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Requisitos de la Prueba

Requisitos Extrínsecos

Requisitos Intrínsecos

R. Extrínsecos

Requisitos Extrínsecos

Son aquellos generales para cualquier medio de prueba

R. Intrínsecos

Se tratan de los requisitos exigidos para cada medio específico

Artículo 168 CGP

Entonces, los requisitos extrínsecos se encuentran en el artículo 168 C.G.P., y son desarrollados por los procesalistas así:

Pertinencia

Pertinencia

La pertinencia hace referencia a los hechos, por lo que el Juez debe hacer un análisis sobre ellos, para determinar si tienen que ver con el tema de prueba, porque cualquier prueba que verse sobre hechos impertinentes debe ser rechazada. Así que el Juez debe verificar si los hechos resultan relevantes para el proceso.

Conducencia

Conducencia

Este se trata de que el medio de prueba utilizado sea susceptible de probar un hecho determinado.

Extemporáneas

Extemporáneas

El juez no podrá decretar o tener en cuenta las pruebas solicitadas por las partes de manera extemporánea, es decir, fuera de las oportunidades que ha establecido la legislación procesal para estos efectos.

Manifiestamente

Superfluas

Manifiestamente Superfluas

Son aquellas que no tienen razón de ser, las que sobran o por encontrarse ya probados los hechos, o porque el hecho está exento de prueba.

Licitud

No se puede tener en cuenta una prueba que se obtiene a través de la violación de los derechos fundamentales constitucionales, por lo cual será nula de pleno derecho, si el funcionario judicial le otorga algún valor dentro del proceso.

Tanto la Corte Constitucional como la Corte Suprema de Justicia se han orientado por la línea de la Nulidad de la Prueba Ilícita.

P. Ilícitas

Pruebas Ilícitas e Ilegales

Son aquellas pruebas violatorias de los derechos fundamentales

P. Ilegales

Se trata de las que violan los requisitos formales previstos en la ley

Regla Constitucional de Exclusión

Regla de Exclusión

El artículo 29 de la Constitución Política estipula que es nula de pleno derecho la prueba obtenida con violación al debido proceso

Aplicación de la Regla de Exclusión

Aplicación

Para aplicar la regla de Exclusión se debe tener las siguientes consideraciones:

1. Grado en que se afecta el debido proceso

2. Concepto de debido proceso

3. Necesidad de pronunciamiento del juez

Rechazo de la Prueba

Se entiende que la prueba o los medios de pruebas, resultan ser inadmisibles por mandato expreso de la ley en determinados procesos.

Sin embargo, el juez va a encontrar un límite para el rechazo de la prueba, y es la motivación.

Recurso de Apelación

Recurso de Apelación

El auto que rechaza pruebas es un auto apelable, por lo que contempla que la apelación en materia probatoria, sólo procede cuándo el juez rechaza una prueba que cumplía con todos los requisitos necesarios para ser decretada.

Este auto es apelable en el efecto diferido.

Acción de Tutela

Acción de Tutela

Se trata de una institución creada jurisprudencialmente por la Corte Constitucional, en procura de la defensa de derechos fundamentales que se vean vulnerados como resultado de las actuaciones judiciales.

Para la procedencia de esta clase de tutelas, se han establecido dos clases de requisitos: (i) causales genéricas, que permiten analizar si el juez constitucional puede conocer del asunto; y, (ii) causales especiales, que posibilitan determinar si la providencia es violatoria de los derechos fundamentales invocados.

Causales Genéricas

  • Que el tema sujeto a discusión sea de evidente relevancia constitucional
  • Que se hayan agotado todos los medios, ordinarios y extraordinarios, de defensa judicial al alcance de la persona afectada, salvo que se trate de evitar un perjuicio iusfundamental irremediable
  • Que se cumpla el requisito de la inmediatez
  • En el evento de una irregularidad procesal, debe haber claridad que la misma tiene un efecto decisivo o determinante en la sentencia que se impugna y afecta los derechos fundamentales de la parte actora
  • Que la parte actora identifique de manera razonable tanto los hechos que generaron la vulneración, como los derechos vulnerados y qué hubiere alegado tal vulneración en el proceso judicial, siempre que esto hubiere sido posible
  • Que no se trate de sentencias de tutela

Causales Especiales

  • Defecto orgánico
  • Defecto procedimental
  • Defecto fáctico. La Corte ha establecido los siguientes casos para el defecto fáctico:
  • • Por la omisión en el decreto y práctica de pruebas
  • • Por la no valoración del acervo probatorio
  • • Por valoración defectuosa del material probatorio
  • Defecto material y sustantivo
  • Error inducid
  • Decisión sin motivación
  • Desconocimiento del precedente
  • Violación directa de la Constitución
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