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CASO PRÁCTICO N° 17

ASALTO A GASOLINERA

TÉCNICO SUPERIOR EN SEGURIDAD CIUDADANA Y ORDEN PÚBLICO

EXAMEN COMPLEXIVO PRÁCTICO: ESTUDIO DE CASO

TÍTULO ESTUDIO DE CASO:

“ASALTO A GASOLINERA”

1. EXAMEN COMPLEXIVO PRÁCTICO

ESTUDIANTES RESPONSABLES

• Calero Untuña Ángelo David

• Alabuela Cajas Bryan Andrés

• Chiluisa Guamán Jhonny Smith

• Jiménez Quevedo Junior Antonio

1. DIAGNÓSTICO DEL CASO

  • Se ha realizado una revisión del parte policial donde indican el procedimiento que se lleva a cabo cuando se da el asalto a la gasolinera la cual nos ha ayudado para el desarrollo del caso antes mencionado.

2.DIAGNÓSTICO DEL CASO

DESARROLLO DEL CASO

• DESARROLLO DEL CASO

Lugar: Gasolinera “Petro-Quito”, Av. Simón Bolívar y Arrayanes

Fecha: 15 de julio de 2019

Hora: 23h00

Distrito: Quitumbe

Ubicación: Distrito Metropolitano de Quito

Redacción del parte o circunstancias del hecho.

FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA, ANÁLISIS Y PROBLEMÁTICA DEL CASO

Que encontrándonos de servicio como Móvil SIDPRO-NACIONAL, siendo aproximadamente las 23h00, el Ecu-911, reporta el asalto y robo a una gasolinera.

4.ANÁLISIS Y PROBLEMÁTICA DEL CASO

Violencia

“El uso deliberado de la fuerza física o el poder, ya sea en grado de amenaza o efectivo, contra uno mismo, otra persona o un grupo o comunidad, que cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones”

VIOLENCIA

Robo

Art. 189.- Robo. - La persona que mediante amenazas o violencias sustraiga o se apodere de cosa mueble ajena, sea que la violencia tenga lugar antes del acto para facilitarlo, en el momento de cometerlo o después de cometido para procurar impunidad, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años.

ROBO

Cuadro de Mando Integral (CMI)

ROBO A UNIDADES ECONÓMICAS

• Robo a motos

• Robo a carros

• Robo a personas

• Robo a domicilios

• Robo a unidades económicas

• Robo de bienes, accesorios autoparte de vehículos

• Robo en ejes viales o carreteras

Robo a unidades económicas

Evento que se caracteriza cuando una persona o grupo de personas concurran a una unidad económica y, mediante amenazas, violencia o uso de la fuerza, sustraen o se apoderen de bienes, dinero u objetos propios de esta actividad.

Robo a unidades economicas

Asalto

Cuando un sujeto enfrenta con violencia física o amenazas sobre la persona, para sustraer un bien u objeto que se encuentre en la unidad económica.

ASALTO

Que es el ECU-911

Servicio Integrado de Seguridad.

Es una entidad de servicio de respuesta inmediata e integral a una determinada emergencia. Coordinamos la atención de los organismos de respuesta articulados, para casos de accidentes, desastres y emergencias movilizando recursos disponibles para brindar atención rápida a la ciudadanía.

Ecu-911

ANALIZAR E IDENTIFICAR ERRORES Y FORTALEZAS

Luego realizar un análisis del parte en mención, hemos concluido que, dentro del mismo existen ciertas falencias o debilidades que acotar, así:

3.ERRORES Y FORTALEZAS

ERRORES

- El parte policial no nos otorga la suficiente información de los hechos suscitados en el lugar.

- No solicitan presencia de la PJ (Policía Judicial)

- Solicitar la colaboración de criminalística al no haber detenidos.

- No necesita la presencia de un fiscal cuando es delito flagrante.

ERRORES

FORTALEZAS

- Búsqueda de información mediante las coordenadas del teléfono y encontrar la ubicación del mismo.

- El video de seguridad, por parte del ECU 911 y el sistema de seguridad de la gasolinera.

- Tienen las características completas de la motocicleta que se registró en el video de seguridad de la gasolinera.

FORTALEZAS

Hechos sucitado en el lugar

Como hechos relevantes se tiene que el monto del robo asciende a setecientos ochenta y cinco dólares con cincuenta y cinco centavos de los Estados Unidos de Norte América (USD. 785,55).

5.HECHOS SUCITADOS EN EL LUGAR

De igual manera se conoce entre las pertenencias sustraídas a los despachadores, se encuentra dos teléfonos celulares, números 0984526368 y 098563745.

Tipo de infraccion

En el presente caso, la infracción que debe investigarse es la tipificada y sancionada en el Artículo. 189 del Código Orgánico Integral Penal.

Esto es, el delito de robo. Este ilícito se configura cuando, una persona que mediante amenazas o violencias sustraiga o se apodere de cosa mueble ajena, sea que la violencia tenga lugar antes del acto para facilitarlo, en el momento de cometerlo o después de cometido para procurar impunidad.

1. Identifique el tipo de infracción

Tipo de Flagrancia

Según el código orgánico integral penal existe solo un tipo de flagrancia estipulado en el Art 527

2. Identifique el tipo de Flagrancia

Flagrancia

Artículo 527.- Flagrancia. -Se entiende que se encuentra en situación de flagrancia, la persona que comete el delito en presencia de una o más personas o cuando se la descubre inmediatamente después de su supuesta comisión, siempre que exista una persecución ininterrumpida desde el momento de la supuesta comisión hasta la aprehensión, asimismo cuando se encuentre con armas, instrumentos, el producto del ilícito, huellas o documentos relativos a la infracción recién cometida.

FLAGRANCIA

COLABORACIÓN CON LA VÍCTIMA PARA REALIZAR LA DENUNCIA.

Los agentes policiales, según lo establecido en el Artículo. 158 de la Constitución de la República, son garantes de protección de los derechos, libertades y garantías de los ciudadanos. De ahí que, los agentes policiales tengan la obligación de prestar la colaboración y el resguardo debido a las víctimas de un ilícito.

COLABORACIÓN CON LA VÍCTIMA PARA REALIZAR LA DENUNCIA.

Denuncia

En el caso analizado, luego de la entrevista con las víctimas y después de haber escuchado de todos los objetos que fueron sustraídos, se procedió avanzar conjuntamente con estos, ante la autoridad competente para que asienten la respectiva denuncia detallando en si características hora y lugar del hecho, así, también, se procedió a contactar con el dueño de la gasolinera para que de igual forma presente la denuncia por el dinero sustraído de su gasolinera.

Respectiva denuncia

Cual fue el medio que utilizaron para transportarse

Las personas que cometieron el ilícito salieron del lugar del hecho con dirección sur – norte y se movilizan en una motocicleta con un logotipo de color azul y rojo ubicado en la parte posterior de la motocicleta que dice “PROSERIES”; y, que como seña particular el casco del parrillero de la motocicleta tiene la figura de un dragón de color plateado cuyos ojos son rojos.

6.PROCEDIMIENTO QUE DEBERÍA ADOPTAR EN CASO DE:

Prevención

Para prevenir los hechos delictivos que suscitan en un lugar, entre otras operaciones, se puede realizar:

• Patrullaje vehicular

• Patrullaje motorizado

• Programa prevención delito y violencia

• Capacitación Ciudadana

• Botones de seguridad

• Video vigilancia

• Chat comunitario

PREVENCIÓN

Colaboración del ECU-911

Se solicitó al sistema Ecu-911, la localización de los terminales móviles sustraídos obteniendo las siguientes coordenadas -0.232644,-78.5082775.

Por lo cual nos trasladamos hasta el lugar donde se pudo observar al interior de un inmueble de dos plantas de color azul, una motocicleta de características similares a la que había servido de medio de movilización para el cometimiento del ilícito en mención.

7. UBICACIÓN DE TELÉFONOS CELULARES AL ECU-911

ALLANAMIENTO

La legislación penal ecuatoriana, ha determinado los casos en los que se puede y debe realizar un allanamiento, así, el Artículo. 480.- Allanamiento. - El domicilio o el lugar donde la persona desarrolle su actividad familiar, comercial o laboral, podrá ser allanado en el siguite caso:

ALLANAMIENTO

Numeral. 2

2. Cuando la Policía Nacional esté en persecución ininterrumpida de una persona que ha cometido un delito flagrante.

NUMERAL. 2

CADENA DE CUSTODIA

El Código Orgánico Integral Penal, en lo referente a la cadena de custodia instituye que, a la misma, se someterá a los elementos físicos o contenido digital materia de prueba, para garantizar su autenticidad, acreditando su identidad y estado original; las condiciones, las personas que intervienen en la recolección, envío, manejo, análisis y conservación de estos elementos y se incluirán los cambios hechos en ellos por cada custodio.

CADENA DE CUSTODIA

Inicio de la Cadena de Custodia

El inicio de la cadena de custodia consiste en el lugar donde se obtiene, encuentra o recauda el elemento de prueba y finaliza por orden de la autoridad competente, es decir, el Fiscal a cargo de la investigación. El levantamiento y mantenimiento de la cadena de custodia, es facultad directa de los agentes policiales.

INICIO DE LA CADENA DE CUSTODIA

Para que sirve la cadena de custodia

La cadena de custodia, es una secuencia de actos llevados a cabo por el Perito, el Fiscal o el Juez, mediante la cual los instrumentos del delito, las cosas objeto o producto de él, así como, cualquier otra evidencia relacionada con éste, son asegurados, trasladados, analizados y almacenados para evitar que se pierdan, destruyan o alteren y así, dar validez a los medios de prueba.

PARA QUE SIRVE LA CADENA DE CUSTODIA

Acudió al inmueble su propietario indicó que dicha motocicleta era de sus inquilinos y seguidamente autorizó el ingreso al inmueble, donde se verificó que la motocicleta tiene las mismas características de la motocicleta que aparece en el video de seguridad de la gasolinera.

8. UNIDADES ESPECIALES

Colaboración de las unidades de Criminalística y Policía Judicial

Se considera necesaria la presencia de criminalística para poder realizar las investigaciones correspondientes para así determinar las causas del hecho.

Se considera necesaria la presencia de la policía judicial para realizar las investigaciones.

COLABORACIÓN DE UNIDADES ESPECIALES

CRIMINALÍSTICA

CRIMINALÍSTICA. - Unidad especializada que brinda un asesoramiento técnico científico para la investigación del delito, en apoyo eficiente a la Fiscalía General del Estado y los órganos que procuran Justicia.

CRIMINALÍSTICA

POLICIA JUDICIAL

- La unidad especial de la Policía Judicial, se encarga de realizar la investigación técnico-judicial y científica de los delitos, en estricto cumplimiento a la Constitución, Leyes y Reglamentos; bajo la dirección de la Fiscalía General del Estado; que garanticen la resolución de casos, evitando la impunidad y respetando los Derechos Humanos”.

POLICIA JUDICIAL

REVISIÓN DE CÁMARAS DE SEGURIDAD

Solicitar al ECU-911 los videos de las cámaras de seguridad que se encuentren en el sector.

REVISIÓN DE CÁMARAS DE SEGURIDAD

Extracción de Audio y Video

En cuanto a la revisión de cámaras de video vigilancia del sistema de seguridad de la gasolinera, también conocida como pericia de extracción de audio y video, esta es ordenada mediante impulso fiscal, previa a esta diligencia se debe oficiar a la entidad que posea las grabaciones originales, ya sean públicas o privadas.

REVISIÓN DE CÁMARAS

En caso de Aprehension

Sin embargo, por cuestiones ajenas a la voluntad de los servidores policiales, los antisociales se dan a la fuga. Por esta razón, no se procede a la aprehensión de ninguna persona involucrada, pero sí se cuenta con indicios suficientes que deben ser sometidos a cadena de custodia.

APREHENSIÓN

Aprehensión

Art. 526.- Aprehensión.- Cualquier persona podrá aprehender a quien sea sorprendido en delito flagrante de ejercicio público y entregarlo de inmediato a la Policía Nacional.

Las y los servidores de la Policía Nacional, del organismo competente en materia de tránsito o miembros de las Fuerzas Armadas, deberán aprehender a quienes sorprendan en delito flagrante e informarles los motivos de su aprehensión. En este último caso deberán entregarlos de inmediato a la Policía Nacional.

Aprehension

Artículo. 77

N°3

Artículo. 77.- En todo proceso penal en que se haya privado de la libertad a una persona, se observarán las siguientes garantías básicas:

3. Toda persona, en el momento de la detención, tendrá derecho a conocer en forma clara y en un lenguaje sencillo las razones de su detención, la identidad de la jueza o juez, o autoridad que la ordenó, la de quienes la ejecutan y la de las personas responsables del respectivo interrogatorio.

Artículo. 77

N°3

Artículo. 77

N°4

4. En el momento de la detención, la agente o el agente informará a la persona detenida de su derecho a permanecer en silencio, a solicitar la asistencia de una abogada o abogado, o de una defensora o defensor público en caso de que no pudiera designarlo por sí mismo, y a comunicarse con un familiar o con cualquier persona que indique.

Artículo. 77

N°4

Artículo. 77

N°5

5. Si la persona detenida fuera extranjera, quien lleve a cabo la detención informará inmediatamente al representante consular de su país.

En el caso sujeto a revisión, no se ha realizado la aprehensión de ninguna persona implicada en el ilícito, pues, si bien los policías lograron determinar el paradero de los delincuentes, estos últimos se dieron a la fuga.

Artículo. 77

N°5

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