mínimo de 30 años de edad.
La Rama Ejecutiva:
En cabeza del presidente de la República, está compuesta por gobernaciones, alcaldías y ministerios, principalmente. Su papel está consagrado en el artículo 115 de la Constitución Nacional