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LÍNEA DE TIEMPO
José Fernando Santes Pérez
6to Semestre
ANTECEDENTES
Época Prehispánica
Posclásico
La Época de los Imperios
El calpulli era una organización social y territorial autosuficiente.
El
trabajo comunitario de la tierra y construcción de la obra pública.
Este trabajo comunitario era la forma de
pago del tributo al tlatuani o jefe de la tribu.
Del Calpulli
Los tequitlatos, dirigían los trabajos comunales.
Los calpizques, recaudaban los tributos.
Los tlacuilos, eran los cronistas de la época
Sacerdotes y médicos hechiceros, estaban al cuidado del calpulli.
La conquista de México se refiere principalmente al sometimiento del Estado mexica, logrado por Hernán Cortés en el nombre del rey Carlos I de España y a favor del Imperio español entre 1519 y 1521.
Cortes, crea el primer ayuntamiento en el continente funda el primer municipio, y su
objetivo principal no era el de fundar un centro poblacional, sino el de implantar una instancia de poder que
le confiriera facultades legales, que le permitieran llevar al cabo la conquista de las nuevas tierras al margen
del poder de Cuba.
De indígenas o repúblicas de indios tenían diferentes funciones como:
Distribuir el trabajo para construcciones o tareas agrícolas.
Recaudar y entregar los tributos a los españoles
Cooperar en el proceso de evangelización.
Además tenían facultad en materia penal (aprehender a los delincuentes y consignarlos).
la fundación del primer ayuntamiento
Instalado en la Villa Rica de la Veracruz el 22 de abril de 1519,
se dio el primer paso a la organización de este cuerpo político y jurídico en el Continente Americano.
Ejecución de justicia
Los alcaldes ordinarios
abocados a la administración
Los regidores a las obras públicas.
Los ayuntamientos empezaron a jugar un papel importante en el desarrollo de la colonia ya que se
encargaban de la recolección del erario.
Control sobre las artesanías.
Vigilar la paz pública
Administrar el
municipio
Los miembros de ayuntamiento se empezaron a vender o a
concesionar por el Rey creando con esto la eternización y el cacicazgo en los ayuntamiento..
El sistema de intendencias le garantizo durante un buen tiempo el control del
territorio a España ya que el intendente el representante directo de l colonia en el nuevo mundo, limitando
con esto el desarrollo de los municipios y la realización de cabildos abiertos
La Constitución de Cádiz
La Constitución de Cádiz fue promulgada el 19 de marzo de 1812, en España; y el 30 de septiembre del
mismo año, en la Nueva España.
La cual pretende establecer la organización de los municipios, como instancia básica de gobierno, así como
una organización territorial y poblacional, dando fin a las regidurías perpetuas, pero permitiendo por otro
lado la figura de los jefes políticos como instancia intermedia entre los municipios y el Estado.
Esta Constitución se creó en la Nueva España, posteriormente en México, la institución de los jefes políticos, persistió todo el siglo XIX y la primera década del siglo XX.
El ayuntamiento se integraba por: alcalde o alcaldes, regidores, un procurador síndico, presididos por el
jefe político o el prefecto donde lo hubiese, que era el representante del gobierno central en el departamento
o partido.
Atribuciones del ayuntamiento: administrar en áreas de salubridad, orden público, instrucción primaria,
beneficencia, obras públicas, cárceles municipales.
Las atribuciones de los ayuntamientos estaban limitadas, debido a la sujeción de los jefes políticos y
diputados respectivamente.
En esta época el ayuntamiento se vio afectado por las finanzas públicas, se redujeron y suprimieron algunas
de las contribuciones, por ende se dio una disminución de las fuentes de ingresos.
Los Ayuntamientos
Fueron principales protagonistas del proceso para conformación del Congreso
constituyente del nuevo estado mexicano. Es así como se puede hablar ya de la existencia del municipio con
la denominación de mexicano.
El 4 de octubre de 1824 se aprobó el Acta Constitutiva de la Federación Mexicana, estableciéndose la
República Federal en el artículo IV que manifestó: La Nación Mexicana adopta para su gobierno la forma
de república representativa, popular y federal. Con 19 estados, 4 territorios y un Distrito Federal.
Las Siete Leyes Constitucionales
En 1836 se promulgaron las Siete Leyes Constitucionales las cuales dieron las bases de funcionamiento del
nuevo régimen centralista.
La Constitución de 1857
31-menciona que todo mexicano debe contribuir a los gastos de la Federación, Estado
o Municipio
36-Establecía la obligación de todo ciudadano de inscribirse en el padrón de su
municipio. De tal manera que los estados de la federación normaban y reglamentaban sus respectivos
regímenes municipales.
El municipio fue la parte más insignificante de la estructura
económica y política mexicana. La centralización ahogó la vida municipal, los perfectos se convierten en
jefes políticos de los ayuntamientos, acabando con la libertad municpal.
La organización municipal se daba de la siguiente forma:
El Plan de Partido Liberal Mexicano, el 1º de julio de 1906
Propuso consagrar la libertad municipal
El 1º de mayo de 1917 se inicia la vigencia de la Constitución, ocupando el municipio un sitio muy
destacado en la vida política, jurídica, económica y social de México.
Como base de su división territorial y de
su organización política y administrativa el Municipio Libre,
transformando el
Centro Nacional de Estudios Municipales de 1983, que tenía como función principal el estudio y la
aplicación de lo referente al artículo 115 constitucional.