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DERECHO

DIVINO

Derecho Divino

Derecho y religión

Derecho y religión

En ambas dimensiones hay una exigencia de justicia, y es en ellas donde se produce una mutua imbricación entre derecho y religión, pero también en la concepción de lo justo que es, digamos así, la estrella polar del derecho, hay una referencia que se remite a lo religioso.

la Divinidad

Soberanía de la Divinidad Tangible e Intangible

Dios (ser supremo, divinidad intangible)

Intangible

Es totalmente soberano, nadie está por encima de Él; su reinado es absoluto y sus decisiones permanentes, es nuestro código moral, la definición de lo que es bueno o malo, ha sido determinado por su carácter justo e inmutable siendo un Rey Omnipotente, bueno, bondadoso, misericordioso y paciente.

Un rey humano (divinidad tangible)

Tangible

Todos debemos conformarnos a Su parámetro o sufrir las consecuencias de esa rebelión.

Derecho divino

Derecho divino

Es el conjunto de factores jurídicos instituidos por Dios para estructurar a su Iglesia, al que están subordinados los elementos de derecho canónico humano o eclesiástico, reconocidos como un sinónimo de conceptos en el siglo IV, con el que forma un orden jurídico único e inseparable

derecho divino natural

derecho divino natural

Es aquella parte de la ley natural, escrita por Dios en el corazón del hombre, que se refiere a las relaciones de justicia.

derecho divino positivo

derecho divino positivo

Es el promulgado mediante la Revelación, y no deriva de la naturaleza humana sino de la elevación del hombre al orden sobrenatural.

El Derecho Canónico

Derecho Canónico

Es el Derecho positivo de la Iglesia Católica, es decir, el conjunto de normas jurídicas, promulgadas o reconocidas por los órganos competentes de la Iglesia Católica.

La denominación viene del griego Kanon,

que significa norma o regla de conducta.

Derecho Eclesiástico

Derecho Eclesiástico

Derecho Eclesiástico pasa a ser el conjunto de normas del ordenamiento jurídico del Estado que regulan la dimensión social del factor religioso, o la proyección civil de lo religioso, tanto en su vertiente institucional, referida al régimen de las

confesiones religiosas, como en su vertiente individual, relativa a la libertad personal del individuo.

Derecho absoluto

Derecho Absoluto

Los derechos absolutos son llamados también derechos del hombre, derechos individuales, derechos fundamentales, derechos inherentes a la personalidad humana y también derechos humanos. Estos derechos son aplicables de igual forma para todos los que habitan en el territorio, ya sean nacionales o extranjeros, residentes o transeúntes, estos vienen a ser una especie de derecho común aplicable a todos por igual.

definición

principales derechos Absolutos

• La Inviolabilidad de la Vida.

• La libertad de conciencia y de cultos.

• La libertad de expresión del pensamiento.

• Derecho a la seguridad individual.

• La inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia.

• La libertad de enseñanza.

• La libertad de asociación y reunión.

• El derecho de propiedad.

• La libertad de trabajo.

• La libertad de tránsito.

• El derecho a la propiedad intelectual.

derecho racional

Derecho Racional

iusnaturalismo laico o racional

Iusnaturalismo laico o racional

Para el iusnaturalismo laico o racional el derecho deriva de la naturaleza humana no por ser hijo de Dios sino por su calidad racional y social. Sin embargo, ambas posturas reducen el derecho a un contenido intrínsecamente justo o natural, ya que para los iusnaturalistas y teológicos como laicos o racionales; el derecho es un valor justo o natural.

racionalismo

Racionalismo

El racionalismo es la tendencia que reconoce la razón como única fuente del auténtico conocimiento, por oposición al empirismo, que considera que la única fuente del conocimiento es la experiencia sensorial.

El derecho Racional, el Derecho Divino y derecho Natural

El derecho Racional, el Derecho Divino y derecho Natural

El supremo creador, con todo el poder y todo el derecho que posee, formó el universo. En una particular de éste encerró al hombre y lo rodeó de una circunferencia irrompible, incambiable por la voluntad humana: la naturaleza.

Esta circunferencia se rige por leyes naturales que imponen, por decirlo así, obligaciones estrictas e inviolables a todos los seres de la creación. Pero dentro de toda circunferencia encontramos siempre el espacio libre del círculo.

CORRIENTES FILOSóFICAS

  • El ius naturale universalissimum: es el derecho natural “que se encuentra en todas las cosas”. De esta justicia natural trata Platón en el timeo.
  • El universalius: es el derecho natural que la naturaleza dicta a todos los seres animados, y del cual había hablado Ulpiano. y él;
  • Speciale: es el derecho natural que ha sido dictado por la recta razón.

formación humana del derecho

Formación Humana del Derecho

Derechos humanos

Derechos humanos

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.

Formación humana del derecho

Formación humana del derecho

De acuerdo con las definiciones de los dos conceptos se puede decir que la formación humana del derecho viene tanto de la necesidad del hombre para convivir en sociedad y que esta regule bajo normas jurídicas una serie de culturas, actitudes, valores, principios, etc. del ser humano para que este viva en armonía y paz.

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