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LOES

PRESENTACION

UNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLíVAR

FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD Y DEL SER HUMANO

CARRERA DE ENFERMERíA

CáTEDRA: PROYECTOS EN SALUD Y ENFERMERíA II

DOCENTE: LIC. ESTHELA GUERRERO

INTEGRANTES:

DAYANARA AGUILA

ARACELI ALVARADO

MICHELLE BENAVIDES

ALEJANDRA BENITEZ

a.

INTRODUCCIÓN

La educación profesional es la base fundamental del desarrollo de un estado viene a ser una de los factores que mas influye en el crecimiento de la persona y de la sociedad en general.

PROPóSITO

Introduccion

y propósito

Garantizar el derecho a la educación superior de calidad, excelencia.

FUENTE:: DERECHOS DEL BUEN VIVIR EN LA CONSTITUCIóN DEL ECUADOR Y LA LOES

ARTíCULOS

Articulos

Artículos

Art. 350

Constitución de la República del Ecuador señala que el Sistema de Educación Superior tiene como finalidad la formación académica y profesional.

Art. 12.- Principios del Sistema.

Principios de autonomía responsable

pertinencia, integridad

Igualdad de oportunidades,

calidad

Principios de autonomía responsable

PRINCIPIO DE AUTONOMíA RESPONSABLE

Art. 5.- Derechos de las y los estudiantes

Art. 18.- Ejercicio de la autonomía responsable.

Art. 6.- Derechos de los profesores o profesoras e investigadores o investigadoras.

Art. 11.- Responsabilidad del Estado.

ARTíCULOS,

DERECHOS DE LAS Y LOS ESTUDIANTES

Art 145.- principio de autodeterminación para la producción del pensamiento y conocimiento.

Art 146.- garantía de la libertad de cátedra e investigativa.

fuente: Sociedad del conocimiento - EcuRed.

fuente: maestros investigadores.

Art 35.- asignación de recursos para cultura investigación, ciencia tegnologia e innovación

g) Participar en el proceso de construcción, difusión y aplicación.

f) Ejercer la libertad de asociarse, expresarse y completar su formación.

Art 5.- Derechos de las y los estudiantes

FUENTE: CEAACES

Art 6.- Derecho de los profesores o profesoras e investigadores o investigadoras

Art 148.- participación de los profesores o profesoras e investigadores o investigadoras en beneficio de la investigación

Ejercer la cátedra y la investigación bajo las mas amplia libertad sin ningún tipo de imposición o restricción.

Art. 35

Asignación de recursos para cultura investigación, ciencia y tecnología e innovación.

Se asignaran recursos públicos concursables de la pre asignación para cultura investigación, ciencia, tecnología e innovación establecida en la Ley correspondiente..

CAPÍTULO 2 DE PATRIMONIO Y FINANCIAMIENTO DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR

Fuente: Perspectivas de la educación estudiantil

CAPITULO II

PERSONAL ACADEMICO

CAPITULO II

PERSONAL ACADéMICO

CAPITULO 1

DEL PRINCIPIO DE AUTODETERMINACION PARA LA PRODUCCION

DEL PENSAMIENTO Y CONOCIMIENTO

Art. 145.- Principio de autodeterminación para la producción del pensamiento y conocimiento.

Generación de condiciones de independencia para la enseñanza, y divulgación de conocimientos en el marco del diálogo de saberes.

Se garantiza la libertad de cátedra, en pleno ejercicio de su autonomía responsable

Art. 146.- Garantía de la libertad de cátedra e investigativa

Fuente: Perspectivas de la educación estudiantil

Garantizando la libertad investigativa y de sus investigadores de la búsqueda de verdad.

PRINCIPIO DE PERTINENCIA

8.- Fines de la Educación Superior.

87.- Requisitos previos a la obtención del grado académico.

PRINCIPIO DE PERTINENCIA

Fuente: Vinculación con la sociendad

88.- Servicios a la comunidad.

107.- Principio de pertinencia.

125.- Programas y cursos de vinculación con la sociedad.

127.- Otros programas de estudio.

b) Fomentar y ejecutar programas de investigación.

a) Aportar al desarrollo del pensamiento universal.

Art. 8.-

Fines de la Educación Superior

c) Contribuir en el desarrollo local y nacional.

CAPITULO 2

FINES DE LA EDUCACION SUPERIOR

d) Impulsar la generación de programas, proyectos y mecanismos.

c) Facilitar la vinculación con la sociedad

b) Generar Condiciones de independencia

Art. 11

Respon

sabilidad del Estado.

Art.11

Responsabilidad del Estado

Fuente: Educación superior exclusiva

Fuente: Universidad de las Américas - Vinculación con la sociedad

Art. 87 Requisitos previos a la obtención del grado académico

Artículo 87

Mediante programas, proyectos de vinculación con la sociedad, prácticas o pasantías pre-profesionales con el debido acompañamiento pedagógico en los campos de su especialidad

Art. 88 Servicios a la comunidad

Fuente: Ministerio de inclusión social - Vinculación en hogar de adultos

Artículo 88

Se propenderá beneficiar a los sectores rurales y marginados de la población, si la naturaleza de la carrera lo permite o prestar servicios en centros de atención gratuita.

Art.91 Selección y Ejercicio de docencia e Investigación sin limitaciones

Art. 91

No se establecerán limitaciones que impliquen discriminación derribada de su religión, etnia, edad, posición económica, orientación sexual, sin prejuicio que el investigador o profesor, respeten los valores y principios en igualdad de oportunidades en concursos de merecimientos.

Art. 107 Principio de pertinencia

La educación superior responderá a las expectativas y necesidades de la sociedad, a la planificación nacional

Capitulo 1 del Principio de Pertinencia

Art. 125 Programas y cursos de vinculación con la sociedad

Fuente: Universidad Nacional de Loja

La IES realizará programas y cursos de vinculación con la sociedad guiados por el personal académico

Capitulo 2

De la Tipología de Instrucciones y

Régimen académico

ART. 127 Otros programas de Estudio

Artículo 127

Las universidades y escuelas politécnicas podrán realizar en el marco de la vinculación con la colectividad, cursos de educación continua y expedir los correspondientes certificados

Principio de calidad

Art 6.1 Deberes de las y los profesores e investigadores

Fuente:Perspectiva de la Educación Estudiantil

Art. 13 Funciones del sistema de Educación Superior

Principio de Calidad

Art. 93 Principio de Calidad

Art 136. Trabajos realizados por investigadores y expertos extranjeros.

Art. 6.1 Deberes de las y los profesores e investigadores

Cumplir con actividades de docencia. investigación y vinculación de acuerdo a las normas de calidad y normativas

Fuente: Universidad Estatal de Bolívar

Concordancias:

Constitucion de la

República del Ecuador

Art.349

Art. 13 Funciones del sistema de Educación Superior

Fuente: Universidad Estatal de Bolívar

a) Garantizar el derecho de la educación superior

b) Promover la creación transmisión y difusión de la ciencia

c) Formar académicos, científicos y profesionales responsables, éticos y solidarios, comprometidos con la sociedad

Concordancia: Constitución de la Republica del Ecuador Art.355

d) Fortalecer el ejercicio y desarrollo de la docencia y la investigación

f) Garantizar el respeto a la autonomia universitaria responsable

k) Promover mecanismos asociativos con otras instituciones de educación superior

n) Garantizar la producción de pensamiento y conocimiento articulado con el pensamiento universal.

o) Brindar niveles óptimos de calidad en la formación e investigación

Art. 93.- Principio de Calidad.

ArtÍculo 93

Establece la búsqueda continua, auto-reflexiva del mejoramiento, aseguramiento y construcción colectiva de la cultura

Fuente: Perspectivas de la educación estudiantil

Trabajos realizados por investigadores y expertos extranjeros

Art. 136

El reporte final de los proyectos de investigación deberán ser entregados por los centros de educación superior.

Artículo 91.- Selección y Ejercicio de docencia e investigación sin limitaciones

Fuente: Perspectivas de la educación estudiantil

No se establecerán limitaciones que impliquen discriminaciones derivadas de su religión, etnia, edad, género, etc

PRINCIPIO

IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

Artículo. 138

Fomento de las relaciones interinstitucionales entre las instituciones de educación superior

Las instituciones del Sistema de Educación Superior fomentarán las relaciones interinstitucionales entre universidades, escuelas politécnicas e institutos, etc.

PRINCIPIO DE INTEGRALIDAD

Articulación de los programas y actividades de investigación del sector público con el Sistema de Educación Superior

Artículo. 140

Los centros e instituciones del Sector Público que realicen investigaciones en cualquier área, articularán sus actividades de investigación.

Trabajos de Titulación en formato digital

Todas las instituciones de educación superior

estarán obligadas a entregar los trabajos de titulación que se elaboren para la obtención de títulos académicos de grado y posgrado en formato digital para ser integradas al Sistema Nacional de Información de la Educación Superior del Ecuador para su difusión pública respetando los derechos de autor.

Artículo. 144

Fuente: Educación estudiantil

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