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FUNCIONES DEL IMSS

PSICOLOGÍA 5TO

El Instituto Mexicano del Seguro Social tiene las facultades y atribuciones siguientes:

1.

Administrar los seguros. Art. 11 LGSS

2.

Satisfacer las prestaciones que se establecen en LGSS

3.

Establecer unidades médicas, guarderías infantiles, farmacias, velatorios

Funciones

4.

Registrar a los patrones y demás sujetos obligados, inscribir a los trabajadores asalariados y precisar su base de cotización

5.

Dar de baja del régimen obligatorio a los patrones, sujetos obligados y asegurados

6.

Recaudar y cobrar las cuotas

7.

Ratificar o rectificar la clase y la prima de riesgo de las empresas

8.

Prestar servicios a quienes no sean sus derechohabientes, a título oneroso

Órganos Superiores

del IMSS

Órganos Superiores

ASAMBLEA GENERAL

La autoridad suprema del Instituto es la Asamblea General, integrada por 30

miembros que serán designados

en la forma siguiente:

I. Diez por el Ejecutivo Federal;

II. Diez por las organizaciones patronales, y

III. Diez por las organizaciones de trabajadores.

Dichos miembros durarán en su encargo seis años, pudiendo ser reelectos

Asamblea

General

Funciones de la Asamblea

  • Discutirá anualmente, para su aprobación o modificación, en su caso, el estado de ingresos y gastos, el balance contable, el informe financiero, el programa de actividades y el presupuesto de ingresos y egresos para elaño siguiente.

  • Examinará anualmente la suficiencia de los recursos para todos y cada uno de los seguros

  • Designar y/o ratificar en su caso los miembros del consejo técnico y comisión de vigilancia.

Funciones

Consejo Técnico

Es el órgano de gobierno, representante legal y el administrador del Instituto y estará integrado hasta por 12 miembros, durarán en su cargo seis años, pudiendo ser reelectos.

Consejo

Técnico

Cuatro de ellos son designados por los representantes patronales , cuatro por los representantes de los trabajadores y cuatro a los representantes del Estado,

Atribuciones del Consejo Técnico

Funciones

  • Decidir sobre las inversiones de las reservas y demás recursos del Instituto.

  • Vigilar y promover el equilibrio

financiero.

  • Aprobar la estructura orgánica

básica del Instituto.

  • Convocar a Asamblea General ordinaria o extraordinaria.

  • Discutir y aprobar el proyecto de presupuesto de ingresos y egresos del Instituto.

  • Conceder, rechazar y modificar las pensiones

Comisión de Vigilancia

La Asamblea General designará a la Comisión de Vigilancia que estará compuesta por seis miembros.

Cada uno de los sectores representativos que constituyen la Asamblea, propondrá dos miembros , quienes durarán en sus cargos seis

años, y podrán ser reelectos

Comisión de Vigilancia

Atribuciones de la Comisión de Vigilancia

Atribuciones

  • Vigilar que las inversiones se hagan de acuerdo con las disposiciones de la LGSS.

  • Practicar la auditoría de los balances contables e informe financiero.

  • Presentar ante la Asamblea General un dictamen sobre el informe de actividades y los estados financieros presentados por el Consejo Técnico.

  • En casos graves y bajo su responsabilidad, citar a Asamblea General Extraordinaria

Director General

Es nombrado por el Presidente de la República debiendo ser mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad

Dirección

General

Atribuciones del Director General

Atribuciones

  • Presidir las sesiones de la Asamblea General y del Consejo Técnico.
  • Representar legalmente al Instituto.
  • Presentar anualmente al Consejo el informe de actividades;
  • Presentar anualmente al Consejo Técnico el balance contable y el estado de ingresos y gastos;
  • Nombrar y remover a los trabajadores de confianza

Conservación de Derechos

Conservación

de Derechos

El asegurado que quede privado de trabajo , pero que haya cubierto inmediatamente antes de tal privación un mínimo de ocho cotizaciones semanales ininterrumpidas,

conservará durante las ocho semanas posteriores a la desocupación, el derecho a recibir,

exclusivamente:

  • Asistencia médica
  • De Maternidad,
  • Quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que sea necesaria.

Del mismo derecho disfrutarán sus beneficiarios.

Art. 6 LSS

El Seguro Social comprende:

Seguros de

Régimen

Obligatorio

I. El régimen obligatorio, y

II. El régimen voluntario

Sujetos de Régimen Obligatorio:

Régimen

Obligatorio

  • Todos los trabajadores que presten sus servicios subordinados a cambio de un salario.

  • Los socios de sociedades cooperativas;

  • Las personas trabajadoras del hogar.

El Régimen Oblgatorio comprende los seguros de:

I. Riesgos de trabajo;

II. Enfermedades y maternidad;

III. Invalidez y vida;

IV. Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y

V. Guarderías y prestaciones sociales.

Seguros

Existe Invalidez:

Cuando el asegurado se halle imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual, una remuneración superior al cincuenta por

ciento de su remuneración habitual percibida durante el último año de trabajo y que esa imposibilidad

derive de una enfermedad o accidente no profesionales.

Invalidez

La declaración de invalidez deberá ser realizada por el Instituto Mexicano del Seguro Social.

El estado de invalidez da derecho al asegurado, al otorgamiento de las prestaciones siguientes:

I. Pensión temporal;

II. Pensión definitiva

Pensión por

Invalidez

Seguro de Guardería

cubre la imposibilidad de que el trabajador proporcione cuidados durante la

jornada de trabajo a sus hijos en la primera infancia, de la mujer trabajadora, del trabajador viudo o

divorciado o de aquél al que judicialmente se le hubiera confiado la custodia de sus hijos.

Guardería

Generalidades del Seguro de Guardería

Generalidades

  • El servicio de guardería se proporcionará en el turno matutino y vespertino pudiendo tener acceso a alguno de estos turnos, el hijo del trabajador cuya jornada de labores sea nocturna.
  • Se brindará a menores desde 43 días de nacidos hasta los 4 años de edad.
  • En caso de que los trabajadores sean dados de baja en el régimen obligatorio conservarán durante las cuatro semanas posteriores a dicha baja, el derecho a las prestaciones de este seguro

Ayuda para gastos de Matrimonio

Consiste en 30 días de

salario (UMAS) siempre y cuando:

Gastos de Matrimonio

  • Tenga acreditado un mínimo de 150 semanas cotizadas ante el Instituto en el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a la fecha de la celebración del matrimonio.

  • No haya ejercido este derecho con anterioridad.

Régimen Voluntario

Todas las familias en México tienen derecho a un seguro de salud para sus miembros y

para ese efecto, podrán celebrar con el Instituto Mexicano del Seguro Social convenio para el

otorgamiento de las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad

Régimen

Voluntario

Todos los sujetos que voluntariamente se incorporen al seguro de salud para la familia,

incluido los familiares a que se refiere el artículo anterior y cualquier familiar adicional pagarán

anualmente la cuota establecida correspondiente, clasificándose por el grupo de edad a que pertenezcan.

Del Seguro de

Salud para la fa

El seguro cubre asistencia médico, quirúrgica, farmacéutica, hospitalaria y maternidad.

Se sancionará a quien:

I. No registrarse ante el Instituto, o hacerlo fuera del plazo establecido en la Ley;

II. No inscriba a sus trabajadores ante el Instituto

III. No comunique al Instituto las modificaciones al salario base de cotización de sus trabajadores;

IV. No determine las cuotas obrero patronales legalmente a su cargo;

V.No lleve los registros de nóminas o

VI. No dar aviso al Instituto de los riesgos de trabajo

Sanciones

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