Introducing 

Prezi AI.

Your new presentation assistant.

Refine, enhance, and tailor your content, source relevant images, and edit visuals quicker than ever before.

Loading…
Transcript

ESPINOSA GARCIA YOSEMERIT RUSTBET

JURISPRUDENCIA

1. VIGENCIA

1

VIGENCIA

CONCEPTO

La vigencia hace referencia a la aplicación efectiva de las normas en un Estado, la norma que tiene vigencia es completamente eficaz. La norma vigente despliega por completo sus efectos jurídicos.

La vigencia está relacionada con la publicidad de la norma, imprescindible para reconocer la entrada en vigor de la disposición normativa, a esto se le conoce como el principio de publicación formal de las leyes.

La vigencia normativa es la cualidad que tienen las normas que significa que son válidas, efectivas y de aplicación en la actualidad.

JURISPRUDENCIA

Contamos con la teoría de la vigencia de los precedentes judiciales. De acuerdo con esta tesis, las cortes deben aplicar un precedente derogado por un cambio de jurisprudencia, si estaba vigente al momento de ser usado por el demandante.

Así, la vigencia de la jurisprudencia se cuenta a partir de la fecha en la que queda ejecutoriado el fallo de consolidación jurisprudencial, precisó la corporación.

Es decir que los cambios de jurisprudencia no se pueden aplicar de forma retroactiva en perjuicio de los derechos de los ciudadanos

FUNDAMENTO

FUNDAMENTO

El análisis sistemático e integrador de los artículos 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 215 a 230 de la Ley de Amparo, 178 y 179 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, así como del Acuerdo General 19/2013 (*) del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, permite establecer que la jurisprudencia es de aplicación obligatoria a partir del lunes hábil siguiente al día en que la tesis respectiva sea ingresada al Semanario Judicial de la Federación

2

RETROACTIVIDAD

CONCEPTO

CONCEPTO

La palabra retroactividad hace referencia, según el Diccionario, a "tener efectos sobre el pasado". En el ámbito del Derecho se aplica a la eficacia de las normas a momentos anteriores a su publicación; es decir, la posibilidad de que la norma promulgada en un momento determinado, pueda surtir efectos a un tiempo anterior, o si se quiere, que pueda afectar a situaciones jurídicas que se han producido con anterioridad a su entrada en vigor.

FUNDAMENTO

Fundamento constitucional: Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.

Fundamento en la Ley de Amparo: Artículo 217. “…La jurisprudencia en ningún caso tendrá efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.”

“El artículo 217 de la Ley de Amparo en su último párrafo prohíbe expresamente la aplicación retroactiva de una jurisprudencia en perjuicio de persona alguna. Debemos recordar que el artículo 14 constitucional señala que a ninguna ley se le dará efecto retroactivo en su perjuicio.

APLICACIÓN

Para que se genere la aplicación retroactiva debe existir una jurisprudencia anterior de la cual derive el derecho adquirido de manera previa a la aplicación de la nueva, sin que pueda admitirse que el hecho de afectar simples expectativas de derecho se traduzca en perjuicio para el justiciable; de ahí que su aplicación puede realizarse a hechos originados antes o después de su surgimiento, en tanto haya acontecido durante la vigencia de la norma o no exista interpretación contraria a la aplicada.

Learn more about creating dynamic, engaging presentations with Prezi