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Contrato en virtud del cual las partes, haciéndose recíprocas concesiones, terminan una controversia presente o previenen una futura.
Porque existe por sí mismo, no depende de ningún otro contrato.
Ya que depende de una relación jurídica anterior.
Porque origina derechos y obligaciones para ambas partes.
En virtud de que produce provechos y gravámenes recíprocos.
En razón de que las partes conocen la cuantía de su prestación.
Cuando el interés del negocio no excede de determinada cantidad.
Ya que la Ley le impone una forma.
Si produce efectos en un solo acto.
Cuando sus efectos se prolongan a través del tiempo.
Es la concertada durante un proceso, o bien, después de iniciado un proceso judicial.
Es aquella que se lleva a efecto uando el conflicto que las partes pretenden resolver no se encuentra todavía sub judice.
Se le llama así, cuando las partes operan sobre y con la materia que es objeto de la controversia.
Además de los recíprocos conocimientos de derechos, permite la atribución de derechos de una parte a otra.
Es un acuerdo de voluntades sobre un punto de interés jurídico.
El objeto puede ser terminar una controversia presente, o bien, evitar una futura.
*Capacidad general
*Ascendientes y tutores
*Consortes
*Los menores emancipados
*Procuradores
*Representante común
*Copropietario
Puede darse el contrato de transacción de formal consensual o formal.
*Acción penal
*Estado civil
*Filiación
*Delito, Dolo y Culpa futuros
*Acción civil
*Sucesión futura
*Herencia
*Alimentos
*Título nulo
*Documentos falsos
*Negocio decidido judicialmente
No podrá intentarse la demanda contra el valor o sustancia de una transacción sin que previamente se haya asegurado.
La principal ventaja del contrato de transacción es evitar, a toda costa, que las partes se enfrasquen en un litigio.
La transacción tiene, respecto de las partes, la misma eficacia y autoridad que la cosa juzgada.
La declaración o reconocimiento de esos derechos no obliga al que lo hace a garantizarlos.
Deben interpretarse estrictamente y sus cláusulas son indivisibles.