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Los ciudadanos tienen el poder de exigir a la Administración (Gobierno) que se sujete en su funcionamiento a las normas legales establecidas al efecto, y que, en consecuencia, los actos que realice se verifiquen por los órganos competentes, de acuerdo con las formalidades legales, por los motivos que fijen las leyes, con el contenido que éstas señalen y persiguiendo el fin que las mismas indiquen.
Es un acto procesal por medio del cual, el sujeto legitimado para ello, recurre a la autoridad, para que revise y revoque su desición, dentro de los lapsos y términos estipulados y con las formalidades previstas en las disposiciones reglamentarias o legales.
a) Subjetivos: Órgano competente e interesado o recurrente.
b) Objetivos: Acto impugnable o recurrible y fundamento del recurso.
c) De la actividad: Lugar, tiempo y forma.
1. ¿Quién recurre? El particular o administrado.
2. ¿Contra qué recurre? Contra un acto administrativo.
3. ¿Ante quién recurre? Ante la autoridad competente para conocerlo.
4. ¿Por qué recurre? Porque lesiona sus intereses y porque la ley lo permite.
5. ¿Cómo recurre? Según el procedimiento previsto para cada recurso.
Los recursos administrativos surgen entonces desde la inaplicabilidad o vulneración a los derechos del ciudadano, éstos se derivan entonces de un acto administrativo que emitió una autoridad por lo que éstos son normados por la Ley Federal del Procedimiento Administrativo
La ley exlucle o determina la inaplicabilidad de la misma en las siguientes materias:
Estas materias se reglamentan en base a otras disposiciones aplicables a su caso en concreto.