Somos una empresa de servicios de consultoría IT que ofrece soluciones jurídicas y tecnológicas en materia de Nuevas Tecnologías y Sociedad de la Información & Compliance.
Para ello contamos con expertos jurídicos e informáticos que conforman un equipo humano cualificado, con más de 15 años de experiencia.
Desde Octubre de 2017 somos oficialmente Partner de ACADE/FUNDEL en formación y consultoría de protección de datos aunque llevamos trabajando para ambas instituciones desde 2016.
Disponemos de atención personalizada y permanente durante los 365 días y contamos con un SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL de hasta 600.000 euros para cubrir cualquier contigencia producida u ocasionada por error en nuestros servicios.
Nuevo Reglamento (UE) 2016/679
Los Responsables del tratamiento, Centros y Administraciones educativas, deberán realizar una Valoración del Riesgo que implique el tratamiento de los Datos que realicen o vayan a realizar (pérdida, destrucción o alteración por mero accidente o de forma ilícita o acceso no autorizado), con la finalidad de implantar las medidas de seguridad técnicas y organizativas necesarias.
Los centros docentes tienen la necesidad de realizar Evaluaciones de Impacto del tratamiento de los datos, al tratar datos de menores (considerados sensibles) a gran escala.
Se suprime la obligación de inscribir los ficheros ante la agencia, pero a cambio se deberá llevar un registro de actividades de tratamiento.
Cuando se produzca la destrucción, pérdida, alteración accidental o ilícita, comunicación o acceso no autorizado, que cause un perjuicio a los derechos y libertades de las personas, se habra de notificar a la Agencia Española de Protección de Datos, o a la Autoridad autonómica correspondiente y, en su caso, comunicar a los interesados, todo ello en un plazo de 72 horas desde el conocimiento fehaciente de la violación de seguridad.
La designación de un Delegado de Protección de Datos, según lo dispuesto en el proyecto de Ley de reforma de la L.O.P.D. , será obligatoria para los centros educativos.
Esta figura, que podrá ser interna o podrá externalizarse, tendrá entre otras las siguientes funciones:
El consentimiento de los alumnos o de sus padres o tutores, cuando se precise, no se podrá obtener de forma tácita, se necesita al menos una clara acción afirmativa del interesado. Cuando se refiera al tratamiento de datos sensibles o para transferencias internacionales de datos, el consentimiento además deberá ser expreso.
En el nuevo Reglamento se amplían los derechos y obligaciones que deben regular la relación entre los Responsables del Fichero y los Encargados del Tratamiento.
Igualmente el Reglamento impone una obligación a los Responsables del Fichero de contratar con Encargados que cumplan adecuadamente con la normativa de protección de datos pudiendo incluso solicitar un Certificado o acreditación de dicho cumplimiento.
5. NUEVOS DERECHOS A.R.C.O.
5. NUEVOS DERECHOS A.R.C.O.
ACCESO RECTIFICACIÓN CANCELACIÓN OPOSICIÓN
El Reglamento incluye 3 nuevos derechos
DERECHO DE TRANSPARENCIA
DERECHO DE SUPRESIÓN
(Derecho al Olvido)
DERECHO DE LIMITACIÓN DEL TRATAMIENTO
QUE HACEMOS
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