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La idea de la integración económica de Europa vino a ser una realidad en los años posteriores a la terminación de la segunda guerra mundial.
No obstante, debe anotarse que durante el siglo pasado y primeras décadas del presente se propuso por parte de movimientos de opinión y diversos Estados la unificación de Europa, pero estas iniciativas no tuvieron éxito debido principalmente a los nacionalismos y ambiciones de dominio imperantes entonces.
Una vez finalizada la segunda guerra mundial, ante la devastación y ruina en que quedó sumido el continente europeo, Estados Unidos propuso un programa de ayuda a los países europeos, iniciativa que vino a constituir lo que se llamó Plan Marshall.
El Plan Marshall se inició formalmente en 1948 y tenía prevista una duración de tres años, para finalizar el 30 de septiembre de 1951, fecha en la cual también debería concluir su acción la Agencia de Cooperación Económica (eca), creada por el gobierno de los Estados Unidos para administrar el programa. Durante dicho lapso, los países de Europa Occidental recibieron unos u.s. $12.000 millones.
Esta organización comunitaria nació inmediatamente después de la segunda Guerra Mundial en un momento en el que era imperiosa la necesidad de reconstruir económicamente el continente europeo y garantizar una paz duradera.
La CECA conocida también como el Tratado de París se creó como un programa de integración sectorial entre los siguientes países:
• París por Francia
• la República Federal de Alemania
• Italia
• Bélgica
• Holanda
• Luxemburgo
Su tratado entró en vigor el 25 de julio de 1952, con un término de duración de cincuenta años. Las instituciones creadas para dirigirlo y desarrollarlo fueron:
• La Alta Autoridad, como poder ejecutivo comunitario;
• El Consejo Especial de Ministros, como órgano coordinador entre la Alta Autoridad y los países miembros;
• El Parlamento, como órgano de control político y el Tribunal de Justicia, como órgano jurisdiccional.
En 1950, antes de la creación de la CECA, por iniciativa francesa, los Estados de Europa Occidental concibieron una Comunidad Europea de Defensa (CED) con miras a prevenir la amenaza que ya representaban las tensiones Este-Oeste.
La CECA ha tenido épocas difíciles, ocasionadas por el desequilibrio entre la oferta y la demanda y la competencia surgida del ingreso de nuevos proveedores de acero al mercado como España, Brasil, México, Suráfrica, Corea y Venezuela.
Además, ha tenido problemas de productividad y competitividad con países como Japón. Para hacer frente a esta situación, se ha acordado el desarrollo de programas de modernización y armonización de la producción y de capacitación de la mano de obra y, así mismo, el incremento de la investigación y de la innovación tecnológica.
Esta comunidad se fundó por medio del tratado suscrito en Roma el 25 de marzo de 1957, por los “seis” (Bélgica, Alemania, Francia, Países bajos, Luxemburgo e Italia)..
El EURATOM hace el desarrollo de programas comunitarios de investigación y la utilización de la energía atómica con fines de paz.
Contribuir creando las premisas necesarias para la formación y el rápido incremento de las industrias nucleares, a la elevación de nivel de vida de los estados miembros y al desarrollo de los intercambios con los demás países (artículo 1 de Roma).
¿Que busca?
En 1935 los países del BENELUX propusieron a los ¨Seis¨ crear un mercado común sobre la base de la integración que incorporara todos los sectores de la producción, sin abandonar la integración sectorial.
A consecuencia, surgieron los Tratados de Roma en el cual se constituyó el EURATOM, dicho tratado entro en vigor el 1 de Enero de 1958 con una duración indefinida.
• Solidaridad con los países de ultramar
• Afianzamiento Y Conservación de la paz y la libertad
La CEE desempeño tareas en un periodo transitorio de 1958 a 1970, tales como:
• Establecimiento de una unión aduanera (Eliminación de barreras e implantación de arancel externo común).
• Desarrollo de una política comercial común.
Las comunidades europeas como la CEE, CECA y el EURATOM, son las bases de la actual Unión Europea.
Se crearon con el fin de garantizar el desarrollo y cumplimiento del tratado.
Órgano decisorio que fija las directrices y políticas del proceso de integración.
Órgano supranacional de carácter ejecutivo y administrativo cuyos miembros no representan los intereses de ningún país en particular, sino de toda la comunidad.
Órgano máximo jurisdiccional
Los países acordaron un periodo transitorio de 12 años para poder cumplir los compromisos, dicho plazo se completó con año y medio de anticipación en lo referente a la eliminación de gravámenes intracomunitarios y la aproximación total al arancel externo común.
Inicialmente los gastos de funcionamiento de la CEE fueron cubiertos por cuotas de cada uno de los miembros, así se estableció en el Tratado. A partir de 1971 los gastos se cubrieron con un presupuesto constituido principalmente por los siguientes ingresos:
• Derechos de aduana por el concepto de importaciones de terceros países y cotizaciones sobre el azúcar.
• Derechos especiales por las importaciones agrícolas de terceros países.
• Una parte del IVA, no superior al 1% de lo percibido, sobre un 50% PBN (Producto Nacional Bruto).
El Tratado de roma incluye dentro de la agricultura y comercio a todos los productos de la tierra, ganadería, pesca y productos de primera transformación. En consecuencia, a éstos les son aplicables las normas previstas en la Política Agrícola Común.
Gracias a la importancia que los integrantes le dieron al sector agrícola, esta política pudo avanzar, que, por su carácter proteccionista al presupuesto de la comunidad, ha sido fuente de desacuerdo entre miembros y de críticas por otros países o algunos organismos internacionales.
Algunos de los objetivos de la Política Agrícola son los iguientes:
• Elevación del nivel de vida de los agricultores.
• Seguridad de abastecimiento.
• Aumento de la productividad.
• Suministro al consumidor a precios razonables.
Medidas implementadas en el periodo transitorio de Tratado:
• Creación de mercado libre de gravámenes y restricciones.
• Determinación de precios mínimos.
• Preferencia al consumo de productos locales estableciendo derechos a las importaciones de terceros.
Si bien, el desarrollo de la política agrícola resulto benéfica para los agricultores y para el aumento de la producción hasta llegas al sobreabastecimiento, también tuvo defectos que lo obligaron a revisarlo y a modificarlo en 1993, para aplicarse en el curso de cinco años.
Las actualizaciones consistieron en los siguiente:
• Aumento de la productividad
• Ajuste de la producción a la demanda
• Ayuda directa a los agricultores
• Protección al medio ambiente
• Fomento a la diversificación de la producción.
Con esta revisión, la mayor parte de los ingresos de los agricultores provenía del mercado y el resto con la ayuda directa a su renta.
En general las reformas aprobadas en 1992 a la política agrícola por parte de el Consejo de Ministros estuvieron dirigidas a la reducción de los precios y a detener la sobreproducción.
A partir del 1° de julio de 1967, mediante Tratado suscrito el 4 de agosto de 1965, se unificaron tales instituciones de la siguiente manera:
Además, se dispuso un presupuesto administrativo único y unos esta-tutos de personal único
Por medio de esta modificación, el 20 de septiembre de 1976 se deter-minó la elección del Parlamento Europeo por voto popular directo.
se le dio nombre de Acta única en razón de que se unieron en un solo texto las iniciativas provenientes del Parlamento Europeo y la comisión.
Asi mismo, la Acta Única aumenta las competencias del parlamento Europeo. del Consejo de ministros y de la Comision; eliminando todo tipo de barreras apartir de 1933.
El principal logro de la Acta única Europea consistió en la creación del Mercado único Europeo, a partir del 1°de enero de 1993, pues eliminando tipo de barreras instauro las llamadas cuatro libertades: libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales
El día 7 de febrero de 1992 suscribieron solemnemente en la ciudad de Maastricht (Holada) los plenipotenciarios de los doce países entonces miembros de la CEE, el tratado de Maastricht.
La unión tiene su fundamento en las tres comunidades europeas:
Dispone el tratado que el nombre de Comunidad Económica Europea (CEE) sea sustituido por el de Comunidad Europea (CEE).
El tratado tiene duración ilimitada y al igual que al tratado de Roma.
Desde el Tratado de Roma, constitutivo de la CEE, esta comunidad ha sido el centro de la unidad europea por haber tenido una carácter de integración legal, sin que ello quiera decir que las demás comunidades (CECA y EURATOM) no hayan jugado un papel en Europa Occidental en el campo de la integración sectorial.
Pinto, H. V. (2000). Introducción a la integración Económica. Bogota: Universidad de Bogota Jorge Tadeo Lozano.