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Sergio Callejas García 2ºTSEAS
Los sindicatos están reconocidos desde 1977 y con la Constitción el año sigiente paso a ser un derecho fundamenta.
Hay dos vertientes en la libertad sindical:
-Positiva
-Negativa
Todos los ciudadanos tienen derecho a:
-Afliarse a un sindicato y darse de baja del mismo.
-Fundar sindicatos.
Confederarse con otros sindicatos.
Nadie puede estar obligado a pertenecer a un sindicato.
En resumen:La constitución establece tanto la libertad de afiliarse como de no afiliarse
Está formada por los representantes que eligen los trabajadores mediente elecciones cada 4 años, con estas características:
Son los representantes de los trabajadores en auellos centros de trabajo de menos de 0 empleados.
Comité
El comité es el órgano de participación obligatorio que existe en los centros de trabajo que tengan al menos 50 trabajadores.
El comité conjunto: en aquellos centros de trabajo de la misma provincia o municipios limítrofes.Si cada uno no llega a 50 trabajadores pero sumándolos si, se crea un comité conjunto.
Comité intercentros: los convenios colectivos podrán pactar que cuando existan varios comités de empresa se pueda crear uno intercentros formado por representantes de los distintos comités de empresa.
Comité de empresa europeo: se podrá crear a iniciativa de la dirección de un mínimo de 100 trabajadores que pertenezcan a dos centros de distintos países. Su función es de información y consulta
Los trabajadores cuentan con una serie de competencias y garantías para poder realizar sus funciones, también cuentan con un crédito horario (horas libres) para realizar estas funciones. Los delegados sindicales también cuentan con estos privilegios
Son las asociaciones de trabajadores para la defensa y promoción de los intereses que les son propios de cara a mejorar las condiciones de trabajo
No todos los trabajadores pueden pertenecer a un sindicato
En función de si representan a pocos o muchos trabajadores tenemos los siguientes:
La participación de las empresas se llevan a cabio mediante delegados sindicales y secciones sindicales.
Son todos los afiliados a un sindicato dentro de una empresa. Las secciones sindicales tienen unos derechos añadidos:
Son los representantes del sindicato dentro de la empresa y son elegidos por los propios afiliados al sindicato.
Los delegados sindicales tienen derecho a asistir a las reuniones del comité de empresa, con voz pero sin voto.
Para que un sindicato tenga delegados sindicales:
HSSsd
¿Cuantos delegados sindicales puede haber?
Sindicato menos 10% - 1 delegado sindical/sindicato
Sindicato al menos 10% - según el tamaño del centro:
En este apartado tán solo veremos el ámbito en el que se aplican y cómo han afectado la reforma laboral de 2012 a los convenios colectivos.
Ámbito personal: lo habitual es que los convenios obliguen a todos los trabajadores y epresarios de ese sector o empresa en el que se negocia. Sin embargo a veces se puede firmar un convenio para determinadas categorías profesionales
Ámbito territorial: es el terriotrio en el que se aplican : estatal, de comunidad autónoma, de provincia, o a nivel local.
Ámbito funcional: es el sector económico donde se aplica, por ejemplo el convenio del metal, o en su caso la empresa. Si desarrolla varias actividades se toma la principal por volumen de facturación
Ámbito temporal: son los años por los que se pacta el convenio. lo habitual es que se firmen para 2-4 años pero con la reforma laboral puede cambiar
La reforma laboral de 2012 introdujo importantes cambios en el ámbito temporal de los convenios colectivos, así copmo en su alcance y posibilidad de modificarlos, con la reforma de 2022 se recuperán la ultraactividad del convenio y que el convenio de la empresa no pueda modificar los salarios del convenio.
En la relación laboral pueden existir conflictos entre los trabajadores y la empresa.
Existen dos tipos de conflictos:
Para que una huelga sea legal , debe ser:
Desarrollo
Es una medida utilizada por la empresa que consiste en cerrar el centro de trabajo para impedir el acceso a los trabajadores
Causas legales para el cierre:
La empresa debe comunicar el cierre en el plazo de 12 horas a la Autoridad Laboral.
La empresa no paga salario ni a huelguistas ni a los no huelguistas
Siempre hay que intentar no llegar a los juzgados o a la huelga.
Los trabajadores tienen derecho a reunirse dentro de la empresa. Para ello, la empresa está obligada a facilitar un lugar de reunión si lasa condiciones lo permiten
El empresario puede limitar este derecho si:
Libro de Fol - www.tulibrodefp.es
Flippaconfol.com
A partir de la Constitución del 78 tenemos gran cantidad de derechos laborales, que en mi opinión mucha gente ignora, tenemos derecho a ser representados y luchar por trabajar en unas mejores condiciones y denunciar injusticias por parte de la empresa. Según pienso, si todos los trabajadores estuvierán mas informados sobre los comités de empresa , sindicatos y convenios serían conscientes de las posibilidades que tienen dentro de su puesto de trabajo, ya sea negociando mejores condiciones o representando a sus compañeros. Veo casi obligatorio el estar informado de la participación del trabajador en la empresa y en la sociedad.