Introducing 

Prezi AI.

Your new presentation assistant.

Refine, enhance, and tailor your content, source relevant images, and edit visuals quicker than ever before.

Loading…
Transcript

BENEFICIOS PRELIBERACIONALES Y SANCIONES NO PRIVATIVAS DE LA LIBERTAD

Libertad Condicionada

Modalidad de supervisión

Libertad condicionada

Con monitoreo electrónico

Sin monitoreo electrónico

Requisitos

REQUISITOS

Haber cumplido el Programa de Actividades

Cubrir la reparación del daño y la multa

Art. 137

Buena conducta

No exista riesgo para víctima, testigos o sociedad

No estar sujeto a otro proceso penal que amerite prisión preventiva

Haber cumplido con la mitad de la pena

No se le haya dictado diversa sentencia condenatoria firme

Delitos dolosos

Excepciones

Art. 137, párrafo cuarto

EXCEPCIONES

Trata de personas

Delincuencia organizada

Secuestro

Reducción de obligaciones

Art. 139

REDUCCIÓN DE OBLIGACIONES

Culturales

Dedicación exclusiva a actividades:

(No remuneradas)

Deportivas

Educativas

Productivas

Cancelación

Art. 140

CANCELACIÓN

Otorgamiento de libertad anticipada

Violación reiterada a los términos establecidos

Comisión de un nuevo delito en el lapso del cumplimiento de pena original

Extinción de la pena

Sustitución

LIBERTAD ANTICIPADA

Libertad anticipada

Extingue la pena de prisión y otorga libertad al sentenciado

Requisitos

REQUISITOS

Art. 141

Buena conducta

Cubrir la reparación del daño y la multa

No se le haya dictado diversa sentencia condenatoria firme

70%

Delitos

dolosos

50%

Delitos

culposos

Pena

compurgada

Haber cumplido el Programa de Actividades

No estar sujeto a otro proceso penal que amerite prisión preventiva

No exista riesgo para víctima, testigos o sociedad

Excepciones

Art. 141, párrafo cuarto

EXCEPCIONES

Trata de personas

Delincuencia organizada

Secuestro

SUSTITUCIÓN Y SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LAS PENAS

Sustición y Suspensión Temporal de las penas

Adecuación

Traslación del tipo

Sustitución

SUSTANCIACIÓN

Sustanciación

Art. 143

Oficio

Petición

de

parte

Art. 142

SUPUESTOS

SUSTITUCIÓN DE LA PENA

Art. 144

Protección de hijos

La persona privada de la libertad sea la principal o única cuidadora

* Menores de 12 años

* Discapacidad que les impida valerse por sí

La permanencia de la persona privada de la libertad con el hijo o persona con discapacidad, no represente un riesgo objetivo

* Senilidad

* Edad avanzada

* Grave estado de salud

Cuando la pena de prisión sea incompatible con las condiciones de la persona privada de la libertad

Implementación de programas

*Justicia colaborativa

* Trabajo comunitario

* Tratamiento de adicciones

*Reinserción en libertad

* Justicia restaurativa

Excepciones

Art. 144, párrafo cuarto

EXCEPCIONES

Trata de personas

Delincuencia organizada

Secuestro

Permisos Humanitarios

Permisos humanitarios

Supuestos

Art. 145, párrafo primero

SUPUESTOS

Fallecimiento

Enfermedad terminal

Pariente cosanguineo en primer grado

Socioconviviente

Cónyuge

Concubina

o

Concubinario

OTORGAMIENTO

Traslado sea en la misma localidad

El traslado sea dentro de un radio razonable

No puede exceder de 24 horas, una vez hecho el arribo al destino

Traslado sea viable y materialmente posible

Excepciones

Art. 145, párrafo segundo

EXCEPCIONES

Delincuencia organizada

Sujetos a medidas especiales de seguridad

Preliberación por Política Penitenciaria

Preliberación

Conmutación de la pena

Liberación anticipada

Liberación condicionada

Sanciones y medidas no privativas de la libertad

Medidas de seguridad

Learn more about creating dynamic, engaging presentations with Prezi