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HISTORIA DEL MUNICIPIO MEXICANO

LÍNEA DE TIEMPO

José Fernando Santes Pérez

6to Semestre

ANTECEDENTES

Época Prehispánica

Posclásico

La Época de los Imperios

900 d.c.

Los antecedentes del municipio en la cultura mexica los encontramos en los calpullis.

El calpulli era una organización social y territorial autosuficiente.

CALPULLI

Organizar a las familias que componían el calpulli o barrio.

El

trabajo comunitario de la tierra y construcción de la obra pública.

Funciones

Este trabajo comunitario era la forma de

pago del tributo al tlatuani o jefe de la tribu.

Del Calpulli

El tecuhtli, responsable de la milicia, adiestraba a los jóvenes y dirigía las tropas en caso de guerra.

Los tequitlatos, dirigían los trabajos comunales.

Los calpizques, recaudaban los tributos.

Organización

Los tlacuilos, eran los cronistas de la época

Sacerdotes y médicos hechiceros, estaban al cuidado del calpulli.

La Conquista de México

La conquista de México se refiere principalmente al sometimiento del Estado mexica, logrado por Hernán Cortés en el nombre del rey Carlos I de España y a favor del Imperio español entre 1519 y 1521.

Cortes, crea el primer ayuntamiento en el continente funda el primer municipio, y su

objetivo principal no era el de fundar un centro poblacional, sino el de implantar una instancia de poder que

le confiriera facultades legales, que le permitieran llevar al cabo la conquista de las nuevas tierras al margen

del poder de Cuba.

1521

De indígenas o repúblicas de indios tenían diferentes funciones como:

Distribuir el trabajo para construcciones o tareas agrícolas.

Recaudar y entregar los tributos a los españoles

Cooperar en el proceso de evangelización.

Los cabildos

Además tenían facultad en materia penal (aprehender a los delincuentes y consignarlos).

En América se justificó jurídicamente a través de la institución municipal.

la fundación del primer ayuntamiento

La colonización

Instalado en la Villa Rica de la Veracruz el 22 de abril de 1519,

se dio el primer paso a la organización de este cuerpo político y jurídico en el Continente Americano.

Las funciones

Ejecución de justicia

Los alcaldes ordinarios

abocados a la administración

Cabildos de Españoles

Los regidores a las obras públicas.

Los ayuntamientos empezaron a jugar un papel importante en el desarrollo de la colonia ya que se

encargaban de la recolección del erario.

Control sobre las artesanías.

Vigilar la paz pública

Administrar el

municipio

Los miembros de ayuntamiento se empezaron a vender o a

concesionar por el Rey creando con esto la eternización y el cacicazgo en los ayuntamiento..

1600-1810

Los españoles tomaron como antecedente ciertas entidades

precortesianas, la llamada división antigua, a las que se añadieron las conquistas militares realizadas a través

de las llamadas capitulaciones reales.

División del Territorio

Internas de oriente y occidente y de las 12 intendencias las

cuales se crearon en 1786 mediante la ley que la constituyó como organización territorial de la

administración colonial

División en Provincias

El sistema de intendencias le garantizo durante un buen tiempo el control del

territorio a España ya que el intendente el representante directo de l colonia en el nuevo mundo, limitando

con esto el desarrollo de los municipios y la realización de cabildos abiertos

El ayuntamiento estuvo subordinado al Estado Español, a fines del

siglo XVIII y principios del XIX, tomó parte activa en el proceso de emancipación política.

Periodo colonial

La Constitución de Cádiz

La Constitución de Cádiz fue promulgada el 19 de marzo de 1812, en España; y el 30 de septiembre del

mismo año, en la Nueva España.

La cual pretende establecer la organización de los municipios, como instancia básica de gobierno, así como

una organización territorial y poblacional, dando fin a las regidurías perpetuas, pero permitiendo por otro

lado la figura de los jefes políticos como instancia intermedia entre los municipios y el Estado.

Esta Constitución se creó en la Nueva España, posteriormente en México, la institución de los jefes políticos, persistió todo el siglo XIX y la primera década del siglo XX.

1812-1821

Establecía

El ayuntamiento se integraba por: alcalde o alcaldes, regidores, un procurador síndico, presididos por el

jefe político o el prefecto donde lo hubiese, que era el representante del gobierno central en el departamento

o partido.

ayuntamiento

Atribuciones del ayuntamiento: administrar en áreas de salubridad, orden público, instrucción primaria,

beneficencia, obras públicas, cárceles municipales.

Las atribuciones de los ayuntamientos estaban limitadas, debido a la sujeción de los jefes políticos y

diputados respectivamente.

La promulgación del Plan de Iguala el 21 de febrero de 1821 se establece la Independencia del país y su

forma de organización en una monarquía constitucional la cual reconoció la existencia de los ayuntamientos

dejando subsistentes las normas establecidas en la Constitución española de Cádiz.

Plan de Iguala

En esta época el ayuntamiento se vio afectado por las finanzas públicas, se redujeron y suprimieron algunas

de las contribuciones, por ende se dio una disminución de las fuentes de ingresos.

En el periodo intermedio entre el Plan de Iguala y la Constitución de 1824, sube al poder Agustín de Iturbide

quien suscribió en 1822 el Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano.

Los Ayuntamientos

Fueron principales protagonistas del proceso para conformación del Congreso

constituyente del nuevo estado mexicano. Es así como se puede hablar ya de la existencia del municipio con

la denominación de mexicano.

El México Independiente

Constitución de 1824

El 4 de octubre de 1824 se aprobó el Acta Constitutiva de la Federación Mexicana, estableciéndose la

República Federal en el artículo IV que manifestó: La Nación Mexicana adopta para su gobierno la forma

de república representativa, popular y federal. Con 19 estados, 4 territorios y un Distrito Federal.

Las Siete Leyes Constitucionales

En 1836 se promulgaron las Siete Leyes Constitucionales las cuales dieron las bases de funcionamiento del

nuevo régimen centralista.

1824

Por Decreto del 22 de agosto de 1846 se restableció el Distrito Federal y sus ayuntamientos, funcionando

hasta el 21 de septiembre de 1853, en que Santa Ana dispuso que el Distrito Federal se convirtiera en

Distrito de México.

La Constitución de 1857

1846-1857

31-menciona que todo mexicano debe contribuir a los gastos de la Federación, Estado

o Municipio

36-Establecía la obligación de todo ciudadano de inscribirse en el padrón de su

municipio. De tal manera que los estados de la federación normaban y reglamentaban sus respectivos

regímenes municipales.

Artículos

72-Menciona que se elegirá popularmente a las autoridades públicas municipales y

judiciales

Período Porfirista

El municipio fue la parte más insignificante de la estructura

económica y política mexicana. La centralización ahogó la vida municipal, los perfectos se convierten en

jefes políticos de los ayuntamientos, acabando con la libertad municpal.

1876-1911

Se publicó la Ley

general de ingresos municipales, estableciéndose los siguientes puntos

  • Rentas propias,
  • Impuestos municipales,
  • Impuestos federales,
  • Subvenciones del gobierno federal, e ingresos extraordinarios.

1897

La organización municipal se daba de la siguiente forma:

  • Los prefectos eran los jefes de todos los servicios en las municipalidades y estaban subordinados al gobierno del Estado.
  • La autonomía y libertad no ejercían en él, quienes determinaban verdaderamente las elecciones y otras actividades locales eran los jefes políticos.

1903

La libertad municipal fue una de las causas por las que se luchó durante el movimiento social mexicano de 1910 a 1917

El Plan de Partido Liberal Mexicano, el 1º de julio de 1906

Propuso consagrar la libertad municipal

1917

Señalaba la supresión de los jefes políticos y la

reorganización de los municipios que han sido suprimidos y restablecer el poder municipal.

Art. 45, 46

El Congreso Constituyente de 1916 y 1917 aborda la elaboración del artículo 115 de la Constitución, que

trata de la organización de los Estados y de los Municipios.

El 1º de mayo de 1917 se inicia la vigencia de la Constitución, ocupando el municipio un sitio muy

destacado en la vida política, jurídica, económica y social de México.

La Constitución de 1917

Era la base de la

organización política y de la administración pública de los estados, adoptando para su régimen interior la

forma de gobierno republicano, representativo y popular.

Como base de su división territorial y de

su organización política y administrativa el Municipio Libre,

Municipio libre

  • Cada municipio será administrado por un ayuntamiento de elección popular directa y no habrá ninguna autoridad intermedia entre éste y el gobierno del estado.
  • Los municipios administrarán libremente su hacienda, recaudarán todos los impuestos y contribuirán al gasto público del estado en la proporción y término que señale la legislatura local.
  • Los municipios estarán investidos de personalidad jurídica para todos los efectos legales.

Bases

En 1983 se dio una reforma muy importante al artículo 115 constitucional

Municipio Actual

Aspectos

  • Facultad a los congresos de los estados para resolver sobre la desaparición de los ayuntamientos o de algunos de sus miembros, previa garantía de audiencia.
  • Existencia de regidores de representación proporcional.
  • Entrega de participación sin condiciones por los gobiernos de los estados.
  • Cobro del impuesto predial por los ayuntamientos.
  • Facultades a los ayuntamientos para zonificación y determinación de reservas ecológicas.
  • Se ampliaron las facultades reglamentarias a los ayuntamientos.
  • Normar la relación entre los ayuntamientos y sus empleados.
  • Elaboración de presupuesto de egresos para los ayuntamientos.
  • Determinación de los servicios públicos.

Se creó el Centro Nacional de Desarrollo Municipal

1989

transformando el

Centro Nacional de Estudios Municipales de 1983, que tenía como función principal el estudio y la

aplicación de lo referente al artículo 115 constitucional.

En este momento existen 2,418 municipios cuya diversidad, complejidad, características y problemática,

hacen de México un país con una riqueza cultural, económica y política.

El Ahora

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