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Las prestaciones sociales comprenden:
Prestaciones sociales institucionales, y
Prestaciones de solidaridad social.
Las prestaciones sociales constitucionales fomentarán la prevención de enfermedades y accidentes, así como contribuir a la elevación general de los niveles de vida de la población, mediante servicios y programas de prestaciones sociales, de manera que el Instituto coordine con instituciones de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal, que hagan posible su acceso a preferencias, prerrogativas y servicios que contribuyan a su bienestar.
Las prestaciones sociales institucionales serán proporcionadas mediante programas de:
Promoción de la salud, educación higiénica, materno infantil, sanitario y de primeros auxilios, mejoramiento de calidad de vida, impulso y desarrollo de actividades culturales y deportivas, promoción de la regularización del estado civil, cursos de adiestramiento técnico y de capacitación para el trabajo, centros vacacionales, superación de la vida en el hogar, establecimiento y administración de velatorios.
El Instituto podrá ofrecer sus instalaciones deportivas, sociales, culturales, recreativas y vacacionales a la población general a efecto de generará recursos para apoyar el financiamiento de su operación y mantenimiento, así como colaborar con la sociedad en general en la promoción de ese tipo de actividades. El monto y destino de los recursos generados se informará al Congreso de la Unión y al Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.