Introducing
Your new presentation assistant.
Refine, enhance, and tailor your content, source relevant images, and edit visuals quicker than ever before.
Trending searches
Colombia
Andrea Valencia Burbano.
María Eugenia Galarza Astaiza
Art 619 Código de Comercio
Todo documento escrito que representa un derecho en beneficio de una persona, contiene información acerca de su valor o mención del derecho que en el título se incorpora, y la firma de quién lo crea
El título valor sirve para apaciguar una obligación hacia alguien, para otorgar un poder o beneficio y representar activos o bienes en documentos escritos.
Los títulos valores son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora, pueden ser de contenido :
Títulos nominativos: Transmiten poder o titularidad directa inicamente a una persona sobre un derecho
Títulos valores a la orden: A diferencia de los nominativos estos últimos pueden designarse tanto al titular como a otros.
Títulos valores al portador: Transmiten poder a una persona pero no se especifica el nombre, sino se menciona en beneficio al portador quien es el que lo posee.
CONSAGRACIÓN LEGAL
- Ley 964 de 2005
- Ley 527 de 1999
Es la creación de un archivo operado electrónicamente sin necesidad de que repose o deba convertirse en un soporte de papel o similar, dado que su existencia, circulación, garantía o ejecución se cumplieron efectuando una simple referencia o una clave técnica
Es un titulo valor desmaterializado, contiene el mismo valor, la misma estructura de derechos contenidos en el papel, pero en forma electrónica.
Documento y contiene el derecho respectivo.
La misma estructura de derechos contenidos en el papel, pero en un mensaje de datos.
Obligación legal de cumplir con lo estipulado en el título, honrando el derecho del adquiriente.
*Necesidad.
* Autonomía.
* Literalidad.
* Incorporación.
Aquellos documentos electrónicos que cumplan con los criterios de escritura, firma y originalidad, más aquellos requisitos particulares de cada título, podrán ser considerados títulos valores electrónicos.
Ley 1753 del 2015
Ley 572 de 1999
Se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018, ordenó la creación del Registro de Facturas Electrónicas consideradas título valor.
Decreto 2242 del 2015
Ley modelo de comercio electrónico
Emitida por la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional,
(Mincomercio), en colaboración con la DIAN, regula la expedición de interoperabilidad de la factura electrónica, cuyo propósito principal es el de efectuar un control netamente fiscal para combatir el fraude, la evasión y el contrabando; finalmente
Ley 1231 del 2008
Unificó la factura como título valor y delegó en el Gobierno Nacional la obligación de reglamentar su validez para la circulación de manera electrónica
Decreto 1349 del 2016
Expedido por Mincomercio, reglamenta la circulación efectiva de la factura electrónica como título valor y su registro.
Realidad social a nivel munidial
Ley 27287 de 2000
Misma validez que los firmados en manera manual
Los titulos valores pueden emitirse y aceptarse de manera electronica
Ley uniforme de Transacciones Electronicas .
Se aplica al documento electronico transferible, como el pagaré, que goza de iguales beneficios como el documento físico si el receptor puede demostrar que está en control del mismo.
LEY 20219 2000
Esquema de registro de facturas electrónicas con un sistema de inscripción centralizada
Gracias a este esquema Chile a podido desarrollar mejor su regulación al sistema de factoring.