Introducing
Your new presentation assistant.
Refine, enhance, and tailor your content, source relevant images, and edit visuals quicker than ever before.
Trending searches
María Julia Fornari
DISTINTAS CLASES DE CREDITOS (o de acreedores)
PRINCIPIO IGUALDAD (art. 74 CCyC)
créditos comunes sin preferencia para el cobro (ni privilegio ni garantía real).
Cobran a prorrata del monto de sus acreencias ( art. 2581)
créditos que están garantizados con los derechos reales de hipoteca y prenda.
Perciben del producido del bien afectado excluyendo a los restantes hasta limite crédito garantizado
créditos que son pagados con preferencia a otros (art. 2573)
Privilegios siempre son legales y accesorios al crédito y de interpretacion restrictiva.
(créditos del fisco, laborales, causídicos)
ACREEDORES PUEDEN EJERCER
ACCIONES JUDICIALES
TENDIENTES A VENDER JUDICIALMENTE LOS BIENES DEL DEUDOR PARA
COBRAR DEL PRODUCIDO
MEDIDAS EJECUTIVAS
tendientes a declarar el derecho del acreedor y obtener la ejecución de los bienes del deudor (venta judicial)
JUICIOS EJECUTIVOS: proceso acotados basados en "títulos ejecutivos" (prueba limitada + embargo)
1)