Introducing 

Prezi AI.

Your new presentation assistant.

Refine, enhance, and tailor your content, source relevant images, and edit visuals quicker than ever before.

Loading…
Transcript

Actividad Administrativa

Diferencia entre acto, hecho y operación administrativa

a) En el acto administrativo, lo determinante es la voluntad y la inteligencia de manera directa e inmediata.

b) Las decisiones o actos administrativos, se diferencian, además de los hechos administrativos, porque son el resultado de un procedimiento o querer de la función administrativa, para cumplir los fines del Estado, según lo expresa el artículo 2, constitucional y del C.C.A.

c) El acto administrativo exterioriza la voluntad del Estado, el cual debe ser general. De ahí la diferencia del régimen jurídico de los actos administrativos de los actos privados que sólo buscan un interés particular.

d) La operación administrativa, también es voluntaria, pero se diferencia del acto en que necesariamente obedece a un procedimiento, en donde la etapa decisoria se confunde con la ejecutoria.

Concepto

Omisiones Administrativas

Corresponde a la abstención de la administración que produce efectos jurídicos, es decir cuando esta deja de actuar debido hacerlo.

Ejemplo cuando la administración se abstiene de señalizar las vía y provoca un accidente automovilístico.

Es toda actividad desarrollada por los órganos competentes de la Administración Pública o con autorización de la misma.

Utiliza diversos mecanismos que se han denominado actos administrativos, hechos administrativos, operaciones administrativas, vías de hecho y omisiones.

Hechos Administrativos

Son aquellos fenómenos, acontecimientos o situaciones que se producen independientemente de la voluntad de la administración, pero que producen efectos jurídicos respecto de ella.

Ejemplo, un accidente causado por un vehículo de la administración; el derrumbamiento de un edificio de la administración (....) los hechos administrativos también pueden darse con ocasión de la actividad de todos los organismos públicos y de las personas privadas cuando unos y otras ejercen funciones administrativas.

Elementos constitutivos de un hecho administrativo:

a) Existencia del "hecho", que puede ser falla, falta o riesgo en el servicio;

b) Daño o perjuicio sufrido por el actor;

c) Relación de causalidad entre el primero y el segundo.

Operaciones Administrativas

Vías de Echo

Son aquellos fenómenos jurídicos que consisten en la reunión de una decisión de la administración junto con su ejecución práctica, en tal forma que constituyen en conjunto una sola actuación de la administración. Por ejemplo, la administración toma la decisión de disolver una manifestación y efectivamente la disuelve, aún por la fuerza.

Es decir, para que se presente la figura de la operación administrativa se requiere la existencia de una decisión de la administración, o sea, de un acto, el cual puede ser expreso o tácito.

¿Como opera?

Esta figura opera simplemente con la ejecución inmediata de la decisión tomada por la administración.

Es cuando en el incumplimiento de una actividad material de ejecución, la administración comete un irregularidad que atenta contra el derecho de propiedad o contra una libertad pública”.

Clases de vias de echo

  • Cuando la administración obra en ejercicio de un supuesto derecho

  • Cuando la administración actúa en ejercicio de un derecho que efectivamente tiene, pero obra con ausencia total del procedimiento

Notes

Características

  • Es un acto jurídico
  • Es de Derecho Publico
  • Lo remite la administración pública o algún otro órgano estatal en ejercicio de la función administrativa

Acto Administrativo

  • Es impugnable, esto es, no posee definitividad sino cuando ha trascurrido el tiempo para atacarlo por vía jurídica o se le ha confirmado jurisdiccionalmente.
  • Persigue, de manera directa o indirecta, mediata o inmediata, el interés público

Elementos

1. El sujeto: se identifica de dos maneras; el sujeto activo y el sujeto pasivo, el primero de ellos es el órgano de la administración publica que formula la declaración de voluntad y que lleva como finalidad atender necesidades colectivas y el sujeto pasivo es el destinatario del acto administrativa, generalmente una persona física quien recibe los efectos del mismo, ya sea el beneficiario de una licencia, de un permiso, de una autorización, pero también pueden ser dos o mas personas o la colectividad.

2. La manifestación externa de la voluntad: es la exteriorización del acto administrativo, esto es, la realización de lo requerido, o lo que se busca es una presión de una decisión del órgano administrativo pronunciada en cualquier sentido que provoca consecuencia de derecho subjetivo.

Se identifica como acto administrativo cualquier manifestación de voluntad para producir efectos jurídicos, que se dicte en ejercicio de la función administrativa, por cualquier órgano del Estado e incluso por los particulares, con la finalidad de crear, modificar o extinguir una situación.

3. El Objeto: es el contenido del acto, en lo que consiste la declaración de voluntad de un organo de la administración publica, se trata de lo requerido, lo que se dispone, se ordena o se permite, el cual debe ser posible, licito y determinable para satisfacer el interés de la colectividad.

4. La forma, es la manera en como se exterioriza o expresa la voluntad del órgano administrativo.

5. El motivo, es el móvil que lleva a emitir el acto administrativo, la consideración de hecho y de derecho que tiene en cuenta el órgano emisor para tomar una decisión (es el porque del acto administrativo)

6. La finalidad, se refiere al resultado de la actuación administrativa satisfaciendo necesidades de interés social o colectivo. Es el elemento teológico (fines) del acto administrativo consistente en el propósito o meta del órgano emisor

7. El merito, es el elemento ético del acto administrativo y esta referido a la oportunidad y conveniencia del mismo.

Clasificación de los actos Administrativos

Por su naturaleza :

Por las voluntades que intervienes en su formación

Acto contractual y colegial

Plurilaterales

Unilaterales o simples

Por la relación de la voluntad con la ley

Actos materiales

Actos jurídicos

Por razón de su finalidad

Por su radio de acción

Actos discrecionales

Acto Obligatorio

Actos de ejecución

Actos preliminares y de procedimiento

Externos

Internos

Actos de decisión o resolución

Por su contenido y efectos jurídicos

Learn more about creating dynamic, engaging presentations with Prezi