Bemutatkozik:
Az Ön új prezentációs asszisztense.
Minden eddiginél gyorsabban finomíthatja, fejlesztheti és szabhatja testre tartalmait, találhat releváns képeket, illetve szerkesztheti vizuális elemeit.
Népszerű keresések
Presentado por: José de Jesús Sanchez Monroy
Licenciatura: Negocios Internacionales
Materia : Derecho Mercantil
Es un derecho exclusivo que se concede a una invención y permite al titular del derecho impedir a terceros utilizar comercialmente la invención protegida, sin su autorización, durante un período limitado, se conocen como "pequeñas patentes" o "patentes a corto plazo".
TITULO SEGUNDO
De las Invenciones, Modelos de Utilidad y Diseños Industriales
Artículo 9o.- La persona física que realice un modelo de utilidad, o su causahabiente, tendrán el derecho exclusivo de su explotación en su provecho, por sí o por otros con su consentimiento, de acuerdo con las disposiciones contenidas en esta Ley y su reglamento.
Capítulo III
De los Modelos de Utilidad
Artículo 27.- Serán registrables los modelos de utilidad que sean nuevos y susceptibles de aplicación industrial.
Artículo 28.- Se consideran modelos de utilidad los objetos, utensilios, aparatos o herramientas que, como resultado de una modificación en su disposición, configuración, estructura o forma, presenten una función diferente respecto de las partes que lo integran o ventajas en cuanto a su utilidad.
Artículo 29.- El registro de los modelos de utilidad tendrá una vigencia de diez años improrrogables, contada a partir de la fecha de presentación de la solicitud y estará sujeto al pago de la tarifa
correspondiente.
Artículo 30.- Para la tramitación y otorgamiento del registro de un modelo de utilidad se llevará a cabo, en lo conducente, conforme a las disposiciones contenidas en los Capítulos II y V del presente
Título, a excepción de los artículos 23, 45, 52 y 52 BIS.