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Transcript

Derecho Castellano

"Aquellos que dicen que Fernando e Isabel son sabios son en verdad tontos; porque me dan a mí, su enemigo, su tesoro nacional, los judíos"

Bayezid II

Ad impossibilia nemo tenetur

Mario Eduardo Bernal Vázquez

C.P. 10768919

Hispania Pre-Romana

Mucha gente con diferente desarrollo cultural y sin unidad legal y política.

Hispania Pre-Romana

Derecho consuetudinario

Ciudad de Tartessos

  • Rey Habis

Personalidad del Derecho

Principio por el cual las personas están atadas por cada ley de unidad política

Cada individuo estaba atado por la ley de su grupo social y ajeno a cualquier otro

Personalidad del Derecho

  • Grupo familiar / gentilitas

Agrupaciones cerradas

Teseras de hospitalidad

Marcas metálicas o contraseñas que documentaron la celebración de un acto jurídico

Cada parte guardaba uno y lo colgaba para dar publicidad al acto.

Teseras de Hospitalidad

Hospicio / Hospitalidad

Socios iguales

Se puede celebrar entre grupos, individuos o un individuo y un grupo.

Hospicio / Hospitalidad

Extendía el derecho consuetudinario al huésped

Hereditaria

Clientela

Celebrado entre una parte débil y una más fuerte, que le otorgó protección al primero.

La compensación era absoluta lealtad

Si el patrón moría, el cliente debía suicidarse

Clientela

Tribus Bárbaras

  • Atila
  • Carlomagno

  • Harold II (Godwinson)
  • Alarico I

  • Hunos
  • Francos
  • Vándalos
  • Sajones
  • Godos

Tribus Bárbaras

Godos

Pueblo germánico oriental

En el siglo IV, los godos habían capturado Dacia romana (Rumania y Serbia) y se dividieron en dos grupos distintos separados por el río Dniéster.

Los visigodos se convirtieron en foederati del Imperio Romano

Godos

Los ostrogodos se unieron a los hunos

Visigodos en Hispania

Iniciaron su incursión a tierras romanas en los siglos IV y V d.C.

Hacia el 409 vándalos, alanos y suevos irrumpieron en la península. Para expulsarlos Roma, despacha a los visigodos a cambio de suministros.

Visigodos en Hispania

En el 418 celebraron un nuevo pacto foedus con Roma, por el que recibieron tierras en Aquitania

Gente muy romanizada. El rey Ataulfo (hermano de Alarico) estaba casado con la hermana de Honorio, Gala Plácida.

Los francos en 507 expulsaron a los visigodos a España

Derecho Visigodo

Las leges romanas y la iura continuaron en vigor incluso después del 476 d. C. Terminaron mezclados con la ley visigoda.

Después de la caída de Roma, el rey Eurico subrogó el imperio con el Codex Euricianus / Código de Eurico en 476

Derecho Visigodo

Teodorico I y II aprobaron las Leyes Teodoricas a mediados del siglo V. Regulaban la distribución de la tierra entre godos y galo-romanos.

Probablemente en 503 Teodorico II promulgó el Edictum Theodorici Regis, que aplicaba la ley territorial y no la de personalidad

Lex Romana Wisigothorum

Breviario de Alarico, Breviarium Alaricianum, Liber Legum

Promulgado por Alarico II en 506

Lex Romana Wisigothorum

Colección de derecho romano: lege, iura e interpretatio, clarificado y depurado. Único derecho romano oficial

Válido en Francia durante 600 años. Válido en España desde 144 años. El Código de Eurico recupera su vigencia tras la expulsión visigoda de Aquitania

Reformas

El rey Teudis en 546 añadió al Breviario español leyes de costas judiciales. No se encontraron leyes similares en el breviario francés.

Reformas

El rey Leovigildo (568-586), fundador de Toledo, reformó el Código de Eurico. El nuevo código se denominó Codex Revisus. Ninguna copia sobrevivió

Liber Iudiciorum

Liber Iudicium / Fuero Juzgo

Obra maestra de la ley visigoda creada por los reyes Chindasvinto y Recesvinto en 654.

Colección de leyes de los reyes visigodos.

Dividido en 12 libros de Derecho Procesal, Penal y Privado.

Liber Iudiciorum

Su jurisdicción territorial terminó con el dualismo legislativo.

Única ley válida. Solo el rey podía llenar los vacíos legales. La costumbre perdió toda fuerza legal

Derecho Canónico

Después de que el rey Recaredo se convirtiera al catolicismo ante el III Concilio de Toledo (589) la España visigoda entró en la Iglesia católica.

Derecho Canónico

Recesvinto declaró que la Iglesia en España tenía su propia jurisdicción en la fe y la disciplina, el carácter religioso y civil de los clérigos.

El IV Concilio de Toledo afirmó que las provincias eclesiásticas deben adaptarse a las antiguas provincias romanas. Cada diócesis gobernada por obispos dirigía las iglesias rurales con personalidad jurídica y propiedad propia, en la antigua territoria.

La Igesia creó su propio sistema jurídico

Jurisdicción

  • Consejos
  • Obispos
  • Clérigos
  • Monjes
  • Iglesias
  • Donaciones
  • Testamentos
  • Contratos inmobiliarios
  • Pecados
  • Procedimientos judiciales

Jurisdicción

Epítomes

  • Colección Novara

  • Epítome hispano

Epítomes

  • Capitula Martini (s. VI) del obispo de Braga y San Martín

  • Collectio Canonum / Hispana de San Isidoro de Sevilla

Clero

Dividido en clérigos y hermanos laicos.

Nombre colectivo que generalmente incluye a quienes han sido ordenados en el servicio religioso

Clero

Clero Secular

sacerdotes diocesanos / clero de la arquidiócesis

Diáconos y sacerdotes que no sean monjes o miembros de un instituto religioso

Clero Secular

Episcopado

  • Papa
  • Cardenales (219)
  • Arzobispos - Arquidiócesis
  • Obispos - Diócesis
  • Presbíteros / Sacerdotes
  • Diáconos

Clero Regular

Clérigos que son miembros de órdenes religiosas católicas

Viven de acuerdo con una regla / regula y hacen votos solemnes

Clero Regular

  • Hermitaños

Conventos

  • Frailes
  • Monjas

Monasterio

  • Monjes
  • Monjas

Abadía

  • Abad
  • Abadesa

Geografía

Nombre

España proviene de la provincia romana Hispania

Castilla

latín vulgar castilla “castillos”

  • Hispalis, palabra ibérica que significa "ciudad del mundo occidental"
  • fenicio, i-spn-ya (espía) "la tierra donde se forjan los metales", "tierra de los conejos" o "filo",
  • griego Hesperia:, "tierra occidental" o "tierra del sol poniente"

Nombre

Derecho Medieval

En 711 Ruderico, el último rey visigodo murió en la batalla de Guadalete contra árabes y bereberes

La tierra permaneció en manos musulmanas durante casi 800 años (711-1492)

Derecho Medieval

En 718 Pelagio inició la rebelión asturiana en la sierra de Covadonga

En 732 Charles Martel detuvo a los musulmanes en Poitiers y su avance a Francia.

La personalidad del Derecho regresó

Derecho Medieval Tardío

El Liber quedó obsoleto debido a la diversidad cultural

La Venganza de Sangre permitió que la familia ofendida matara a un miembro de la familia del ofensor

Derecho Medieval Tardío

La Prenda Extrajudicial permitió al acreedor tomar posesión de un bien mueble. Las propiedades inmobiliarias solo se pueden pignorar hasta la segunda audiencia

Altamente religiosa

Los problemas se resolvieron creando leyes ad hoc

Usus

Usus terrae / consuetudo / forum

Creación popular de derecho a través de prácticas no escritas a través del tiempo y aceptadas por la comunidad.

Aplicación local

Usus

Iudita eran decisiones judiciales reales

iuditas Memorables eran llamadas fazañas

Ordalías

https://www.youtube.com/watch?v=iRb5oWZQmBM

Juicios de Dios

A través de señales, Dios manifestaba quién era justo y tenía la Ley a su lado, ya que no abandonaría a los inocentes.

Dios legitimó el orden social a través de la ley

Ordalías

Los objetos de tortura fueron bendecidos por sacerdotes

Sistemas legales

  • El Fuero Real (Alfonso X – 1252)
  • El Espéculo (Alfonso X – 1255)
  • Ordenamiento de Alcalá (Cortes de Alfonso XI – 1348)
  • Ordenamiento de Montalvo / Ordenanzas Reales de Castilla / Ordenamiento de 1484 (encargado por los reyes católicos a Alonso Díaz de Montalvo – 1484)
  • Libro de Bulas y Pragmáticas de Juan Ramírez (encargado por los reyes católicos a Juan Ramirez – 1503)
  • Las Leyes de Toro (encargado por Isabel I para ser aprobado post-mortem por las Cortes de Toro – 1505
  • La Nueva Recopilación / Recopilación de las Leyes destos Reynos (Felipe II – 1567)
  • La Novísima Recopilación (encargado por Carlos IV a Reguera Valderomar – 1805

Siete Partidas / Partidas

Obra más importante del derecho español

Código estatutario elaborado por Alfonso X de Castilla hacia 1264

Siete Partidas

  • Fuentes de derecho y derecho canónico
  • Ley Pública
  • Organización y procedimientos judiciales
  • Matrimonio
  • Contratos y Derecho Civil
  • Herencia
  • Derecho penal

Reyes Católicos

Fernando II de Aragón e Isabel I de Castilla

Su matrimonio en 1469 unificó la España

La denominación Católicos fue conferida por el Papa Alejandro VI en 1494

Reyes Católicos

  • Expulsar a los moros en 1492 al derrotar a Muhammad XII (Boabdil) en Granada
  • "Descubrimiento" de América en 1492
  • Expulsión a los judíos en 1492 por el Decreto / Edicto de Expulsión de la Alhambra

Hijos

Hijos

Isabel de Aragón, reina de Portugal se casó con Alfonso, príncipe de Portugal, y después de su muerte se casó con el rey Manuel I de Portugal.

Hijos

Juana de Aragón / Juana la Loca se casó con Felipe I el Hermoso del SIR

Su hijo era Carlos V (SIR) / I (España) gobernante del Imperio Español y del Sacro Imperio Romano.

Hijos

Juan, Príncipe de Asturias se casó con la Archiduquesa Margarita de Austria, Duquesa de Saboya

Hijos

María de Aragón (1482-1517) se casó con su cuñado el rey Manuel I, tras la muerte de su hermana en 1498

Se casaron en 1500 y tuvieron 10 hijos de los cuales 8 sobrevivieron a la adultez.

Hijos

Catalina de Aragón se casó con Arturo, Príncipe de Gales.

Después de su muerte, se casó con su cuñado, el rey Enrique VIII de Inglaterra

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