Jara Gavilan Víctor Luis
Martinez Carrera Faridde D’ Yanira
Merino Garcia Luz Valeria
Puelles Ruiz Liz Danitza
Thomas Jefferson “la constitución (normas) es un documento para los vivos y no para los muertos”,
Pdoctrina del árbol vivo y no originalista permitiendo ajustas las normas establecidas en las leyes al tiempo y espacio de su aplicación
Bajo el dogma del imperio de la ley y del legislador racional, como señala Zagrebelsky, se puede concluir que el derecho es atemporal
Pcivil law, las decisiones judiciales precedentes tendrían poca o nula importancia, pues la función del juez es decidir, en cada caso en concreto, como debe interpretarse la ley, no siendo relevante como fue resuelta una situación similar en el pasado.
2.1 El Juez en las concepciones del Estado Liberal revolucionario.
John Locke y a Montesquieu división de poderes o la libertad
El Poder legislativo se convierte en el primer poder del Estado, porque es el que está facultado para dictar las leyes que son necesarias para garantizar, a los hombres, el disfrute de sus propiedades en paz.
De esta manera, se evitan los conflictos de intereses que podrían producirse si es que los que dictan las leyes son, a su vez, los encargados de ejecutarlas.